Análisis de los Resultados Obtenidos
En
la presente investigación: “REQUISITO DE PROCEDIBILIDAD DE PROCESOS CIVILES. Un estudio de la
obligatoriedad del intento conciliatorio, se ha desarrollado el
análisis y procesamiento de datos tomando como técnica, las encuestas dirigidas
a 47 personas distribuidas en : 09 abogados litigantes, 12 ciudadanos, 02 Jueces del Juzgado Civil de
Huamanga, 05 secretarios y Asistentes Judiciales, 09
conciliadores extrajudiciales, los mismos que fueron seleccionados tomando en
consideración la relación del tema de investigación con el ámbito de aplicación
de la Conciliación Extrajudicial en el Distrito Conciliatorio de Huamanga dando
como resultado la información que se alcanza conforme al siguiente detalle:
4.2. Presentación y análisis de los datos
A) CUESTIONARIO
APLICADO A JUECES, SECRETARIOS JUDICIALES Y ASISTENTES JUDICIALES SOBRE LA
OBLIGATORIEDAD DEL INTENTO CONCILIATORIO EN MATERIA CIVIL.
¿En
su etapa de estudiante de derecho recibió información sobre la Conciliación
Extrajudicial?
|
Xi |
Fi |
F% |
|
Si |
6 |
86% |
|
No |
1 |
14% |
|
TOTAL |
7 |
100% |
GRAFICO
13: PROMOCIÓN
DEL ESTADO SOBRE LA CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL
Leyenda: Donde Xi representa los elementos de
estudio, Fi la frecuencia y el F% el porcentaje de
los investigado o encuestado.
Fuente: Formulario de
cuestionario realizado a Jueces
de los Juzgados Civiles, Secretarios Judiciales y Asistentes Judiciales.
De acuerdo a la pregunta
dirigida a las personas encuestadas, se establece que el 43% afirma que el Estado promueve la Conciliación Extrajudicial
en forma regular en la Región Ayacucho y el 57% menciona que el Estado no
promueve la Conciliación Extrajudicial.
14.
¿Considera
que la obligatoriedad de la Ley de Conciliación debería darse en todo el
departamento de Ayacucho?
|
Xi |
Fi |
F% |
|
Si |
6 |
86% |
|
No |
1 |
14% |
|
TOTAL |
7 |
100% |
De acuerdo a la pregunta
dirigida a las personas encuestadas, se establece que el 43% afirma que el Estado promueve la Conciliación Extrajudicial
en forma regular en la Región Ayacucho y el 57% menciona que el Estado no
promueve la Conciliación Extrajudicial.
14.
¿Considera
que la obligatoriedad de la Ley de Conciliación debería darse en todo el
departamento de Ayacucho?
|
Xi |
Fi |
F% |
|
Si |
6 |
86% |
|
No |
1 |
14% |
|
TOTAL |
7 |
100% |
GRAFICO
14 :
IMPLEMENTACIÓN DE LA CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL EN EL DEPARTAMENTO DE AYACUCHO.
Leyenda: Donde Xi representa los elementos de
estudio, Fi la frecuencia y el F% el porcentaje de
los investigado o encuestado.
Fuente: Formulario de
cuestionario realizado a Jueces
de los Juzgados Civiles, Secretarios Judiciales y Asistentes Judiciales.
De acuerdo a la pregunta
dirigida a las personas encuestadas, se establece que el 86% afirma que la obligatoriedad de la Ley de
Conciliación debería darse en todo el departamento de Ayacucho y el 14% afirma
lo contrario.
15.
¿Considera que la Ley de Conciliación Nº 26872, y los artículos pertinentes del C.P.C. y la Ley
de Justicia de Paz han logrado institucionalizar la conciliación como medio de
solución de conflictos?
|
Xi |
Fi |
F% |
|
De acuerdo |
2 |
29% |
|
Regular |
3 |
42% |
|
En desacuerdo |
2 |
29% |
|
TOTAL |
7 |
100% |
GRAFICO
15:
INSTITUCIONALIZACIÓN DE LA CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL
Leyenda: Donde Xi representa los elementos de
estudio, Fi la frecuencia y el F% el porcentaje de
los investigado o encuestado.
Fuente: Formulario de
cuestionario realizado a Jueces
de los Juzgados Civiles, Secretarios Judiciales y Asistentes Judiciales.
De acuerdo a la pregunta
dirigida a las personas encuestadas, se establece que el 29% está de acuerdo,
el 42% menciona regular y el 29% está en
desacuerdo de que la Ley de Conciliación Nº 26872, y los artículos pertinentes del C.P.C. y la Ley
de Justicia de Paz han logrado institucionalizar la conciliación como medio de
solución de conflictos.
16.
¿Cómo califica usted la Intervención de los Centros de Conciliación Extrajudicial
en la Provincia de Huamanga?
|
Xi |
Fi |
F% |
|
Excelente |
1 |
0% |
|
Regular |
6 |
86% |
|
Deficiente |
0 |
14% |
|
Muy Mala |
0 |
0% |
|
TOTAL |
7 |
100% |
GRAFICO
16:
INTERVENCIÓN DE LOS CENTROS DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL
Leyenda: Donde Xi representa los elementos de
estudio, Fi la frecuencia y el F% el porcentaje de
los investigado o encuestado.
Fuente: Formulario de
cuestionario realizado a Jueces
de los Juzgados Civiles, Secretarios Judiciales y Asistentes Judiciales.
De acuerdo a la pregunta
dirigida a los Jueces, Secretarios y Asistentes Judiciales, se establece que el
86% afirma regular la
Intervención de los Centros de Conciliación Extrajudicial en la Provincia de Huamanga y
el 14% en forma deficiente.
17.- En el
año 2016, en materias civiles
dónde la Conciliación Extrajudicial es un requisito de procedibilidad ¿Cuál es la frecuencia de las demandas de
acuerdo a las siguientes materias?
Tabla
1 : FRECUENCIA
DE LAS DEMANDAS QUE TIENEN COMO REQUISITO DE PROCEDIBILIDAD A LA CONCILIACIÓN
|
|
Xi |
Fi |
F% |
||
|
|
|
Frecuente |
Poco Frecuente |
Frecuente |
Poco Frecuente |
|
1. |
-
Desalojos. |
(4
) |
( 3 ) |
( 57% ) |
( 43%
) |
|
2. |
-
Otorgamiento de Escritura |
( 4
) |
( 3 ) |
( 57% )
|
( 43% ) |
|
3 |
-
Obligación de dar suma de dinero (Pago de soles,
dólares, deudas). |
(4 ) |
( 3) |
( 57%) |
( 43% ) |
|
4 |
-
Resolución o Rescisión de Contratos |
( 2 ) |
( 5 ) |
( 29% ) |
( 71% ) |
|
5 |
-
Indemnización por daños y perjuicios. |
( 4 ) |
(3 ) |
( 57% ) |
( 43%
) |
|
6 |
-
División y Partición de bienes. |
( 3 ) |
( 4 ) |
( 43% ) |
( 57% ) |
|
7 |
-
Obligación de dar. |
( 3 ) |
( 4 ) |
( 43% ) |
( 57%) |
|
8 |
-
Ofrecimiento de Pago. |
(3 ) |
(4 ) |
( 43% ) |
( 57% ) |
|
9 |
-
Interdictos |
(4 ) |
(3 ) |
( 57%
) |
( 43% ) |
|
10 |
-
Incumplimiento de Contrato. |
( 3 ) |
( 4 ) |
( 43%) |
( 57% ) |
|
11 |
-
Otro derecho
de tipo económico que se pueden negociar, transar, renunciar o disponer. |
( 1 ) |
(6 ) |
( 14%
) |
( 86% ) |
Leyenda: Donde Xi representa los elementos de
estudio, Fi la frecuencia y el F% el porcentaje de
los investigado o encuestado.
Fuente: Formulario de
cuestionario realizado a Jueces
de los Juzgados Civiles, Secretarios Judiciales y Asistentes Judiciales.
De los datos del tabla N°
1, se tiene que las materias civiles cuya exigencia de conciliación
extrajudicial es obligatoria que con mayor frecuencia se materializan en una
demanda son los: Desalojos, Otorgamiento de Escritura, Obligación de dar suma
de dinero, interdictos, indemnización de daños y perjuicios.
A) CUESTIONARIO
APLICADO A LOS CONCILIADORES EXTRAJUDICIALES DE LA
PROVINCIA DE HUAMANGA.
Lea
detenidamente cada una de las preguntas, marque con un aspa la respuesta.
Gracias
1.- El
Centro de Conciliación en que usted labora es:
|
Xi |
Fi |
F% |
|
Privado |
8 |
89% |
|
Estatal |
1 |
11% |
|
TOTAL |
9 |
100% |
GRAFICO
17: TIPOS DE
CENTROS DE CONCILIACIÓN
Leyenda: Donde Xi representa los elementos de
estudio, Fi la frecuencia y el F% el porcentaje de
los investigado o encuestado.
Fuente: Formulario de
cuestionario realizado a los
Conciliadores Extrajudiciales de la Provincia de Huamanga .
De acuerdo a la pregunta
dirigida a las personas encuestadas, se establece que el 89% de los
Conciliadores Extrajudiciales trabaja en centros de conciliación privado y el
11% trabaja en centros de conciliación público ya que existe un solo centro de
conciliación pública.
2.- ¿Cuántos años de experiencia profesional tiene?
(registre la cifra en número y marque si son años o meses).
De acuerdo a
la pregunta dirigida a las personas encuestadas, se establece que el promedio
es 6.1 de los años de experiencia profesional.
De acuerdo a la pregunta
dirigida a las personas encuestadas, se establece que el 89% de los
Conciliadores Extrajudiciales trabaja en centros de conciliación privado y el
11% trabaja en centros de conciliación público ya que existe un solo centro de
conciliación pública.
2.- ¿Cuántos años de experiencia profesional tiene?
(registre la cifra en número y marque si son años o meses).
De acuerdo a
la pregunta dirigida a las personas encuestadas, se establece que el promedio
es 6.1 de los años de experiencia profesional.
Ilustración
1: EXPERIENCIA
PROFESIONAL
Leyenda: Donde Xi representa los elementos de
estudio, Fi la frecuencia y el F% el porcentaje de
los investigado o encuestado.
Fuente: Formulario de
cuestionario realizado a los
Conciliadores Extrajudiciales de la Provincia de Huamanga .
3.-
Antigüedad en el cargo actual
De acuerdo a
la pregunta dirigida a las personas encuestadas, se establece que el promedio
es de 4.2 de antigüedad en el cargo.
Ilustración
2: ANTIGÜEDAD
EN EL CARGO
Leyenda: Donde Xi representa los elementos de
estudio, Fi la frecuencia y el F% el porcentaje de
los investigado o encuestado.
Fuente: Formulario de
cuestionario realizado a los
Conciliadores Extrajudiciales de la Provincia de Huamanga .
4.-
¿Cuantas horas semanales labora en su cargo?
De acuerdo a la pregunta dirigida a las personas encuestadas,
se establece que el promedio es 38.8 de las horas laborales de los cargos.
Ilustración
3: HORAS
SEMANALES EN EL CARGO
Leyenda: Donde Xi representa los elementos de
estudio, Fi la frecuencia y el F% el porcentaje de
los investigado o encuestado.
Fuente: Formulario de
cuestionario realizado a los
Conciliadores Extrajudiciales de la Provincia de Huamanga .
5.- ¿Cuál
es su nivel educativo?
|
Xi |
Fi |
F% |
|
a) Carrera técnica incompleta |
0 |
0% |
|
b) Carrera técnica completa: Titulo:
--------------- |
0 |
0% |
|
c) Superior universitaria incompleta |
1 |
11% |
|
d) Superior Universitaria completa
Título: ----------- |
5 |
56% |
|
e) posgrado incompleto |
1 |
11% |
|
f) posgrado completo |
2 |
22% |
|
TOTAL |
9 |
100% |
GRAFICO
18: GRADO DE
INSTRUCCIÓN DE LOS CONCILIADORES EXTRAJUDICIALES
Leyenda: Donde Xi representa los elementos de
estudio, Fi la frecuencia y el F% el porcentaje de
los investigado o encuestado.
Fuente: Formulario de
cuestionario realizado a los
Conciliadores Extrajudiciales de la Provincia de Huamanga .
De acuerdo a la pregunta
dirigida a las personas encuestadas, se establece que el nivel educativo de los
conciliadores extrajudiciales es el siguiente: el 11% es de superior
universitario incompleto, el 56% son de superior completa titulado, el 11% son
de posgrado incompleto y finalmente el 22% es de posgrado completo.
6.- ¿En
promedio cuantas audiencias de conciliación celebra usted mensualmente?
De esas
audiencias celebradas el último mes cuantas concluyeron en:
a) Acuerdo-
el promedio es 13.4
b) Falta
de Acuerdo - el promedio es 15,7
c) Acuerdo
Parcial - el promedio es 6.3
d) inconcurrencia
de la parte invitada - el promedio es 7
GRAFICO
19: FORMA DE CONCLUSIÓN DE LAS AUDIENCIAS DE
CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL
Leyenda: Donde Xi representa los elementos de
estudio, Fi la frecuencia y el F% el porcentaje de
los investigado o encuestado.
Fuente: Formulario de
cuestionario realizado a los
Conciliadores Extrajudiciales de la Provincia de Huamanga .
De
la interpretación de los datos analizados tenemos que el 15.7 %, que viene a
ser el porcentaje más alto, de las audiencias concluye con falta de acuerdo de
las partes.
7.-
A partir de su experiencia o conocimiento, indique la principal razón para
considerar que una conciliación, es exitosa.
|
Xi |
Fi |
F% |
|
Cuando las
partes llegan a un acuerdo conciliatorio, independiente de su cumplimiento. |
0 |
0% |
|
Cuando las
partes mejoran su relación personal |
0 |
0% |
|
Cuando las
partes cumplen de forma voluntaria los compromisos pactados |
5 |
56% |
|
Cuando las
partes logran entablar un dialogo |
3 |
33% |
|
Blanco |
1 |
11% |
|
TOTAL |
9 |
100% |
GRAFICO
20: ÉXITO DE LA
CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL
De acuerdo a la pregunta
dirigida a las personas encuestadas, se establece que el 56% las partes cumplen
de forma voluntaria los compromisos pactados en la conciliación y el 33% de las
partes logran entablar un dialogo.
08.-
Indique si está de acuerdo o en desacuerdo con los siguientes enunciados
relativos a la conciliación extrajudicial como requisito de procedibilidad en
materia civil.
Tabla
2: LA CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL COMO REQUISITO
DE PROCEDIBILIDAD.
|
|
Xi |
Fi |
Fi |
F% |
F% |
|
|
ENUNCIADO |
DE ACUERDO |
EN DESACUERDO |
DE ACUERDO |
EN DESACUERDO |
|
1 |
El
objetivo principal de la conciliación extrajudicial en derecho es que las
partes lleguen a un acuerdo conciliatorio |
3 |
6 |
33% |
67% |
|
2 |
La
conciliación extrajudicial en derecho es una forma de acceso a la justicia |
8 |
1 |
89% |
1% |
|
3 |
Para
lograr la resolución de los conflictos, la conciliación extrajudicial en
derecho debe abordar la relación entre las partes en conflictos. |
3 |
6 |
33% |
67% |
|
4 |
La
conciliación extrajudicial en derecho como requisito de procedibilidad ha
sido eficaz para descongestionar los despachos judiciales del país. |
4 |
5 |
44% |
56% |
|
5 |
Durante
la audiencia de conciliación extrajudicial en derecho las decisiones sobre la
solución de los conflictos deben provenir del conciliador. |
1 |
8 |
11% |
89% |
|
|
|||||
De acuerdo a la pregunta
dirigida a las personas encuestadas, se establece que el 33% está de acuerdo de que el objetivo principal de la
conciliación extrajudicial en derecho es que las partes lleguen a un acuerdo
conciliatorio y en desacuerdo el 67%; el 89% están de acuerdo que la
conciliación extrajudicial en derecho es una forma de acceso a la justicia y en
contraposición el 11%; y el 33% afirma que es para lograr la resolución de los
conflictos, la conciliación extrajudicial en derecho debe abordar la relación
entre las partes en conflicto y en desacuerdo el 67%; el 44% menciona que la conciliación extrajudicial en derecho como
requisito de procedibilidad ha sido eficaz para descongestionar los despachos
judiciales del país y en desacuerdo el 56% y finalmente el 11% afirma que durante
la audiencia de conciliación extrajudicial en derecho las decisiones sobre la
solución de los conflictos deben provenir del conciliador y están en desacuerdo
el 89%.
09.- ¿Con
cuántos trabajadores cuenta?
Tabla
3:
TRABAJADORES CON LOS QUE CUENTA CADA CENTRO DE CONCILIACIÓN
|
|
Fi |
Fi |
F% |
F% |
|
|
|
|
|
|
|
Director |
(
9 ) Si |
(
0 ) No |
(100% ) Si |
(0% ) No |
|
Conciliador extrajudicial |
( 9 ) Si |
( 0 )
No |
( 100% ) Si |
(0% ) No |
|
Abogado |
(
9 ) Si |
( 0 )
No |
( 100% ) Si |
( 0% ) No |
|
Secretario general |
( 9 ) Si |
( 0 )
No |
( 100% ) Si |
( 0% ) No |
|
Secretarias |
(6 ) Si |
( 3 )
No |
(
67% ) Si |
( 33%
) No |
|
Mensajeros |
( 8 ) Si |
( 1 )
No |
( 89% ) Si |
( 11%
) No |
|
Recepcionistas |
(
4 ) Si |
(
5 ) No |
( 44% ) Si |
(
56% ) No |
|
Estudiantes de practicantes |
( 6 ) Si |
( 3 ) No |
(
67% ) Si |
( 33%
) No |
Leyenda: Donde Xi representa los elementos de
estudio, Fi la frecuencia y el F% el porcentaje de
los investigado o encuestado.
Fuente: Formulario de
cuestionario realizado a los
Conciliadores Extrajudiciales de la Provincia de Huamanga .
De
la entrevista realizada se tiene que el100% de los Centros de conciliación
cuentan con Director, Conciliadores Extrajudiciales, Abogados y Secretario
General, y en forma parcial algunos centros de conciliación cuentan con los
demás trabajadores.
10.-
El centro de conciliación maneja un registro estadístico agregado por año y
desagregado por materia sobre el servicio de Conciliación Extrajudicial en
Derecho.
|
Xi |
Fi |
F% |
|
Si |
2 |
22% |
|
No |
7 |
78% |
|
TOTAL |
9 |
100% |
GRAFICO 21 : REGISTRO ESTADISTICO.
Leyenda: Donde Xi representa los elementos de
estudio, Fi la frecuencia y el F% el porcentaje de
los investigado o encuestado.
Fuente: Formulario de
cuestionario realizado a los
Conciliadores Extrajudiciales de la Provincia de Huamanga .
De acuerdo a la pregunta
dirigida a las personas encuestadas, se establece que el 22% afirma que el
centro de conciliación maneja registro estadístico y el 78% afirma lo contrario.
11.-
¿Cuál es el principal medio a través del cual su centro de conciliación cita a
las partes a la audiencia de conciliación?
|
|
Xi |
Fi |
F% |
|
a) |
Llamada telefónica |
0 |
0% |
|
b) |
Via
internet |
0 |
0% |
|
c) |
El solicitante entrega la citación al
convocado |
0 |
0% |
|
d) |
Notifica el mensajero |
9 |
100% |
|
e) |
Correo certificado |
0 |
0% |
GRAFICO
22 : FORMA DE
CITACIÓN A LAS AUDIENCIAS
Leyenda: Donde Xi representa los elementos de
estudio, Fi la frecuencia y el F% el porcentaje de
los investigado o encuestado.
Fuente: Formulario de
cuestionario realizado a los
Conciliadores Extrajudiciales de la Provincia de Huamanga .
De acuerdo a la pregunta
dirigida a las personas encuestadas, se establece que el 100% de los centros de
conciliación, afirma que el medio a través del cual su centro de conciliación
cita es por notificación.
12.- ¿Indique
en su Centro de conciliación cuanto es el promedio de solicitudes realizadas en materia civil (2016)?
a) Solicitudes de conciliación
Ilustración
4 : NÚMERO DE
CASOS EL AÑO 2016.
De acuerdo a la pregunta
dirigida a los conciliadores extrajudiciales, se establece que el promedio es de
139.1 solicitudes de procedimiento
conciliación en cada centro de conciliación extrajudicial.
b)
Conciliaciones realizadas
De acuerdo a la pregunta
dirigida a los Conciliadores Extrajudiciales, se establece que: en promedio un 78.3%
de las solicitudes han concluido con acuerdo total de las partes en cada Centro
de Conciliación.
GRAFICO 23: FORMA DE CONCLUSIÓN DE LAS CONCILIACIONES
EXTRAJUDICIALES
|
Xi |
Fi |
F% |
|
Si |
0 |
0% |
|
No |
9 |
100% |
|
TOTAL |
9 |
100% |
GRAFICO
24 : QUEJAS
SOBRE LOS SERVICIOS QUE PRESTAN LOS CENTROS DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL
Leyenda: Donde Xi representa los elementos de
estudio, Fi la frecuencia y el F% el porcentaje de
los investigado o encuestado.
Fuente: Formulario de
cuestionario realizado a los
Conciliadores Extrajudiciales de la Provincia de Huamanga .
De acuerdo a la pregunta
dirigida a los conciliadores extrajudiciales, se establece que el 100% de los
encuestados afirma que durante el
año 2016 los usuarios no han presentado quejas y/o reclamos ante la institución
sobre el servicio que prestan.
14.-
¿Cuál de las siguientes razones considera usted que es la principal para que los usuarios de la
conciliación extrajudicial en derecho elijan esta figura para solucionar el
conflicto?.
|
|
|
Fi |
F% |
|
a) |
Es
eficaz para solucionar conflictos |
2 |
22% |
|
b) |
Por
costumbre |
0 |
0% |
|
c) |
Es
fácil de utilizar |
0 |
0% |
|
d) |
Es
obligatoria como requisito de procedibilidad |
7 |
78% |
|
|
TOTAL |
9 |
100% |
GRAFICO
25 : CAUSAS
PARA SOLICITAR CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL
Leyenda: Donde Xi representa los elementos de
estudio, Fi la frecuencia y el F% el porcentaje de
los investigado o encuestado.
Fuente: Formulario de
cuestionario realizado a los
Conciliadores Extrajudiciales de la Provincia de Huamanga .
Los conciliadores
extrajudiciales consideran en un 22% que la conciliación extrajudicial es
eficaz para solucionar conflictos y el 78% considera que la principal causa
para la concurrencia a los centros de conciliación es porque es obligatorio
como requisito de procedibilidad.
15.- Desde su experiencia
como conciliador extrajudicial. Aproximadamente, en qué porcentaje los usuarios
que acuden a su entidad prefieren acudir acompañado de un abogado
De acuerdo a la pregunta dirigida a los Conciliadores Extrajudiciales, se establece que el promedio es 53.8 % de los justiciables prefieren ir acompañados de un abogado.
Fuente: Formulario de
cuestionario realizado a los
Conciliadores Extrajudiciales de la Provincia de Huamanga .
16.- Desde su experiencia profesional,
la Conciliación Extrajudicial en derecho como requisito de procedibilidad es:
|
Xi |
Fi |
F% |
|
Pertinente
y útil para solucionar los conflictos |
5 |
56% |
|
No
pertinente y poco útil |
0 |
0% |
|
Blanco |
4 |
44% |
|
TOTAL |
9 |
100% |
Leyenda: Donde Xi representa los elementos de
estudio, Fi la frecuencia y el F% el porcentaje de
los investigado o encuestado.
Fuente: Formulario de
cuestionario realizado a los
Conciliadores Extrajudiciales de la Provincia de Huamanga .
De acuerdo a la pregunta
dirigida a los conciliadores extrajudiciales, se establece que el 56% desde su
experiencia profesional afirma que la conciliación en derecho como requisito de
procedibilidad es pertinente y útil para solucionar los conflictos y el 44% no
tiene ninguna opinión por haber dejado en blanco la respuesta.
17.- Aproximadamente, ¿En
qué porcentaje estima usted que las Conciliaciones Extrajudiciales se solicitan
para agotar el requisito de procedibilidad?
De acuerdo a la pregunta
dirigida a las personas encuestadas, se establece que:
En promedio el 81.1 % de
las solicitudes de conciliación extrajudicial se presentan a los centros de
conciliación por ser requisito de procedibilidad.
Ilustración
6 :
SOLICITUDES QUE SE PRESENTAN POR REQUISITO DE PROCEDIBILIDAD
18.- En el año 2016, su centro de
conciliación ha atendido solicitudes en materias civiles dónde la Conciliación
Extrajudicial es un requisito de procedibilidad
Tabla
4: MATERIAS
SOLICITADAS CON REQUISITO PREVIO DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL
|
|
Xi |
Fi |
F% |
Fi |
F% |
|
|
|
Frecuente |
Poco Frecuente |
Frecuente |
Poco Frecuente |
|
1. |
-
Desalojos. |
( 6
) |
( 67%
) |
( 3 ) |
( 33%
) |
|
2. |
-
Otorgamiento de Escritura |
( 0
) |
(
0% ) |
( 8
) |
( 89%
) |
|
3 |
-
Obligación de dar suma de dinero (Pago de soles,
dólares, deudas).
|
( 9 ) |
( 100%
) |
( 0 ) |
(0% ) |
|
4 |
-
Resolución o Rescisión de Contratos
|
( 6 ) |
( 67%
) |
( 3 ) |
( 33% ) |
|
5 |
-
Indemnización por daños y perjuicios.
|
( 3 ) |
( 33%
) |
( 6 ) |
( 67% ) |
|
6 |
-
División y Partición de bienes.
|
( 4 ) |
(
44% ) |
( 5 ) |
(
56% ) |
|
7 |
-
Obligación de dar.
|
( 3 ) |
( 33% ) |
( 6 ) |
( 67%
) |
|
8 |
-
Ofrecimiento de Pago.
|
( 2 ) |
( 22%
) |
( 7 ) |
( 78%
) |
|
9 |
-
Interdictos
|
( 1 ) |
( 11% ) |
( 8 ) |
( 89%
) |
|
10 |
-
Incumplimiento de Contrato.
|
( 3 ) |
( 33%
) |
( 6 ) |
(67% ) |
|
11 |
-
Otro derecho de tipo económico que se pueden
negociar, transar, renunciar o disponer.
|
( 4 ) |
( 44%
) |
( 5 ) |
( 56%
) |
Fuente: Formulario de cuestionario realizado a los Conciliadores Extrajudiciales
de la Provincia de Huamanga .
Se aprecia que las
solicitudes de conciliación que más demanda o que más ingresan a los Centros de Conciliación Extrajudicial son las
materias de obligación de dar suma de dinero seguido de rescisión de contratos.
19.-
Con relación a la conciliación extrajudicial como requisito de procedibilidad
en materia civil, en porcentajes ¿Cómo concluyeron los procedimientos
conciliatorios en el año 2016?
GRAFICO
27: FORMA DE
CONCLUSIÓN DEL PROCEDIMIENTO CONCILIATORIO
Leyenda: Donde Xi representa los elementos de
estudio, Fi la frecuencia y el F% el porcentaje de
los investigado o encuestado.
Fuente: Formulario de
cuestionario realizado a los
Conciliadores Extrajudiciales de la Provincia de Huamanga .
C)CUESTIONARIO APLICADO A LOS
JUSTICIABLES SOBRE EL INTENTO CONCILIATORIO OBLIGATORIO EN MATERIA CIVIL.
1. ¿Considera usted, que la población
Ayacuchana conoce la Conciliación Extrajudicial?
|
Xi |
Fi |
F% |
|
Conoce |
3 |
33.3% |
|
Medianamente |
2 |
22.2% |
|
Desconoce |
4 |
44.4% |
|
TOTAL |
9 |
100% |
GRAFICO
28:
CONOCIMIENTO DE LA CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL
Leyenda: Donde
Xi representa los elementos de estudio, Fi la
frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.
Fuente: Formulario de cuestionario realizado a los Justiciables de la Provincia
de Huamanga .
De
acuerdo a la pregunta dirigida a los justiciables de la Provincia de Huamanga,
se establece que el 33.3% afirma que la población ayacuchana conoce la Conciliación
Extrajudicial, el 22.2% menciona que es medianamente el conocimiento y el
44.4% expresa que desconoce por
completo.
.- ¿Antes
de interponer su demanda civil tuvo que acudir algún Centro de Conciliación?
|
Xi |
Fi |
F% |
|
Si |
9 |
100% |
|
No |
0 |
0% |
|
TOTAL |
9 |
100% |
Leyenda: Donde
Xi representa los elementos de estudio, Fi la
frecuencia y el F% el porcentaje de los investigados o
encuestado.
Fuente: Formulario de cuestionario realizado a los Justiciables de la Provincia
de Huamanga.
De acuerdo a la pregunta
dirigida a los ciudadanos, se establece que
el 100% afirma que antes de interponer su demanda civil tuvo que acudir en
forma obligatoria algún Centro de Conciliación.
3.-
Si es que acudió a un Centro de Conciliación ¿Cuánto tiempo le tomó llevar a
cabo el procedimiento conciliatorio (tome en cuenta la fecha desde que acudió a
contratar los servicios del abogado hasta la expedición del acta de conclusión
del procedimiento conciliatorio)?
|
Xi |
Fi |
F% |
|
Menos de 02
meses |
9 |
100% |
|
03 meses |
0 |
0% |
|
04 meses |
0 |
0% |
|
05 meses |
0 |
0% |
|
06 meses |
0 |
0% |
|
TOTAL |
9 |
100% |
GRAFICO
30: DURACIÓN DE
PROCEDIMIENTO CONCILIATORIO
Leyenda: Donde
Xi representa los elementos de estudio, Fi la
frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.
Fuente: Formulario de cuestionario realizado a los Justiciables de la Provincia
de Huamanga .
De acuerdo a la pregunta
dirigida a las personas encuestadas, se establece que el 100% menciona que la
duración o el tiempo del procedimiento conciliatorio es menos de 02 meses.
4. ¿Cómo
concluyo el procedimiento conciliatorio?
|
Xi |
Fi |
F% |
|
Por inasistencia
de la parte invitada |
2 |
22% |
|
por falta de
acuerdo |
5 |
56% |
|
acuerdo
parcial |
0 |
0% |
|
acuerdo total de
las partes. |
2 |
22% |
|
TOTAL |
9 |
100% |
GRAFICO
31: FORMA DE
CONCLUSIÓN DEL PROCEDIMIENTO CONCILIATORIO
Leyenda: Donde
Xi representa los elementos de estudio, Fi la
frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.
Fuente: Formulario de cuestionario realizado a los Justiciables de la Provincia
de Huamanga .
De acuerdo a la pregunta
dirigida a las personas encuestadas, se establece que el 22% es por
inasistencia de la parte invitada, el 56% por falta de acuerdo y el 22% a través de acuerdo total de las
partes.
05.-
En caso haya concluido por acuerdo total o parcial ¿la parte invitada cumplió
los acuerdos a los que arribaron?:
|
Xi |
Fi |
F% |
|
Si |
2 |
22% |
|
No |
7 |
78% |
|
Una parte |
0 |
0% |
|
TOTAL |
9 |
100% |
GRAFICO
32: CUMPLIMIENTO
DE LOS ACUERDOS DE LA CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL
Leyenda: Donde
Xi representa los elementos de estudio, Fi la
frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.
Fuente: Formulario de cuestionario realizado a los Justiciables de la Provincia
de Huamanga .
De
acuerdo a la pregunta dirigida a las personas encuestadas, se establece que el
22% afirma que se cumplen con los acuerdos arribados y el 78% ha señalado que
no se cumplen con los acuerdos.
06.
En caso la respuesta a la pregunta anterior fue la alternativa b) o c) ¿Usted
acudió a la vía judicial para solicitar la ejecución del acta de Conciliación Extrajudicial
por incumplimiento de los acuerdos?
|
Xi |
Fi |
F% |
|
Si |
3 |
33% |
|
No |
2 |
22% |
|
No Respondió |
4 |
45% |
|
TOTAL |
9 |
100% |
GRAFICO
33 : CONCURRENCIA AL PODER JUDICIAL PARA EXIGIR EL
CUMPLIMIENTO DEL ACTA DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL.
Leyenda: Donde
Xi representa los elementos de estudio, Fi la
frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.
Fuente: Formulario de cuestionario realizado a los Justiciables de la Provincia
de Huamanga .
De acuerdo a la pregunta
dirigida a las personas encuestadas, se establece que el 22% mencionan que no
acudieron al poder judicial para
solicitar la ejecución del acta de Conciliación Extrajudicial por
incumplimiento de los acuerdos y el 78% no contesto nada.
07.-
En el supuesto caso que usted acudiera a un centro de Conciliación Extrajudicial
y el conciliador le propone ceder o renunciar algunos derechos con la finalidad
de que llegue a un acuerdo armonioso con su parte contraria ¿Usted aceptaría
esos términos con la única finalidad de resolver su conflicto de una forma
armoniosa y en el breve tiempo?
|
Xi |
Fi |
F% |
|
Si |
2 |
22% |
|
No |
7 |
78% |
|
TOTAL |
9 |
100% |
Leyenda: Donde
Xi representa los elementos de estudio, Fi la
frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.
Fuente: Formulario de cuestionario realizado a los Justiciables de la Provincia
de Huamanga .
De acuerdo a la pregunta
dirigida a los justiciables, se establece que el 22% está de acuerdo en renunciar algunos derechos
con la finalidad de arribar a un acuerdo conciliatorio y el 78% no acepta
renunciar algunos derechos para arribar a un acuerdo conciliatorio.
08.-
Con relación a los honorarios profesionales del abogado que asumió el
patrocinio del caso civil ¿cuánto fue el honorario que aproximadamente usted pago
por sus servicios en la fase del trámite de la Conciliación Extrajudicial?
|
Xi |
Fi |
F% |
|
Menos de S/
500.00 soles |
2 |
22% |
|
De S/ 500.00 a
S/ 1000.00 |
2 |
22% |
|
Más de S/
2000.00 |
0 |
0% |
|
Blanco |
5 |
56% |
|
TOTAL |
9 |
100% |
Fuente: Formulario de cuestionario realizado a los Justiciables de la Provincia
de Huamanga .
De acuerdo a la pregunta
dirigida a los justiciables, se establece que el 22% menciona que pago menos de S/ 500.00 soles y el 22% afirma que
pago desde S/ 500.00 a S/ 1000.00 y el 56% no respondió.
09.
Al acudir al centro de Conciliación Extrajudicial ¿Cuánto fue el costo que
aproximadamente usted invirtió en el
pago de los servicios del centro de Conciliación Extrajudicial desde el inicio
hasta el final del procedimiento conciliatorio?
|
Xi |
Fi |
F% |
|
Menos de S/
500.00 soles |
2 |
22% |
|
De S/ 500.00 a
S/ 1000.00 |
2 |
22% |
|
Más de S/
2000.00 |
0 |
0% |
|
Blanco |
5 |
56% |
|
TOTAL |
9 |
100% |
GRAFICO
36 : COSTO DEL
PROCEDIMIENTO CONCILIATORIO
Leyenda: Donde
Xi representa los elementos de estudio, Fi la
frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.
Fuente: Formulario de cuestionario realizado a los Justiciables de la Provincia
de Huamanga .
De acuerdo a la pregunta
dirigida a las personas encuestadas, se establece que el 22% afirma que pago
menos de S/ 500.00 soles y el 22% menciona que es de S/ 500.00 a S/ 1000.00 lo
que invirtió en el pago de los servicios de los centros de Conciliación
Extrajudicial.
10.
¿Cómo califica usted la intervención de los Centros de Conciliación
Extrajudicial en la Provincia de Huamanga?
|
Xi |
Fi |
F% |
|
Excelente |
2 |
22% |
|
Regular |
1 |
11% |
|
Deficiente |
1 |
11% |
|
Muy
Mala |
0 |
0% |
|
Blanco |
5 |
56% |
|
TOTAL |
9 |
100% |
Leyenda: Donde
Xi representa los elementos de estudio, Fi la
frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.
Fuente: Formulario de cuestionario realizado a los Justiciables de la Provincia
de Huamanga .
De acuerdo a la pregunta
dirigida a los justiciables se establece que el 22% afirma que la calidad de atención en los
centros de conciliación extrajudicial es excelente, el 11% menciona que es regular
y el otro 11% califica de deficiente la intervención de los Centros de
Conciliación Extrajudicial en la Provincia de Huamanga.
11.-Respecto
al desempeño del conciliador al cual acudió para resolver su desacuerdo o
conflicto, Usted considera que: (lea las opciones).
Tabla
5 : EVALUACIÓN
DEL DESEMPEÑO DEL CONCILIADOR
|
|
Xi |
Fi |
F% |
Fi |
F% |
|
1 |
Conocía
bien su caso |
(
6 )Si |
(67%
) |
(
3 )No |
(33% ) |
|
2 |
Asistió
puntualmente a la hora citada |
(
3 )Si |
(33%
) |
(
6 )No |
(67%
) |
|
3 |
Explicó
los objetivos de la Conciliación y estableció las reglas de juego |
(6 )Si |
(67%
) |
(
3 )No |
(33%) |
|
4 |
Dedicó
atención exclusiva a su caso sin hacer interrupciones para atender otras
funciones |
(
3 )Si |
(33%
) |
(
6 )No |
(67%
) |
|
5 |
Permitió
a las partes que tienen el problema, un espacio de tiempo para contar los
hechos ocurridos. |
(
6 )Si |
(67%
) |
( 3)No |
(33%) |
|
6 |
Favoreció
la comunicación y buscó el equilibrio entre las partes. |
(4 )Si |
(44%
) |
(
5 )No |
(56%) |
|
7 |
Dirigió
la audiencia con neutralidad e imparcialidad y mantuvo el control de la misma |
( 5)Si |
(56%) |
(4 )No |
(44%) |
|
8 |
Respondió
a las preguntas y dudas de las partes, respecto al trámite de la Conciliación |
(
5 )Si |
(56%
) |
(
4 )No |
(44%) |
|
9 |
Propuso
alternativas de arreglo. |
(5 )Si |
(56%
) |
(
4 )No |
(44%) |
|
10 |
Le
generó confianza |
(4 )Si |
(44%
) |
(
5 )No |
(56%) |
|
11 |
Procuró
rehacer, proteger o mejorar la relación entre las partes. |
(
5 )Si |
(56%) |
(
4 )No |
(44%) |
|
12 |
Elaboró
un acuerdo claro y puntual que permitió o permita ser cumplido por las
partes. |
(
4 )Si |
(44%) |
(
5 )No |
(56%
) |
Leyenda: Donde
Xi representa los elementos de estudio, Fi la frecuencia
y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.
Fuente: Formulario de cuestionario realizado a los Justiciables de la Provincia
de Huamanga.
Los
justiciables en un 67% consideran que el
Conciliador Extrajudicial conocía bien su caso, y un 33 % señala lo contrario,
y un 33 % asistió
puntualmente a la hora citada y en un 67%
señalo que no asistieron a la hora citada,
de igual forma en un 67% considera que explico los objetivos de la
Conciliación y estableció las reglas de la audiencia y un 33% considera lo
contrario, un 33% señala que el
conciliador extrajudicial dedicó
atención exclusiva a su caso sin hacer interrupciones para atender otras
funciones y un 67 % considera que hizo lo contrario, en un 67% permitió a las partes que tienen el
problema, un espacio de tiempo para contar los hechos ocurridos y un 33% señalo
lo contrario; un 44% considera que favoreció
la comunicación y buscó el equilibrio entre las partes y un 66% opina lo
contrario; un 56% considera que el conciliador extrajudicial dirigió la audiencia con neutralidad e
imparcialidad y mantuvo el control de la misma y el 44% considera lo contrario,
el 56% respondió a las preguntas y dudas
de las partes respecto al trámite de la Conciliación y el 44% considera lo
contrario; propuso alternativas de
arreglo en un 56% y un 44% considera lo contrario. En un 44% le generó
confianza y un 56% considera lo contrario, y en un 56% procuró rehacer,
proteger o mejorar la relación entre las partes y un 44% considera lo
contrario, un 44% elaboró un acuerdo
claro y puntual que permitió o permita ser cumplido por las partes y un 56%
considera lo contrario.
D) ENCUESTA DIRIGIDA
A LOS ABOGADOS LITIGANTES DE LA PROVINCIA DE HUAMANGA SOBRE LA OBLIGATORIEDAD
DEL INTENTO CONCILIATORIO EN MATERIA CIVIL
1.
¿En su etapa de estudiante de derecho recibió información sobre la Conciliación
Extrajudicial?
|
Xi |
Fi |
F% |
|
Si |
8 |
89% |
|
No |
1 |
11% |
|
TOTAL |
9 |
100% |
GRAFICO
39 :
INFORMACIÓN SOBRE LA CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL
Leyenda: Donde
Xi representa los elementos de estudio, Fi la
frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.
Fuente: Formulario de cuestionario realizado a los Abogados litigantes de la
provincia de Huamanga.
De acuerdo a la pregunta
dirigida a los Abogados litigantes de la Provincia de Huamanga, establece que
el 89% afirma que en su etapa de estudiante de
derecho recibieron información sobre la
Conciliación Extrajudicial y el 11%
afirma lo contrario.
2.
¿Ha obtenido la certificación de Conciliador Extrajudicial?
|
Xi |
Fi |
F% |
|
Si |
6 |
67% |
|
No |
3 |
33% |
|
TOTAL |
9 |
100% |
GRAFICO
40:
CERTIFICACIÓN DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL
Leyenda: Donde
Xi representa los elementos de estudio, Fi la
frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.
Fuente: Formulario de cuestionario realizado a los Abogados litigantes de la
provincia de Huamanga.
De acuerdo a la pregunta
dirigida a los Abogados litigantes de la Provincia de Huamanga, se establece
que el 67% afirma que han obtenido la certificación de conciliador extrajudicial
y el 33% menciona lo contrario.
3.
¿Ha recibido capacitación en materia de conciliación?
|
Xi |
Fi |
F% |
|
Si |
7 |
78% |
|
No |
2 |
22% |
|
TOTAL |
9 |
100% |
GRAFICO
41 :
CAPACITACIÓN EN MATERIA DE CONCILIACIÓN
Leyenda: Donde
Xi representa los elementos de estudio, Fi la
frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.
Fuente: Formulario de cuestionario realizado a los Abogados litigantes de la
provincia de Huamanga.
De acuerdo a la pregunta
dirigida a los abogados litigantes de la provincia de Huamanga, se establece
que el 78% afirma que han recibido
capacitación en materia de conciliación y el 22% menciona lo contrario.
4.
¿Considera usted, que la población Ayacuchana conoce la Conciliación
Extrajudicial?
|
Xi |
Fi |
F% |
|
Conoce |
0 |
0% |
|
Medianamente |
7 |
78% |
|
Desconoce |
2 |
22% |
|
TOTAL |
9 |
100% |
GRAFICO
42 :
CONOCIMIENTO DE LA CONCILICIÓN EXTRAJUDICIAL POR LA POBLACIÓN AYACUCHANA
Leyenda: Donde
Xi representa los elementos de estudio, Fi la
frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.
Fuente: Formulario de cuestionario realizado a los Abogados litigantes de la
provincia de Huamanga.
De acuerdo a la pregunta
dirigida a las personas encuestadas, se establece que el 78% menciona que la
población Ayacuchana conoce medianamente
la Conciliación Extrajudicial y el 22% afirma que existe desconocimiento sobre
el tema afirmado.
5.
¿En cuántas audiencias de conciliación participó Ud.?.
|
Xi |
Fi |
F% |
|
Muchos |
1 |
11% |
|
Pocos |
8 |
89% |
|
Ninguno |
0 |
0% |
|
TOTAL |
9 |
100% |
Leyenda: Donde
Xi representa los elementos de estudio, Fi la
frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.
Fuente: Formulario de cuestionario realizado a los Abogados litigantes de la
provincia de Huamanga.
De acuerdo a la pregunta
dirigida a los Abogados litigantes de la Provincia de Huamanga, se establece
que el 11% menciona que asistieron a
muchas audiencias y el 89% que
asistieron a pocas audiencias de conciliación extrajudicial.
6.
De las audiencias que Ud., participó aproximadamente ¿Cuántas han logrado
acuerdo total?
|
Xi |
Fi |
F% |
|
Alto |
0 |
0% |
|
Medianamente |
06 |
67% |
|
Bajo |
03 |
33% |
|
TOTAL |
9 |
100% |
GRAFICO
44: CANTIDAD DE
ACUERDOS TOTALES ARRIBADOS
Leyenda: Donde
Xi representa los elementos de estudio, Fi la
frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.
Fuente: Formulario de cuestionario realizado a los Abogados litigantes de la
provincia de Huamanga.
De acuerdo a la pregunta
dirigida a los abogados litigantes de la provincia de Huamanga, se establece
que el 67% mencionan que medianamente se ha logrado acuerdos totales y el 33%
afirma que fue bajo los acuerdos logrados.
7. . De las audiencias que Ud., participó
aproximadamente ¿Cuántas han logrado acuerdo parcial?
|
Xi |
Fi |
F% |
|
Alto |
0 |
0% |
|
Medianamente |
8 |
89% |
|
Bajo |
1 |
11% |
|
TOTAL |
9 |
100% |
GRAFICO
45 : CANTIDAD
DE ACUERDOS PARCIALES ARRIBADOS
Leyenda: Donde
Xi representa los elementos de estudio, Fi la
frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.
Fuente: Formulario de cuestionario realizado a los Abogados litigantes de la
provincia de Huamanga.
De acuerdo a la pregunta
dirigida a los Abogados litigantes de la Provincia de Huamanga, se establece
que el 89% menciona que medianamente se
han logrado acuerdo parcial y el 11% afirma que fue bajo los logros en acuerdos
parciales.
8.- De las audiencias que Ud., participó aproximadamente
¿Cuántas han concluido con falta de acuerdo?
|
Xi |
Fi |
F% |
|
Alto |
1 |
11% |
|
Medianamente |
0 |
0% |
|
Bajo |
8 |
89% |
|
TOTAL |
9 |
100% |
Leyenda: Donde
Xi representa los elementos de estudio, Fi la
frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.
Fuente: Formulario de cuestionario realizado a los Abogados litigantes de la
provincia de Huamanga.
De acuerdo a la pregunta
dirigida a los Abogados litigantes de la Provincia de Huamanga, se establece
que el 11% menciona que fue alto las audiencias de conciliación extrajudicial
que han concluido con falta de acuerdo y
el 89% afirma que fue bajo las audiencias de conciliación extrajudicial
que han concluido con falta de acuerdo.
9.- De las audiencias que
Ud., participó aproximadamente ¿Cuántas han concluido acuerdo?
|
Xi |
Fi |
F% |
|
Alto |
1 |
12% |
|
Medianamente |
0 |
0% |
|
Bajo |
7 |
88% |
|
TOTAL |
8 |
100% |
Leyenda: Donde
Xi representa los elementos de estudio, Fi la
frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.
Fuente: Formulario de cuestionario realizado a los Abogados litigantes de la
provincia de Huamanga.
De acuerdo a la pregunta
dirigida a las personas encuestadas, se establece que el 12% afirma que fue
alto los que han concluido con falta de
acuerdo y el 88% menciona que fue bajo.
10.-
Ante un conflicto civil con materia conciliable considera que la Conciliación Extrajudicial
ayuda a reducir la carga judicial:
|
Xi |
Fi |
F% |
|
Si |
7 |
78% |
|
No |
1 |
11% |
|
En
minima cantidad |
1 |
11% |
|
Considerablemente |
0 |
0% |
|
TOTAL |
9 |
100% |
GRAFICO
48 : LA
CONCILIACIÓN EXTRTAJUDICIAL Y LA REDUCCIÓN DE LA CARGA PROCESAL
Leyenda: Donde
Xi representa los elementos de estudio, Fi la
frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.
Fuente: Formulario de cuestionario realizado a los Abogados litigantes de la
provincia de Huamanga.
De
acuerdo a la pregunta dirigida a los abogados litigantes, se establece que el
78% afirma que la conciliación
extrajudicial ayuda a reducir la carga procesal y el 11% considera que no ayuda
a reducir la carga procesal y el 11% menciona que mínimamente ayuda a reducir
la carga judicial.
11.
¿Considera
que el estado promueve la Conciliación Extrajudicial en la Región Ayacucho?
|
Xi |
Fi |
F% |
|
Si |
2 |
23% |
|
Regular |
4 |
44% |
|
No |
3 |
33% |
|
TOTAL |
9 |
100% |
GRAFICO
49: PROMOCIÓN DE LA CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL POR
PARTE DEL ESTADO.
Leyenda: Donde
Xi representa los elementos de estudio, Fi la
frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.
Fuente: Formulario de cuestionario realizado a los Abogados litigantes de la
provincia de Huamanga.
De
acuerdo a la pregunta dirigida a los abogados litigantes, se establece que el
23% considera que Estado promueve la Conciliación Extrajudicial en la Región
Ayacucho, el 44% menciona que en forma regular
y el 33% considera que el Estado no promueve la Conciliación
Extrajudicial en la Región Ayacucho.
12.
¿Considera Ud., que la obligatoriedad de la Ley de Conciliación debería darse
en todas las provincias de la Región Ayacucho?
|
Xi |
Fi |
F% |
|
si |
9 |
100% |
|
no |
0 |
0% |
|
TOTAL |
9 |
100% |
Leyenda: Donde
Xi representa los elementos de estudio, Fi la
frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.
Fuente: Formulario de cuestionario realizado a los Abogados litigantes de la
provincia de Huamanga.
De
acuerdo a la pregunta dirigida a los Abogados litigantes de la provincia de la
Provincia de Huamanga, se establece que el 100% considera que la obligatoriedad
de la Ley de Conciliación debería darse en todas las provincias de la Región
Ayacucho.
De
acuerdo a la pregunta dirigida a los Abogados litigantes de la provincia de la
Provincia de Huamanga, se establece que el 100% considera que la obligatoriedad
de la Ley de Conciliación debería darse en todas las provincias de la Región
Ayacucho.
13. ¿Considera Ud. que la
Ley de Conciliación Nº 26872, los pertinentes del C.P.C. y la Ley de Justicia
de Paz han logrado institucionalizar la conciliación como medio de solución de
conflictos?
|
Xi |
Fi |
F% |
|
De
Acuerdo |
5 |
63% |
|
Regular |
3 |
37% |
|
En
desacuerdo |
0 |
0% |
|
TOTAL |
8 |
100% |
GRAFICO
51 : INSTITUCIONALIZACIÓN DE LA CONCILIACIÓN
EXTRAJUDICIAL
Leyenda: Donde
Xi representa los elementos de estudio, Fi la
frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.
Fuente: Formulario de cuestionario realizado a los Abogados litigantes de la
provincia de Huamanga.
De
acuerdo a la pregunta dirigida a los Abogados Litigantes de la Provincia de
Huamanga, se establece que el 63% menciona que está de acuerdo que la Ley de
Conciliación Nº 26872, los pertinentes del C.P.C. y la Ley de Justicia de Paz
han logrado institucionalizar la conciliación como medio de solución de
conflictos y el 37% considera que en
forma regular se está institucionalizando la conciliación.
14.
¿Considera que la Conciliación Extrajudicial como requisito de procedibilidad
es rentable para Ud.?
|
Xi |
Fi |
F% |
|
Bastante |
2 |
22% |
|
Regular |
2 |
22% |
|
Poco |
5 |
56% |
|
TOTAL |
9 |
100% |
GRAFICO
52 :
RENTABILIDAD DE LA CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL PARA LOS ABOGADOS
Leyenda: Donde
Xi representa los elementos de estudio, Fi la
frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.
Fuente: Formulario de cuestionario realizado a los Abogados litigantes de la
provincia de Huamanga.
De acuerdo a la pregunta
dirigida a los abogados litigantes, se establece que el 22% menciona que es
bastante, el 22% afirma es regular y el
56% menciona que es poco la rentabilidad
sobre la Conciliación Extrajudicial como requisito de procedibilidad.
15.
¿Con relación al tema del cobro de sus honorarios?
|
Xi |
Fi |
F% |
|
Cobra
menos cuando concilia |
3 |
42% |
|
Cobra
más cuando concilia |
2 |
29% |
|
Cobra
igual conciliando o no |
2 |
29% |
|
TOTAL |
7 |
100% |
GRAFICO
53 : COSTO DEL PROCEDIMIENTO CONCILIATORIO
Leyenda: Donde
Xi representa los elementos de estudio, Fi la
frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.
Fuente: Formulario de cuestionario realizado a los Abogados litigantes de la
provincia de Huamanga.
De acuerdo a la pregunta
dirigida a los abogados litigantes, se establece que el 42% menciona que cobra menos cuando concilia, el 29%
afirma que cobra más cuando concilia y el 29% dice que cobra igual conciliando
o no.
16.-
¿Considera usted que la Conciliación Extrajudicial es efectiva?
|
Xi |
Fi |
F% |
|
Si |
6 |
67% |
|
No |
3 |
33% |
|
TOTAL |
9 |
100% |
GRAFICO
54 :
EFECTIVIDAD DE LA CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL
Leyenda: Donde
Xi representa los elementos de estudio, Fi la
frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.
Fuente: Formulario de cuestionario realizado a los Abogados litigantes de la
provincia de Huamanga.
De acuerdo a la pregunta
dirigida a los Abogados litigantes de la Provincia de Huamanga se establece que
el 67% afirma que la Conciliación
Extrajudicial es efectiva y el 33% menciona lo contrario.
17.-
¿Con relación al tema de la Conciliación Extrajudicial considera que vulnera el
principio de economía procesal?
|
Xi |
Fi |
F% |
|
Si |
1 |
12% |
|
No |
7 |
88% |
|
TOTAL |
8 |
100% |
GRAFICO
55: VULNERACIÓN
AL PRINCIPIO DE ECONOMIA PROCESAL
Leyenda: Donde
Xi representa los elementos de estudio, Fi la
frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.
Fuente: Formulario de cuestionario realizado a los Abogados litigantes de la
provincia de Huamanga.
De acuerdo a la pregunta
dirigida a los abogados litigantes, se establece que el 12% afirma que la Conciliación
Extrajudicial vulnera el principio de economía procesal y el 88% menciona lo
contrario.
18.-
¿Con relación al tema de la Conciliación Extrajudicial considera que vulnera el
principio de Celeridad Procesal?
|
Xi |
Fi |
F% |
|
Si |
0 |
0% |
|
No |
9 |
100% |
|
TOTAL |
9 |
100% |
GRAFICO
56 :
VULNERACIÓN AL PRINCIPIO DE CELERIDAD PROCESAL
Leyenda: Donde
Xi representa los elementos de estudio, Fi la
frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.
Fuente: Formulario de cuestionario realizado a los Abogados litigantes de la
provincia de Huamanga.
De
acuerdo a la pregunta dirigida a los abogados litigantes, se establece que el
100% no están de acuerdo que la
Conciliación Extrajudicial vulnera al
principio de Celeridad Procesal.
19.-
Con relación al tema de la Conciliación Extrajudicial considera que vulnera el principio de acceso a la justicia
|
Xi |
Fi |
F% |
|
Si |
0 |
0% |
|
No |
9 |
100% |
|
TOTAL |
9 |
100% |
GRAFICO
57 :
VULNERACIÓN AL PRINCIPIO DE ACCESO A LA JUSTICIA
Leyenda: Donde
Xi representa los elementos de estudio, Fi la
frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.
Fuente: Formulario de cuestionario realizado a los Abogados litigantes de la
provincia de Huamanga.
De acuerdo a la pregunta
dirigida a los abogados litigantes, se establece que el 100% no están de acuerdo que la Conciliación
Extrajudicial vulnera el principio de acceso
a la justicia.
20.-¿Con
relación al tema de la conciliación extrajudicial considera que vulnera el principio de Autonomía de la
Voluntad de las partes?.
|
Xi |
Fi |
F% |
|
Si |
0 |
0% |
|
No |
9 |
100% |
|
TOTAL |
9 |
100% |
GRAFICO
58 :
VULNERACIÓN AL PRINCIPIO DE AUTONOMIA DE VOLUNTAD DE LAS PARTES
Leyenda: Donde
Xi representa los elementos de estudio, Fi la
frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.
Fuente: Formulario de cuestionario realizado a los Abogados litigantes de la
provincia de Huamanga.
De
acuerdo a la pregunta dirigida a los abogados litigantes de la Provincia de
Huamanga, se establece que el 100%
considera que la conciliación extrajudicial no vulnera el principio de
Autonomía de la Voluntad de las partes.
21. ¿Frente a la
conciliación, su actitud es de colaboración o de interferencia?
|
Xi |
Fi |
F% |
|
De
colaboración |
9 |
100% |
|
De
interferencia |
0 |
0% |
|
TOTAL |
9 |
100% |
GRAFICO
59 : ACTITUD
FRENTE A LA CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL
Leyenda: Donde
Xi representa los elementos de estudio, Fi la
frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.
Fuente: Formulario de cuestionario realizado a los Abogados litigantes de la
provincia de Huamanga.
De acuerdo a la pregunta
dirigida a los abogados litigantes de la provincia de Huamanga, se establece
que el 100% menciona que tienen actitud de colaboración frente a la
conciliación extrajudicial.
22.- Con relación a la actuación
de los centros de conciliación ¿cuál es su opinión?
|
Xi |
Fi |
F% |
|
Muy
Buena |
2 |
22% |
|
Buena |
5 |
56% |
|
Deficiente |
2 |
22% |
|
Muy
mala |
0 |
0% |
|
TOTAL |
9 |
100% |
Leyenda: Donde
Xi representa los elementos de estudio, Fi la
frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.
Fuente: Formulario de cuestionario realizado a los Abogados litigantes de la
provincia de Huamanga.
De acuerdo a la pregunta
dirigida a los abogados litigantes de la provincia de Huamanga se establece que
el 22% menciona muy buena, el 56% afirma buena y el 22% dice deficiente con relación
a la actuación de los centros de conciliación extrajudicial en la Provincia de
Huamanga.
|
Xi |
Fi |
F% |
|
Si |
5 |
56% |
|
No |
4 |
44% |
|
TOTAL |
9 |
100% |
GRAFICO 61: NIVEL DE CAPACITACIÓN DE LOS CONCILIADORES EXTRAJUDICIALES
Leyenda: Donde
Xi representa los elementos de estudio, Fi la frecuencia
y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.
Fuente: Formulario de cuestionario realizado a los Abogados litigantes de la
provincia de Huamanga.
De acuerdo a la pregunta
dirigida a las personas encuestadas, se establece que el 56% afirma que los Conciliadores extrajudiciales se encuentran
adecuadamente capacitados para llevar a cabo eficientemente el procedimiento
conciliatorio y el 44% menciona lo contrario.
24.-Respecto al desempeño
del conciliador al cual acudió para resolver su desacuerdo o conflicto, Usted
considera que: (lea las opciones).
Tabla
6 : DESEMPEÑO
DEL CONCILIADOR EXTRAJUDICIAL
|
|
|
|
|
|
|
|
1 |
Conocía
bien su caso |
(5)Si |
(4)No |
(56%)Si |
(44% )No |
|
2 |
Asistió
puntualmente a la hora citada |
(7)Si |
(2)No |
(78%)Si |
( 22%)No |
|
3 |
Explicó
los objetivos de la conciliación y estableció las reglas de juego |
(6)Si |
(3)No |
(67%)Si |
(33%
)No |
|
4 |
Dedicó
atención exclusiva acaso sin hacer interrupciones para atender otras
funciones |
(6)Si |
(3)Si |
(67%)Si |
(33%
)No |
|
5 |
Permitió
a las partes que tienen el problema, un espacio de tiempo para contar los
hechos ocurridos. |
(7)Si |
(2)No |
(78%)Si |
(22%
)No |
|
6 |
Favoreció
la comunicación y buscó el equilibrio entre las partes. |
(6)Si |
(3)No |
(67%)Si |
(33%
)No |
|
7 |
Dirigió
la audiencia con neutralidad e imparcialdad y mantuvo el control de la misma |
(6)Si |
(3)No |
(67%)Si |
(33%)No |
|
8 |
Respondió
a las preguntas y dudas de las partes, respecto al trámite de la conciliación |
(7)Si |
(2)No |
(78%
)Si |
(22%
)No |
|
9 |
Propuso
alternativas de arreglo. |
(6)Si |
(3)No |
(67%)Si |
(33%
)No |
|
10 |
Le
generó confianza |
(6)Si |
(3)No |
(67%)Si |
(33%
)No |
|
11 |
Procuró
rehacer, proteger o mejorar la relación entre las partes. |
(6)Si |
(3)No |
(67%)Si |
(33%
)No |
|
12 |
Elaboró
un acuerdo claro y puntual que permitió o permita ser cumplido por las
partes. |
(6)Si |
(3)No |
(67%)Si |
( 33%)No |
Leyenda: Donde
Xi representa los elementos de estudio, Fi la
frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.
Fuente: Formulario de cuestionario realizado a los Abogados litigantes de la
provincia de Huamanga.
De
acuerdo a la pregunta dirigida a los abogados litigantes de la Provincia de
Huamanga, se establece que los Conciliadores Extrajudiciales conocían
adecuadamente el caso materia de conciliación y que actuaron diligentemente.
25.-
En los casos que ha patrocinado ¿Usted ha tenido conciliaciones con acuerdo
entre las partes?
|
Xi |
Fi |
F% |
|
Si |
9 |
100% |
|
No |
0 |
0% |
|
Total |
9 |
100% |
GRAFICO
62 :
CONCILIACIONESCON ACUERDO ENTRE LAS PARTES
Leyenda: Donde
Xi representa los elementos de estudio, Fi la frecuencia
y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.
Fuente: Formulario de cuestionario realizado a los Abogados litigantes de la
provincia de Huamanga.
De
acuerdo a la pregunta dirigida a los abogados litigantes de la Provincia de
Huamanga, se establece que el 100% afirma que han tenido conciliaciones con
acuerdo entre las partes.
26.- ¿Las conciliaciones
que terminaron con acuerdo entre las partes, se han cumplido?
|
Xi |
Fi |
F% |
|
Si |
6 |
67% |
|
No |
2 |
22% |
|
Está
en trámite de cumplimiento |
1 |
1% |
|
TOTAL |
9 |
100% |
Leyenda: Donde
Xi representa los elementos de estudio, Fi la
frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.
Fuente: Formulario de cuestionario realizado a los Abogados litigantes de la
provincia de Huamanga.
De acuerdo a la pregunta
dirigida a los abogados litigantes de la Provincia de Huamanga se establece que
el 67% afirma que se han cumplido, el 22% menciona que no se han cumplido y el 1% mencionan que está en trámite el cumplimiento
de las conciliaciones extrajudiciales que terminaron con acuerdo entre
las partes.
27.- ¿se han cumplido de
manera voluntaria?
|
Xi |
Fi |
F% |
|
Si |
7 |
78% |
|
No |
2 |
22% |
|
TOTAL |
9 |
100% |
GRAFICO
64: NIVEL DE
CUMPLIMIENTO DE LOS ACUERDOS ARRIBADOS
Leyenda: Donde
Xi representa los elementos de estudio, Fi la
frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.
Fuente: Formulario de cuestionario realizado a los Abogados litigantes de la
provincia de Huamanga.
De acuerdo a la pregunta
dirigida a los abogados litigantes de la provincia de Huamanga se establece que
el 78% afirman que se han cumplido de manera voluntaria los acuerdos arribados
en la conciliación extrajudicial y el 22% menciona lo contrario.
28.- De los acuerdos que no se
han cumplido voluntariamente, ¿Usted qué hizo?
|
Xi |
Fi |
F% |
|
Acudieron
al poder judicial |
8 |
100% |
|
No
hizo nada |
0 |
0% |
|
Acudió
nuevamente a la conciliación |
0 |
0% |
|
TOTAL |
8 |
100% |
GRAFICO
65 : EXIGENCIA
DEL CUMPLIMIENTO DEL ACUERDO CONCILIATORIO
Leyenda: Donde
Xi representa los elementos de estudio, Fi la
frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.
Fuente: Formulario de cuestionario realizado a los Abogados litigantes de la
provincia de Huamanga.
De acuerdo a la pregunta
dirigida a los abogados litigantes de la provincia de Huamanga, se establece
que el 100% afirma que acudieron al
poder judicial para el cumplimiento de los acuerdos arribados en la conciliación
extrajudicial.
E) ENCUESTA DIRIGIDA A LA
CIUDADANÍA DE LA PROVINCIA DE HUAMANGA SOBRE LA OBLIGATORIEDAD DEL INTENTO
CONCILIATORIO.
1.
Sabe usted ¿Qué es la conciliación
extrajudicial?
|
Xi |
Fi |
F% |
|
Conoce |
03 |
67% |
|
Medianamente |
01 |
8% |
|
Desconoce |
08 |
25% |
|
TOTAL |
12 |
100% |
GRAFICO
66: NIVEL DE
CONOCIMIENTO DE LA CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL
Leyenda: Donde
Xi representa los elementos de estudio, Fi la
frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.
Fuente: Formulario de cuestionario realizado a la ciudadanía de la provincia de
Huamanga.
De acuerdo a la pregunta dirigida a las personas
encuestadas, se establece que:
El 25% de los ciudadanos que fueron encuestados conoce
la Conciliación Extrajudicial, el 67% desconoce la Conciliación Extrajudicial y
el 8% conoce mediamente la Conciliación Extrajudicial.
2.- Si es que tuviera un conflicto de naturaleza
civil, usted acudiría a:
|
Xi |
Fi |
F% |
|
A un centro de
Conciliación |
5 |
42% |
|
Directamente al
Poder Judicial |
07 |
58% |
|
TOTAL |
12 |
100% |
Leyenda: Donde
Xi representa los elementos de estudio, Fi la
frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.
Fuente: Formulario de cuestionario realizado a la ciudadanía de la provincia de
Huamanga.
De acuerdo a la pregunta
dirigida a la ciudadanía de la provincia de Huamanga, se establece que:
La ciudadanía en un 52%
frente a un conflicto de interese prefiere acudir directamente al Poder
Judicial y un 48% prefiere acudir a un Centro de Conciliación.
3.- En el supuesto caso
que usted acudiera a un centro de conciliación extrajudicial y el conciliador
le propone ceder o renunciar algunos derechos con la finalidad de que llegue a
un acuerdo armonioso con su parte contraria ¿usted aceptaría esos términos con
la única finalidad de resolver su conflicto de una forma armoniosa y en el
breve tiempo?
|
Xi |
Fi |
F% |
|
Si |
03 |
25% |
|
No |
09 |
75% |
|
TOTAL |
12 |
100% |
Leyenda: Donde
Xi representa los elementos de estudio, Fi la
frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.
Fuente: Formulario de cuestionario realizado a la ciudadanía de la provincia de
Huamanga.
F) ENTREVISTA APLICADA A LOS JUECES
CIVILES DE LA PROVINCIA DE HUAMANGA Y LOS SECRETARIOS JUDICIALES.
JUECES.
Tabla 7 : RESULTADO DE LA ENTREVISTA APLICADA A LOS JUECES CIVILES DE LA PROVINCIA DE
HUAMANGA
|
|
JUEZ
1 |
JUEZ
2 |
|
|
1.-
¿Cuál considera que es la causa por la que los procesos civiles cuyo
requisito de procedibilidad es el intento conciliatorio no han concluido por
acuerdo total o parcial de las partes? |
Considero
que ello se origina porque no existe una cultura de paz principalmente en la
formación de los abogados y buscan acudir a la audiencia conciliatoria previa
solamente para cumplir con la formalidad para poderse demandar (accionar) y
así mismo una falta de formación sobre las bondades y beneficios de la
conciliación que no son aprovechados o empleados, haciendo que predomine una
cultura de litigio. |
Los
conflictos de intereses entre los justiciables no tienen propuesta
conciliatoria adecuada, los conciliadores no influyen mucho para que las
personas no lleguen a un acuerdo proporcional. Las
notificaciones en el proceso extrajudicial de conciliación no se efectúan
adecuadamente. |
|
|
2.
¿Con relación a las demandas que se incoan en su Despacho en aquellas
materias que el intento conciliatorio es obligatorio que errores o
deficiencias ha podido apreciar al momento de calificar la demanda? |
Los
errores más comunes que he podido apreciar es que se celebran acuerdos
conciliatorios en materias conciliables y que tampoco por los términos en que
han sido redactados los acuerdos no podrían ser materia de ejecución en un
proceso único de ejecución, al no ser el acuerdo conciliatorio para que se
constituya en título de ejecución tiene que tener obligaciones ciertas,
expresas y exigibles para que sean exigibles judicialmente. |
No
adjuntar el acta de conciliación certificado con sus respectivas constancias
de notificación. Las
actas de conciliación tienen una pretensión diferente a la pretensión de la
demanda. |
|
|
3.
¿Cuáles son los mayores errores o deficiencias que ha podido apreciar al
momento de calificar la demanda en las actas de Conciliación Extrajudicial
emitidos por los centros de conciliación por falta de acuerdo de las partes o
por inconcurrencia de una de las partes? |
Como
por ejemplo el caso de que no se cumple con lo dispuesto en el art. 15 de la
Ley de conciliación, como es que no se detalla a cabalidad lo que expresa el
invitado en el supuesto que tenga desavenencias o puntos en contra de la
conciliación y que pudieran servir para formular una vez iniciada el proceso
una forma para reconvención. |
Indebida
notificación, se notifica en un domicilio diferente al que se consigna en la
demanda . |
|
|
4.-
En su opinión personal considera que el intento conciliatorio como requisito
de procedibilidad en materia civil es eficaz. |
Yo
considero que si, por que permite de que algunos temas y conflictos de
intereses se resuelvan extrajudicialmente no haciendo que el magistrado
pierda tiempo valioso que puede emplearse para resolver un proceso en ello. |
Generalmente
no se arriba a un acuerdo en el
intento conciliatorio por lo que no es del todo eficaz. |
|
|
5.-
¿Qué mecanismos se deben implementar para contribuir a la desjudicialización
de procesos civiles en la Provincia de Huamanga? |
Todo
va a depender de que exista una mejor formación de los estudiantes de derecho
en lo que son los mecanismos de solución de conflictos alternativos y
asimismo se crea toda una cultura de paz para los abogados, el gran problema
de Ayacucho es también la mayor preponderancia en materia penal que es más
dirigida al litigio. |
Creación
de un organismo especializado que fiscalice a los centros de conciliación a
fin de que este mecanismos de solución de conflicto sea más eficaz y
transparente. |
|
SECRETARIOS:
Tabla 8 : RESULTADO DE LA ENTREVISTA APLICADA A LOS SECRETARIOS DE LOS JUZGADOS CIVILES DE
LA PROVINCIA DE HUAMANGA
|
|
SECRETARIO 1 |
SECRETARIO 2 |
|
1.-
¿Cuál considera que es la causa por la que los procesos civiles cuyo
requisito de procedibilidad es el intento conciliatorio no han concluido por
acuerdo total o parcial de las partes?
|
Esto
con la finalidad de buscar otras formas de solucionar el conflicto que no
necesariamente tiene que ser judicializado, si no que también existen formas
alternativas de solución de conflictos, tanto más que los medios
extrajudiciales son más simples y rápidos que el proceso judicial, asimismo
esta forma de solución de conflicto equilibraría la excesiva carga procesales
en las sedes judiciales. |
Por
falta de costumbre. |
|
2.
¿Con relación a las demandas que se incoan en su Despacho en aquellas
materias que el intento conciliatorio es obligatorio que errores o
deficiencias ha podido apreciar al momento de calificar la demanda?
|
La
falta de solicitud de conciliación previa a la interposición de la demanda,
la falta de adecuación del petitorio (tipificación), falta de precisión de
los fundamentos de hecho y de derecho. |
No
adjuntar los requisitos obligatorios para la admisibilidad de la demanda. |
|
3.
¿Cuáles son los mayores errores o deficiencias que ha podido apreciar al
momento de calificar la demanda en las actas de Conciliación Extrajudicial
emitidos por los centros de conciliación por falta de acuerdo de las partes o
por inconcurrencia de una de las partes?
|
|
Inconcurrencia
de las partes. |
|
4.-
En su opinión personal considera que el intento conciliatorio como requisito
de procedibilidad en materia civil es eficaz.
|
|
No,
porque si fuera el caso no habría muchas demandas. |
|
5.-
¿Qué mecanismos se deben implementar para contribuir a la desjudicialización
de procesos civiles en la Provincia de Huamanga?
|
Que
los mecanismos alternativos de solución de conflictos adquieran cierto nivel
de eficacia y para ello el personal conciliador debe adquirir mayor
capacitación y apertura de centros de conciliación que generan seguridad y
garantía a los justiciables. |
Capacitación
en materia de conciliación. |
Fuente: Formulario de entrevista aplicada a los jueces de los juzgados especializados en lo civil de la provincia de Huamanga.
4.3. Discusión.
De
acuerdo a los resultados de las entrevistas aplicadas (Véase Gráfico 01 al 68)
y (tabla 01 al 08) e (ilustración 01 al 06) realizado a 47 personas
distribuidas en : 09 abogados litigantes,
12 ciudadanos, 02 Jueces del Juzgado Civil de Huamanga, 05 Secretarios
y Asistentes Judiciales, 09 Conciliadores Extrajudiciales, se aprecia que la
vulneración a principios procesales como
el derecho de acceso universal a la justicia, economía procesal,
autonomía de la voluntad, celeridad procesal y derecho a la tutela
jurisdiccional son provocados por la obligatoriedad del intento conciliatorio
como requisito de procedibilidad que no contribuyó a la desjudicialización en
los Juzgados Especializado en lo Civil de Huamanga en el año 2016.
Como
problema principal de la presente tesis se planteó la siguiente interrogante ¿ Cómo influye la obligatoriedad del intento
conciliatorio como requisito de procedibilidad en los procesos civiles en la vulneración
de principios procesales y finalmente en qué medida contribuyo
a la desjudicialización en los Juzgados Especializados en lo Civil de la
Provincia de Huamanga en el año 2016? y luego de haber realizado el análisis de las
encuestas aplicadas tenemos el siguiente resultado:
· Con
relación a los Jueces, Secretarios y Asistentes Judiciales, se tiene que estos
opinan que la población Ayacuchana conoce solo medianamente la figura de la
Conciliación Extrajudicial (Grafico 04), y considera que el intento
conciliatorio como requisito de procedibilidad en algunas materias civiles
contribuyo en poca cantidad a la reducción de la carga procesal (Grafico
05), de igual forma se aprecia que del
total de demandas que ingresan a los Juzgados Civiles en las actas que se
anexan por conclusión del procedimiento conciliatorio este intento concluyo en
su mayoría por inasistencia de la parte invitada. (Grafico 06), y que con
relación al tema de aquellas conciliaciones extrajudiciales que han concluido
por acuerdo total de las partes refieren que son escasas las demandas del
proceso único de ejecución, y finalmente consideran que la conciliación debería
darse en todo el departamento de Ayacucho pero en contraposición a ello opinan
que el estado no promueve la conciliación extrajudicial.
·
Según la opinión de los Conciliadores
Extrajudiciales con relación al problema principal se tiene que del 100% por
ciento de las audiencias de conciliación que celebran mensualmente los
procedimientos que concluyen por acuerdo total de las partes son en promedio sólo
el 13.4%, de igual forma comparten la opinión en su mayoría de que una
conciliación es exitosa si las partes cumplen de forma voluntaria los
compromisos pactados, y el 56% considera que la conciliación extrajudicial en
derecho como requisito de procedibilidad no ha sido eficaz para descongestionar
los despachos judiciales del país, encontrándose a lo largo del proceso de la
presente investigación que los centros de conciliación no cuentan con
información estadística sobre los procesos conciliatorios por materia, de igual
forma se tiene que el promedio de solicitudes de conciliación extrajudicial que
se celebran por año son 139, y señalan en un 78% que la causa para que los
ciudadanos acudan a los centros de conciliación es porque es obligatoria como
requisito de procedibilidad, y en un 54% prefieren ir acompañados de un
abogado, y finalmente en un 47% considera que el procedimiento conciliatorio ha
concluido por acuerdo total de las partes de igual forma concluyen que en su
mayoría la población Ayacuchana no conoce la Conciliación extrajudicial.
·
Los Justiciables aquellos ciudadanos que
han acudido a los centros de conciliación extrajudicial en su totalidad
concluyen que el procedimiento conciliatorio les duro menos de dos meses y de
igual forma señalan en un 56% que el procedimiento conciliatorio concluyo por
falta de acuerdo de las partes y solo el 22% por acuerdo total y de los justiciables que sus
solicitudes concluyeron por acuerdo total y parcial señalan que la parte
invitada no cumplió con los acuerdos establecidos en 78% y solo el 33% de los
justiciables que arribaron a acuerdo total o parcial acudieron al poder
judicial, con relación a la calificación de la actuación de los centros de
conciliación la mayoría de los entrevistados dio una opinión de excelente.
·
Los abogados litigantes en un 67% han
obtenido su certificado de Conciliador Extrajudicial y de igual forma ha
recibido capacitación en conciliación,
en un 78 % considera que la población Ayacuchana conoce medianamente la
Conciliación extrajudicial, el 89% de los abogados a concurrido a pocas
audiencias y en un 11% a concurrido a muchas audiencias de conciliación
extrajudicial.
·
Con relación a las audiencias a las que
han concurrido los abogados consideran que un 67% de las audiencias que han
concurrido medianamente han concluido con Acuerdo Total y un 33% considera que
ha concluido sin acuerdo total, y un 78% considera que frente a un conflicto civil
con materia conciliable
que la Conciliación Extrajudicial ayuda a reducir la carga judicial, y con relación a la pregunta si es que el
estado promueve la Conciliación Extrajudicial en la Región Ayacucho se ha concluido
que el 44% considera que solo promueve en forma regular, el 33 % que no
promueve y el 23 % opina que si promueve,
en un 100% opinan que la conciliación extrajudicial debería darse en
toda la Región Ayacucho, con relación a la rentabilidad de la conciliación
extrajudicial los abogados en un 56% considera que es poco rentable, y es de
entenderse la presente respuesta pues existen menos actos procesales y los
abogados tienen que reducir sus honorarios si es que sus patrocinados llegan a
conciliar y complementando la pregunta anterior un 42% considera que cobra
menos cuando concilia, un 67% considera
que la conciliación extrajudicial si es efectiva para solucionar los conflictos
de intereses, el 88% considera que no se vulnera el principio de economía
procesal y el 100% considera que no se vulnera el principio de celeridad
procesal y de igual forma el 100% considera que no se vulnera el principio de
acceso a la justicia y el 100% considera que no se vulnera el principio de
autonomía de voluntad de las partes, y el 100% de los abogados considera que su
actitud en la audiencia de Conciliación
Extrajudicial es de colaboración, un 56 %considera que la actuación de los
centros de conciliación es buena un 56% considera que los conciliadores
extrajudiciales se encuentra adecuadamente capacitado, y frente a la pregunta sobre el desempeño de los
conciliadores extrajudiciales comprendido en 12 items detallados en la tabla 5, se llega a establecer que los Conciliadores
Extrajudiciales conocían adecuadamente el caso materia de conciliación y que
actuaron diligentemente.
·
Un
100% de los abogados señala que han tenido conciliaciones con acuerdo total
entre las partes y precisan que en un 67% si han cumplido con los acuerdos
establecidos en la audiencia de Conciliación extrajudicial y un 22% señala que
no se han cumplido y un 1% señala que se encuentra en trámite de cumplimiento.
·
El
78% señala que los acuerdos arribados en las conciliaciones extrajudiciales con
acuerdo total de la partes se han cumplido a cabalidad, de los casos en los que
han concluido con acuerdo total y no se han cumplido en un 100% han acudido al
poder judicial.
·
La
ciudadanía en un 67% conoce la
conciliación extrajudicial y señala que si es que tuviera un conflicto de
naturaleza civil en un 58% acudirían directamente al poder judicial y un 42% a
un centro de conciliación, a la pregunta
en el supuesto caso que usted acudiera a un centro de conciliación
extrajudicial y el conciliador le propone ceder o renunciar algunos derechos
con la finalidad de que llegue a un acuerdo armonioso con su parte contraria
¿usted aceptaría esos términos con la única finalidad de resolver su conflicto
de una forma armoniosa y en el breve tiempo? la respuesta fue si en un 25% y no
en un 75%.
·
Realizando
una análisis sobre las entrevistas realizadas a los señores magistrados del poder
judicial se tiene que frente a la pregunta sobre cuál es la causa por la que
los procesos civiles cuyo requisito de procedibilidad es el intento
conciliatorio no han concluido por acuerdo total o parcial entre las partes, la
respuesta es que consideran que ello se origina porque no existe una cultura de
paz principalmente en la formación de los abogados y buscan acudir a la
audiencia conciliatoria previa solamente para cumplir con la formalidad para
poderse demandar (accionar) y así mismo una falta de formación sobre las
bondades y beneficios de la conciliación que no son aprovechados o empleados,
haciendo que predomine una cultura de litigio y además precisan que Las
notificaciones en el proceso extrajudicial de conciliación no se efectúan
adecuadamente.
·
De igual forma
en la encuesta aplicada se tiene que los errores más comunes que se ha
podido apreciar es que se celebran acuerdos conciliatorios en materias no
conciliables y que por los términos en que han sido redactados los acuerdos no
podrían ser materia de ejecución en un proceso único de ejecución, al no ser el
acuerdo conciliatorio para que se constituya en título de ejecución tiene que
tener obligaciones ciertas, expresas y exigibles para que sean exigibles
judicialmente.
·
Al
responder la encuesta los magistrados precisan que los mayores errores que han
apreciado es que no se cumple con lo dispuesto en el art. 15 de la Ley de
conciliación, como es que no se detalla a cabalidad lo que expresa el invitado
en el supuesto que tenga desavenencias o puntos en contra de la conciliación y
que pudieran servir para formular una vez iniciada el proceso una forma para
reconvención.
·
Con
relación a la eficacia del intento conciliatorio como requisito de
procedibilidad y su eficacia consideran que si es eficaz porque permite de que
algunos temas y conflictos de intereses se resuelvan extrajudicialmente no
haciendo que el magistrado pierda tiempo valioso que puede emplearse para
resolver un proceso en ello.
·
Con
relación a los mecanismos que se deben implementar para contribuir a la
desjudicialización de los procesos civiles va a depender de que exista una
mejor formación de los estudiantes de derecho en lo que son los mecanismos de
solución de conflictos alternativos y asimismo se crea toda una cultura de paz
para los abogados, el gran problema de Ayacucho es también la mayor
preponderancia en materia penal que es más dirigida al litigio.
·
De
igual forma se tiene que según los magistrados los mecanismos alternativos de
solución de conflictos adquieren cierto nivel de eficacia y para ello el
personal conciliador debe adquirir mayor capacitación y apertura a los centros
de conciliación que generan seguridad y garantía a los justiciables.
·
Se concluye que según los Jueces,
Secretarios, Auxiliares judiciales, abogados y Conciliadores Extrajudiciales no
se trasgrede con la obligatoriedad del intento conciliatorio ninguno de los principios
procesales planteados en el Problema secundario
N° 1, pero sin embargo se tiene
del análisis de los resultado que en su mayoría los justiciables que
acuden al centro de conciliación tienen gastos de dinero en el pago a los
abogados y al mismo tiempo por los servicios del centro de conciliación
extrajudicial además de existir un procedimiento conciliatorio que dura en
promedio 02 meses y sumado a ello está el tema de que los procesos en su
mayoría terminan por falta de acuerdo como lo señalan los jueces y centros de
conciliación.
·
En esta tesis se investigó en qué medida
la obligatoriedad del intento conciliatorio como requisito de procedibilidad en
los procesos civiles, no contribuyo a la desjudicialización en los Juzgados
Especializados en lo Civil de Huamanga en el año 2016 y, como consecuencia de la ejecución de la presente investigación, se
han arribado a las siguientes conclusiones:
Podemos
concluir que los Magistrados de los Juzgados Civiles de la Provincia
de Huamanga, Secretarios Judiciales y asistentes judiciales señalan que la
población Ayacuchana conoce medianamente la conciliación extrajudicial, que el
intento conciliatorio como requisito de procedibilidad en algunas materias
civiles ha contribuido en poca cantidad a la reducción de la carga procesal, de
igual forma han precisado que la parte invitada a la audiencia de conciliación
extrajudicial según su observación en la práctica han concurrido en poca
cantidad y que a nivel judicial son pocos las conciliaciones que se han
solicitado a pedido de las partes procesales, consideran en su mayoría que el
intento conciliatorio no vulnera el principio de Derecho de acceso a la
justicia, autonomía de la voluntad, Derecho a la Tutela Jurisdiccional Efectiva
y a los principios de Economía y celeridad procesal, califican de regular la
intervención de los Centros de Conciliación extrajudicial en la provincia de
Huamanga y que las materias civiles en
los que se exige el intento conciliatorio obligatorio y que han ingresado con
frecuencia durante el año 2016 han sido los Desalojos, Otorgamiento
de Escritura ,Obligación de dar suma de dinero, Indemnización por daños y
perjuicios, División y Partición de bienes e Interdictos.
Los
jueces y secretarios de los Juzgados Civiles de la provincia de Huamanga
señalan que la causa fundamental para que las solicitudes del intento
conciliatorio hayan concluido por falta de acuerdo es porque no existe una
cultura de paz y principalmente por la formación de los abogados que concurren
con la única finalidad de cumplir la formalidad para posteriormente demandar.
Los
errores principales en las actas de conciliación extrajudicial es que celebran
acuerdos conciliatorios en materias no conciliables y por los términos en los
que han sido redactados los acuerdos no podrán ser exigidos en ejecución en un
proceso único de ejecución.
Se
puede concluir también que los ciudadanos en su mayoría desconoce la figura de
la conciliación extrajudicial, y si es que tienen un conflicto de naturaleza
civil prefieren acudir directamente al poder judicial y en el supuesto que
acudieran a un centro de conciliación y el conciliador le propone ceder o
renunciar algunos derechos con la finalidad de llegar a un acuerdo armonioso en
el breve tiempo no llegarían en su mayoría a un acuerdo con la parte invitada.
Del
procesamiento de datos podemos concluir que los conciliadores extrajudiciales en
su mayoría son privados, los conciliadores extrajudiciales en promedio tienen
una antigüedad de 4 años y 02 meses en el cargo, que la mayoría de los
conciliadores extrajudiciales tiene educación superior completa y consideran
que la conciliación extrajudicial es exitosa cuando las partes cumplen de forma
voluntaria los compromisos pactados.
Los
centros de conciliación extrajudicial cuentan en su mayoría con Director,
Conciliador extrajudicial, abogado y secretario general, apreciándose que
existe deficiencia en el registro estadístico de las conciliaciones celebradas
por año.
Los
conciliadores extrajudiciales consideran que el 78% de las personas que acuden
al centro de conciliación es por la obligatoriedad como requisito de
procedibilidad, además que la materia más demandada es obligación de dar suma
de dinero, se ha concluido también que los Conciliadores Extrajudiciales
consideran que en un 44.4% de la población desconoce la figura de la
conciliación extrajudicial, y del análisis de los mencionados datos se llega a
determinar que si no se exigiera la condición para la procedencia de la demanda
en materia civil llegaríamos a la conclusión de que los justiciables no
acudirían a los Centros de conciliación de forma voluntaria.
Con
relación al tema de los plazos para la ejecución del procedimiento
conciliatorio se tiene que los justiciables han concluido que el plazo máximo
que les ha tocado desarrollar un procedimiento conciliatorio ha sido el plazo
de 02 meses, en tal sentido si bien el plazo es un promedio prudencial sin
embargo este plazo se tendría que computar como un plazo adicional que se
sumaría al proceso judicial ordinario, es en ese sentido que se estaría
corroborando que existiría una vulneración al principio de celeridad procesal.
Se
aprecia del procesamiento de las encuestas que el 56% de los procedimientos
conciliatorios han concluido por falta de acuerdo de las partes, en tal sentido
se estaría observando que efectivamente no se aprecia la efectividad del
procedimiento extrajudicial como medio de desjudicialización de los procesos
civiles.
Los
justiciables en su mayoría han concluido que cuando el conciliador le propone
ceder o renunciar algunos derechos con la finalidad de que llegue a un acuerdo
armonioso con su parte contraria no aceptaría la formula conciliatoria, esto
bajo la premisa de que si analizamos el concepto de conciliación extrajudicial
este implica ceder o renunciar generalmente algunos derechos para finalmente
llegar a un acuerdo conciliatorio con la parte invitada, pues si no existe esa
renuncia de algunos derechos que en su mayoría son de contenido patrimonial no
se estaría logrando el acuerdo armonioso.
Se ha concluido también que existe mucho
desconocimiento por parte de la población de la provincia de Huamanga sobre las
ventajas de la Conciliación Extrajudicial además que según los profesionales
involucrados en el proceso civil el estado no difunde ni promueve la
Conciliación Extrajudicial como mecanismo alternativo de resolución de
conflictos, en tal sentido si se pretende usar la conciliación extrajudicial como
mecanismo alternativo para lograr o contribuir a la desjudicialización de los
procesos civiles en los juzgados en los que ha entrado en vigencia la
obligatoriedad del intento conciliatorio se tendría que priorizar en las
entidades competentes realizar la difusión del mencionado mecanismo ante la
población incluso incorporar en la currícula de estudios de nivel secundario
dicho contenido y sobre la importancia de una cultura de paz para poder evitar
los conflictos sociales y eso se logra como consecuencia de un trabajo
articulado y un cambio de cultura en la ciudadanía que en su mayoría tiene una
mentalidad conflictiva.
El fundamento de la exigencia de la
obligatoriedad del intento conciliatorio es que es un procedimiento de fácil
acceso a la administración de justicia,
según la justificación para la
exigencia obligatoria de la conciliación extrajudicial pero sin embargo en
nuestro contexto se aprecia que el conciliador extrajudicial no administra
justicia propiamente dicha ya que la Constitución Política del Perú solo le
confiere la facultad de administrar justicia al poder judicial, y se ejerce
jurisdicción excepcionalmente en el fuero arbitral, militar y electoral, siendo
muy diferente en nuestro vecino país de Colombia que en el artículo 116 de su constitución política señala que los particulares pueden ser investidos
transitoriamente de la función de administrar justicia en la condición de (…)
conciliadores (…)habilitados por las partes para proferir fallos en derecho o
en equidad, en los términos que determine la ley, teniendo en
nuestra realidad que se hace necesario que se dé un reconocimiento a los
conciliadores extrajudiciales dotándole para ello de todo un instrumento de
regulación en nuestro ordenamiento nacional acorde a principios como la legalidad
y la jerarquía normativa.
4.5. RECOMENDACIONES:
·
Que las instituciones competentes realicen
un diagnóstico y estudio sobre la realidad nacional y determinar si la figura
de la Conciliación Extrajudicial como requisito de procedibilidad en materia civil
resulta siendo eficaz para contribuir a la desjudicialización en materia civil
y que resultados se han obtenido hasta la fecha para a partir de ello formular
estrategias para lograr que el mencionado mecanismo alternativo sea de uso
frecuente para la solución de conflictos de naturaleza civil en nuestra
realidad nacional.
·
Mayor difusión de la Conciliación
extrajudicial como requisito de procedibilidad en materia civil por parte del
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, además de la apertura de nuevos
centros de conciliación gratuito y cumplir con velar por el buen funcionamiento
de los Centros de Conciliación particular estableciendo protocolos uniformes
para la elaboración de las actas de conciliación extrajudicial y el manejo del
Despacho y gestión en los centros de conciliación extrajudicial en cuanto
existen deficiencias en el momento de redactar el acta de acuerdo pues
como se aprecia de la presente investigación y lo mencionado por los jueces y
secretarios judiciales se ha llegado a concluir que hay inconveniente en la
celebración de la audiencia de conciliación extrajudicial
·
Proponer
la incorporación por parte del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos entre
sus servicios legales el seguimiento y
monitoreo a partir de una base de datos de todas las conciliaciones extrajudiciales
con acuerdo de las partes hasta la etapa del cumplimiento y en su caso concluir
su participación en la ejecución del acta por medio del proceso único de
ejecución, si es que se diera el supuesto de que los acuerdos arribados no se
llegaran a cumplir generando muchos perjuicios en las personas que suscribieron
los mencionados acuerdos.
·
Fomentar
en los Juzgados especializados en lo
civil estrategias de descarga judicial para poder resolver los casos con el
respeto de los principio de economía y celeridad procesal pues debe entenderse
que si bien los mecanismos alternativos resultan siendo una forma para
solucionar conflictos pero sin embargo no debe de olvidarse que en nuestro
contexto nacional el conciliador extrajudicial no está embestido de facultades
jurisdiccionales.
·
Capacitar
en forma constante a los abogados y a la ciudadanía en la cultura del dialogo y
la posibilidad de llegar a acuerdos conciliatorios armoniosos en beneficio de
ambas partes realizando campañas masivas de difusión radial, televisiva o por
intermedio de las organizaciones civiles de base o dado el caso por medio de
las instituciones de control social, y en el caso de los Abogados por
intermedio del Colegio de Abogados.
APORTE ACADÉMICO DEL AUTOR:
Habiendo realizado el procesamiento de
toda la información recopilada en las encuestas dirigidas a todas los sujetos
involucrados en el tema del intento conciliatorio como requisito de procedibilidad,
soy de la opinión que se deje sin efecto el Decreto Supremo N° 015-2012-JUS, publicado el 21 octubre 2012, que aprueba
el Calendario Oficial para los años 2012 y 2013 de la entrada en vigencia del
Decreto Legislativo Nº 1070, estableciéndose
para el 07 de Noviembre de 2012
la entrada en vigencia de la obligatoriedad de la conciliación
extrajudicial en el Distrito Conciliatorio de Huamanga, y que se retome la
calidad de facultativo pues exigir su obligatoriedad resulta siendo ineficaz en
nuestra realidad regional en la cual la población tiene una cultura litigiosa y
no conocen las implicancias de la conciliación extrajudicial como mecanismo
alternativo de resolución de conflictos, de igual forma se aprecia que no ha
contribuido eficazmente en la reducción de la carga procesal; y es sabido que
si bien los operadores de justicia consideran que no se vulneran principios del
derecho procesal civil sin embargo somos conscientes que para poder arribar a
un acuerdo conciliatorio necesariamente una de las partes en conflicto tiene
que ceder algún derecho y la renuncia de derechos no es necesariamente justicia
y nuestra función como hombres de leyes es impartir justicia; y en el supuesto
caso que se mantenga su obligatoriedad debería de pasar por un proceso de
implementación adecuada que implicaría el reconocimiento constitucional de la
conciliación extrajudicial dotándole de facultades jurisdiccionales como ya lo
han reconocido muchos países siendo uno de los casos en nuestro vecino país de
Colombia que en el artículo 116 de su
constitución política señala que los
particulares pueden ser investidos transitoriamente de la función de
administrar justicia en la condición de (…) conciliadores (…)habilitados por
las partes para proferir fallos en derecho o en equidad, en los términos que
determine la ley; apreciándose que esta facultad reconocida en la propia
constitución le enmarca una legitimidad
y legalidad a los acuerdos que emanan del procedimiento conciliatorio, lo que
no ocurre en nuestro país.
En el supuesto caso que
se mantenga la obligatoriedad del intento conciliatorio como requisito de
procedibilidad en materia civil, este proceso debe ser implementado
adecuadamente, ya que hemos podido apreciar en el presente trabajo que existen
falencias, desconocimiento de los justiciables y de la ciudadanía en general, debiendo en tal
sentido implementarse verdaderas políticas de parte del estado por intermedio
de los sectores competentes para la
conciliación extrajudicial sea asimilada como un medio eficaz de resolución de
conflictos debiendo iniciarse ese proceso incluso desde la formación escolar
incorporándose incluso como parte de la currícula académica para que los
estudiantes futuros ciudadanos puedan ser formados en el entorno de una cultura
de paz y de esta forma contribuir eficazmente a la desjudicialización de procesos
civiles.
Sumado a lo anteriormente
señalado urge que se realice un diagnóstico y se maneje una base de datos
estadístico sobre los resultados obtenidos en cada distrito conciliatorio para
ver si efectivamente se está cumpliendo con los fines de la obligatoriedad del
procedimiento conciliatorio extrajudicial y además si los acuerdos arribados se
han cumplido por la parte invitada y realizar un análisis económico del derecho
en cuanto al tema de costo beneficio pues si es que los acuerdos conciliatorios
no se cumplen estos se harán cumplir por medio de un proceso ejecutivo de
ejecución de acta de conciliación extrajudicial y finamente estas demandas van
a contribuir a la generación de más carga judicial y en la realidad nos
preguntamos realmente se está contribuyendo eficazmente a la reducción de la
carga procesal o sencillamente se sigue manteniendo la misma carga judicial y
la exigencia de la obligatoriedad del intento conciliatorio no tiene ninguna
real repercusión para los fines en los que se ha implementado y si como
política del estado ha devenido tal vez en solo una mera intención que solo
genera mayores gastos de los recursos del estado y también de los recursos de los ciudadanos
que tiene que cubrir gastos adicionales a las tasas judiciales.
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ANEXOS.
ANEXO 1: MODELO DE CUESTIONARIO APLICADO A MAGISTRADOS, SECRETARIOS, ASISTENTES
JUDICIALES DE LOS JUZGADOS CIVILES DE LA
PROVINCIA DE HUAMANGA.
ANEXO 2: MODELO DE GUÍA DE ENTREVISTA APLICADO A MAGISTRADOS, SECRETARIOS, DE LOS JUZGADOS
CIVILES DE LA PROVINCIA DE HUAMANGA.
ANEXO 3: MODELO DE CUESTIONARIO APLICADO A LOS JUSTICIABLES DE LA PROVINCIA DE
HUAMANGA.
ANEXO 4: MODELO DE CUESTIONARIO APLICADO A LOS
ABOGADOS DE LA PROVINCIA DE HUAMANGA.
ANEXO 5: MODELO DE CUESTIONARIO APLICADO A LA CIUDADANÍA DE LA PROVINCIA DE HUAMANGA.
ANEXO 6: MODELO DE CUESTIONARIO APLICADO A LOS CONCILIADORES EXTRAJUDICIAL DE LA
PROVINCIA DE HUAMANGA.
ANEXO 7: : ORIGINAL DE LA VALIDACIÓN DEL CUESTIONARIO .
ANEXO 8: LISTA
DE GRÁFICOS: Gráficos Utilizados en el Trabajado de
Investigación
ANEXO 9: LISTA DE TABLAS: Tablas Utilizados en el Trabajado de
Investigación.
ANEXO
10: LISTA
DE ILUSTRACIONES: Ilustraciones utilizadas en el Trabajo de Investigación.
ANEXO 8: LISTA
DE GRÁFICOS: Gráficos Utilizados en el Trabajado de Investigación
GRAFICO 1 : INFORMACIÓN DE LA CONCILIACIÓN
EXTRAJUDICIAL............................. 107
GRAFICO 2: CAPACITACIÓN DE LA CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL............................. 108
GRAFICO 3: CERTIFICACIÓN COMO CONCILIADOR EXTRAJUDICIAL............................. 109
GRAFICO 4 : CONOCIMIENTO DE LA CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL.......................... 110
GRAFICO 5 : CONTRIBUCIÓN A LA REDUCCIÓN DE LA CARGA PROCESAL.................... 111
GRAFICO 6: CONCURRENCIA A LA AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL....... 112
GRAFICO 7: SOLICITUDES DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL A NIVEL JUDICIAL.......... 113
GRAFICO 8 : VULNERACIÓN AL PRINCIPIO DE ACCESO A LA JUSTICIA......................... 114
GRAFICO 9 : VULNERACIÓN AL PRINCIPIO DE AUTONOMIA DE LA VOLUNTAD............ 115
GRAFICO 10: VULNERACIÓN AL PRINCIPIO DE TUTELA JURISDICCIONAL EFECTIVA...... 116
GRAFICO 11: VULNERACIÓN AL PRINCIPIO D ECONOMIA Y CELERIDAD PROCESAL...... 117
GRAFICO 12: PROCESO UNICO DE EJECUCIÓN DE ACTA DE
CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL 118
GRAFICO 13: PROMOCIÓN DEL ESTADO SOBRE LA CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL..... 119
GRAFICO 14 : IMPLEMENTACIÓN DE LA CONCILIACIÓN
EXTRAJUDICIAL EN EL DEPARTAMENTO DE AYACUCHO.............................................................................................................................. 120
GRAFICO 15: INSTITUCIONALIZACIÓN DE LA CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL.............. 121
GRAFICO 16: INTERVENCIÓN DE LOS CENTROS DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL..... 122
GRAFICO 17: TIPOS DE CENTROS DE CONCILIACIÓN.................................................. 125
GRAFICO 18: GRADO DE INSTRUCCIÓN DE LOS CONCILIADORES EXTRAJUDICIALES.... 128
GRAFICO 19:
FORMA DE CONCLUSIÓN DE LAS AUDIENCIAS DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL 129
GRAFICO 20: ÉXITO DE LA CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL......................................... 130
GRAFICO 21 : REGISTRO ESTADISTICO...................................................................... 133
GRAFICO 22 : FORMA DE CITACIÓN A LAS AUDIENCIAS............................................. 134
GRAFICO 23: FORMA DE CONCLUSIÓN DE
LAS CONCILIACIONES EXTRAJUDICIALES... 135
GRAFICO 24 : QUEJAS SOBRE LOS SERVICIOS QUE PRESTAN
LOS CENTROS DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL 136
GRAFICO 25 : CAUSAS PARA SOLICITAR CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL..................... 137
GRAFICO 26: OPINIÓN DE LA CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL..................................... 139
GRAFICO 27: FORMA DE CONCLUSIÓN DEL PROCEDIMIENTO CONCILIATORIO........... 142
GRAFICO 28: CONOCIMIENTO DE LA CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL......................... 143
GRAFICO 29: CONCURRENCIA AL CENTRO DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL............. 144
GRAFICO 30: DURACIÓN DE PROCEDIMIENTO CONCILIATORIO................................. 145
GRAFICO 31: FORMA DE CONCLUSIÓN DEL PROCEDIMIENTO CONCILIATORIO........... 146
GRAFICO 32: CUMPLIMIENTO DE LOS ACUERDOS DE LA
CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL 147
GRAFICO 33 : CONCURRENCIA AL PODER JUDICIAL PARA EXIGIR EL
CUMPLIMIENTO DEL ACTA DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL....................................................................................................... 148
GRAFICO 34: RENUNCIA DE DERECHOS PARA ARRIBAR ACUERDO CONCILIATORIO..... 149
GRAFICO 35 : COSTO DEL
PROCEDIMIENTO CONCILIATORIO.................................... 150
GRAFICO 36 : COSTO DEL PROCEDIMIENTO CONCILIATORIO..................................... 151
GRAFICO 37: CALIDAD DE ATENCIÓN....................................................................... 152
GRAFICO 39 : INFORMACIÓN SOBRE LA CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL..................... 154
GRAFICO 40: CERTIFICACIÓN DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL................................ 155
GRAFICO 41 : CAPACITACIÓN EN MATERIA DE CONCILIACIÓN................................... 156
GRAFICO 42 : CONOCIMIENTO DE LA CONCILICIÓN
EXTRAJUDICIAL POR LA POBLACIÓN AYACUCHANA 157
GRAFICO 43: AUDIENCIAS DE CONCILIACIÓN QUE ASISTIERON LOS ABOGADOS......... 158
GRAFICO 44: CANTIDAD DE ACUERDOS TOTALES ARRIBADOS................................... 159
GRAFICO 45 : CANTIDAD DE ACUERDOS PARCIALES ARRIBADOS................................ 160
GRAFICO 46: CANTIDAD DE AUDIENCIAS QUE HAN CONCLUIDO
CON FALTA DE ACUERDO 161
GRAFICO 47: CANTIDAD DE ACUE............................................................................ 162
GRAFICO 48 : LA CONCILIACIÓN EXTRTAJUDICIAL Y LA
REDUCCIÓN DE LA CARGA PROCESAL 163
GRAFICO 49:
PROMOCIÓN DE LA CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL POR PARTE DEL ESTADO. 164
GRAFICO 50 : IMPLEMENTACIÓN DE LA CONCILIACIÓN
EXTRAJUDICIAL EN TODA LA REGIÓN 165
GRAFICO 51 : INSTITUCIONALIZACIÓN
DE LA CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL............. 166
GRAFICO 52 : RENTABILIDAD DE LA CONCILIACIÓN
EXTRAJUDICIAL PARA LOS ABOGADOS 167
GRAFICO 53 : COSTO DEL
PROCEDIMIENTO CONCILIATORIO.................................... 168
GRAFICO 54 : EFECTIVIDAD DE LA CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL.............................. 169
GRAFICO 55: VULNERACIÓN AL PRINCIPIO DE ECONOMIA PROCESAL........................ 170
GRAFICO 56 : VULNERACIÓN AL PRINCIPIO DE CELERIDAD PROCESAL........................ 171
GRAFICO 57 : VULNERACIÓN AL PRINCIPIO DE ACCESO A LA JUSTICIA....................... 172
GRAFICO 58 : VULNERACIÓN AL PRINCIPIO DE AUTONOMIA DE
VOLUNTAD DE LAS PARTES 173
GRAFICO 59 : ACTITUD FRENTE A LA CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL.......................... 174
GRAFICO 60 : ACTUACIÓN DE LOS CENTROS DE CONCILIACIÓN................................. 175
GRAFICO 61: NIVEL DE CAPACITACIÓN DE LOS CONCILIADORES EXTRAJUDICIALES..... 176
GRAFICO 62 : CONCILIACIONESCON ACUERDO ENTRE LAS PARTES............................ 178
GRAFICO 63:
NIVEL DE CUMPLIMIENTO DE ACUERDOS DE LA CONCILICIÓN EXTRAJUDICIAL 179
GRAFICO 64: NIVEL DE CUMPLIMIENTO DE LOS ACUERDOS ARRIBADOS.................... 180
GRAFICO 65 : EXIGENCIA DEL CUMPLIMIENTO DEL ACUERDO CONCILIATORIO........... 181
GRAFICO 66: NIVEL DE CONOCIMIENTO DE LA CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL........... 182
GRAFICO 67: FRENTE A UN CONFLICTO A QUE INSTANCIA ACUDE LA CIUDADANIA.... 183
GRAFICO 68: RENUNCIARIA ALGUN DERECHO CON LA FINALIDAD
DE ARRIBAR A UN ACUERDO CONCILIATORIO CON SU CONTRAPARTE.................................................................................................. 184
ANEXO
9: LISTA DE TABLAS: Tablas Utilizados en el Trabajado de Investigación.
Tabla 1 : FRECUENCIA DE
LAS DEMANDAS QUE TIENEN COMO REQUISITO DE PROCEDIBILIDAD A LA CONCILIACIÓN
Tabla 2: LA
CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL COMO REQUISITO DE PROCEDIBILIDAD.
Tabla 3: TRABAJADORES CON LOS QUE CUENTA CADA CENTRO
DE CONCILIACIÓN
Tabla 4: MATERIAS
SOLICITADAS CON REQUISITO PREVIO DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL
Tabla 5 : EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO DEL CONCILIADOR
Tabla 6 : DESEMPEÑO DEL CONCILIADOR EXTRAJUDICIAL
Tabla 7 : RESULTADO DE LA ENTREVISTA APLICADA A LOS JUECES CIVILES DE LA PROVINCIA DE
HUAMANGA
Tabla 8 : RESULTADO DE LA ENTREVISTA APLICADA A LOS SECRETARIOS DE LOS JUZGADOS CIVILES DE
LA PROVINCIA DE HUAMANGA
ANEXO
10: LISTA DE ILUSTRACIONES: Ilustraciones utilizadas en el Trabajo de
Investigación.
Ilustración 1: EXPERIENCIA
PROFESIONAL
Ilustración 2: ANTIGÜEDAD EN EL CARGO
Ilustración 3: HORAS SEMANALES EN EL CARGO
Ilustración 4 : NÚMERO DE CASOS EL AÑO 2016.
Ilustración 5: CENTROS DE CONCILIACIÓN
Ilustración 6 : SOLICITUDES QUE SE PRESENTAN POR
REQUISITO DE PROCEDIBILIDAD
