Análisis de los Resultados Obtenidos

En la presente investigación: “REQUISITO DE PROCEDIBILIDAD DE PROCESOS CIVILES. Un estudio de la obligatoriedad del intento conciliatorio, se ha desarrollado el análisis y procesamiento de datos tomando como técnica, las encuestas dirigidas a 47 personas distribuidas en : 09 abogados litigantes,  12 ciudadanos, 02 Jueces del Juzgado Civil de Huamanga,  05  secretarios y Asistentes Judiciales, 09 conciliadores extrajudiciales, los mismos que fueron seleccionados tomando en consideración la relación del tema de investigación con el ámbito de aplicación de la Conciliación Extrajudicial en el Distrito Conciliatorio de Huamanga dando como resultado la información que se alcanza conforme al siguiente detalle:

4.2. Presentación y análisis de los datos

 

A)     CUESTIONARIO APLICADO A JUECES, SECRETARIOS JUDICIALES Y ASISTENTES JUDICIALES SOBRE LA OBLIGATORIEDAD DEL INTENTO CONCILIATORIO EN MATERIA CIVIL.

¿En su etapa de estudiante de derecho recibió información sobre la Conciliación Extrajudicial?

Xi

Fi

F%

Si

6

86%

No

1

14%

TOTAL

7

100%


GRAFICO 13: PROMOCIÓN DEL ESTADO SOBRE LA CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL


Leyenda: Donde Xi representa los elementos de estudio, Fi la frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.

Fuente: Formulario de  cuestionario  realizado a Jueces de los Juzgados Civiles, Secretarios Judiciales y Asistentes Judiciales.

 

 

De acuerdo a la pregunta dirigida a las personas encuestadas, se establece que el 43% afirma que el  Estado promueve la Conciliación Extrajudicial en forma regular en la Región Ayacucho y el 57% menciona que el Estado no promueve la Conciliación Extrajudicial.

14. ¿Considera que la obligatoriedad de la Ley de Conciliación debería darse en todo el departamento de Ayacucho?

Xi

Fi

F%

Si

6

86%

No

1

14%

TOTAL

7

100%


De acuerdo a la pregunta dirigida a las personas encuestadas, se establece que el 43% afirma que el  Estado promueve la Conciliación Extrajudicial en forma regular en la Región Ayacucho y el 57% menciona que el Estado no promueve la Conciliación Extrajudicial.

14. ¿Considera que la obligatoriedad de la Ley de Conciliación debería darse en todo el departamento de Ayacucho?

Xi

Fi

F%

Si

6

86%

No

1

14%

TOTAL

7

100%


GRAFICO 14 : IMPLEMENTACIÓN DE LA CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL EN EL DEPARTAMENTO DE AYACUCHO.


Leyenda: Donde Xi representa los elementos de estudio, Fi la frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.

Fuente: Formulario de  cuestionario  realizado a Jueces de los Juzgados Civiles, Secretarios Judiciales y Asistentes Judiciales.

 

De acuerdo a la pregunta dirigida a las personas encuestadas, se establece que el 86% afirma que la obligatoriedad de la Ley de Conciliación debería darse en todo el departamento de Ayacucho y el 14% afirma lo contrario.

15. ¿Considera que la Ley de Conciliación Nº 26872, y  los artículos pertinentes del C.P.C. y la Ley de Justicia de Paz han logrado institucionalizar la conciliación como medio de solución de conflictos?

Xi

Fi

F%

De acuerdo

2

29%

Regular

3

42%

En desacuerdo

2

29%

TOTAL

7

100%

 

GRAFICO 15: INSTITUCIONALIZACIÓN DE LA CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL


Leyenda: Donde Xi representa los elementos de estudio, Fi la frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.

Fuente: Formulario de  cuestionario  realizado a Jueces de los Juzgados Civiles, Secretarios Judiciales y Asistentes Judiciales.

 

 

De acuerdo a la pregunta dirigida a las personas encuestadas, se establece que el 29% está de acuerdo, el 42% menciona regular  y el 29% está en desacuerdo de que la Ley de Conciliación Nº 26872, y  los artículos pertinentes del C.P.C. y la Ley de Justicia de Paz han logrado institucionalizar la conciliación como medio de solución de conflictos.

16. ¿Cómo califica usted la Intervención de los Centros de Conciliación Extrajudicial en la Provincia de Huamanga?

Xi

Fi

F%

Excelente

1

0%

Regular

6

86%

Deficiente

0

14%

Muy Mala

0

0%

TOTAL

7

100%

 

 

GRAFICO 16: INTERVENCIÓN DE LOS CENTROS DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL


 

Leyenda: Donde Xi representa los elementos de estudio, Fi la frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.

Fuente: Formulario de  cuestionario  realizado a Jueces de los Juzgados Civiles, Secretarios Judiciales y Asistentes Judiciales.

De acuerdo a la pregunta dirigida a los Jueces, Secretarios y Asistentes Judiciales, se establece que el 86% afirma regular la Intervención de los Centros de Conciliación Extrajudicial en la Provincia de Huamanga y el 14%  en forma deficiente.

17.-  En el  año 2016,  en materias civiles dónde la Conciliación Extrajudicial es un requisito de procedibilidad  ¿Cuál es la frecuencia de las demandas de acuerdo a las siguientes materias?

Tabla 1 : FRECUENCIA DE LAS DEMANDAS QUE TIENEN COMO REQUISITO DE PROCEDIBILIDAD A LA CONCILIACIÓN

 

Xi

Fi

F%

 

 

Frecuente

Poco Frecuente

Frecuente

Poco Frecuente

1.

-       Desalojos.

 (4    )

( 3   )

 (  57%  )

(  43%  )

2.

-       Otorgamiento de Escritura

(   4  )    

(    3 )

(    57% )   

( 43%    )

3

-       Obligación de dar suma de dinero (Pago de soles, dólares, deudas).

 

(4    )

(    3)

(    57%)

( 43%   )

4

-       Resolución o Rescisión de Contratos

 

(  2  )

(   5 )

(   29% )

( 71%   )

5

-       Indemnización por daños y perjuicios.

 

(   4 )

(3    )

( 57%   )

(  43%  )

6

-       División y Partición de bienes.

 

( 3   )

( 4   )

( 43%   )

( 57%   )

7

-       Obligación de dar.

 

(   3 )

(   4 )

( 43%  )

(    57%)

8

-       Ofrecimiento de Pago.

 

(3    )

(4  )

( 43%   )

( 57%   )

9

-       Interdictos

 

(4    )

(3    )

(  57%  )

( 43%   )

10

-       Incumplimiento de Contrato.

 

( 3   )

(   4 )

(    43%)

( 57%   )

11

-       Otro  derecho de tipo económico que se pueden negociar, transar, renunciar o disponer.

 

(   1 )

(6    )

(  14%  )

(   86% )

 

 

 

Leyenda: Donde Xi representa los elementos de estudio, Fi la frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.

Fuente: Formulario de  cuestionario  realizado a Jueces de los Juzgados Civiles, Secretarios Judiciales y Asistentes Judiciales.

 

De los datos del tabla N° 1, se tiene que las materias civiles cuya exigencia de conciliación extrajudicial es obligatoria que con mayor frecuencia se materializan en una demanda son los: Desalojos, Otorgamiento de Escritura, Obligación de dar suma de dinero, interdictos, indemnización de daños y perjuicios.

 

 

A)     CUESTIONARIO APLICADO A LOS CONCILIADORES EXTRAJUDICIALES DE LA PROVINCIA DE HUAMANGA.

Lea detenidamente cada una de las preguntas, marque con un aspa la respuesta. Gracias

1.- El Centro de Conciliación en que usted labora es:

Xi

Fi

F%

Privado

8

89%

Estatal

1

11%

TOTAL

9

100%

 

GRAFICO 17: TIPOS DE CENTROS DE CONCILIACIÓN


Leyenda: Donde Xi representa los elementos de estudio, Fi la frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.

Fuente: Formulario de  cuestionario  realizado a los Conciliadores Extrajudiciales de la Provincia de Huamanga .

De acuerdo a la pregunta dirigida a las personas encuestadas, se establece que el 89% de los Conciliadores Extrajudiciales trabaja en centros de conciliación privado y el 11% trabaja en centros de conciliación público ya que existe un solo centro de conciliación pública.

2.- ¿Cuántos años de experiencia profesional tiene? (registre la cifra en número y marque si son años o meses).

De acuerdo a la pregunta dirigida a las personas encuestadas, se establece que el promedio es 6.1 de los años de experiencia profesional.

De acuerdo a la pregunta dirigida a las personas encuestadas, se establece que el 89% de los Conciliadores Extrajudiciales trabaja en centros de conciliación privado y el 11% trabaja en centros de conciliación público ya que existe un solo centro de conciliación pública.

2.- ¿Cuántos años de experiencia profesional tiene? (registre la cifra en número y marque si son años o meses).

De acuerdo a la pregunta dirigida a las personas encuestadas, se establece que el promedio es 6.1 de los años de experiencia profesional.

 

Ilustración 1: EXPERIENCIA PROFESIONAL


Leyenda: Donde Xi representa los elementos de estudio, Fi la frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.

Fuente: Formulario de  cuestionario  realizado a los Conciliadores Extrajudiciales de la Provincia de Huamanga .

3.- Antigüedad en el cargo actual

De acuerdo a la pregunta dirigida a las personas encuestadas, se establece que el promedio es de 4.2 de antigüedad en el cargo.

 

Ilustración 2: ANTIGÜEDAD EN EL CARGO


Leyenda: Donde Xi representa los elementos de estudio, Fi la frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.

Fuente: Formulario de  cuestionario  realizado a los Conciliadores Extrajudiciales de la Provincia de Huamanga .

4.- ¿Cuantas horas semanales labora en su cargo?

De acuerdo a la pregunta dirigida a las personas encuestadas, se establece que el promedio es 38.8 de las horas laborales de los cargos.

Ilustración 3: HORAS SEMANALES EN EL CARGO


Leyenda: Donde Xi representa los elementos de estudio, Fi la frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.

Fuente: Formulario de  cuestionario  realizado a los Conciliadores Extrajudiciales de la Provincia de Huamanga .

5.- ¿Cuál es su nivel educativo?

Xi

Fi

F%

a) Carrera técnica incompleta

 

0

0%

b) Carrera técnica completa: Titulo: ---------------

 

0

0%

c) Superior universitaria incompleta

 

1

11%

d) Superior Universitaria completa Título: -----------

 

5

56%

e) posgrado incompleto

 

1

11%

f) posgrado completo

 

2

22%

TOTAL

9

100%

 

GRAFICO 18: GRADO DE INSTRUCCIÓN DE LOS CONCILIADORES EXTRAJUDICIALES


Leyenda: Donde Xi representa los elementos de estudio, Fi la frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.

Fuente: Formulario de  cuestionario  realizado a los Conciliadores Extrajudiciales de la Provincia de Huamanga .

De acuerdo a la pregunta dirigida a las personas encuestadas, se establece que el nivel educativo de los conciliadores extrajudiciales es el siguiente: el 11% es de superior universitario incompleto, el 56% son de superior completa titulado, el 11% son de posgrado incompleto y finalmente el 22% es de posgrado completo.

6.- ¿En promedio cuantas audiencias de conciliación celebra usted mensualmente?

De esas audiencias celebradas el último mes cuantas concluyeron en:

a)  Acuerdo-  el promedio es 13.4

b) Falta de Acuerdo -  el promedio es 15,7

c) Acuerdo Parcial - el promedio es 6.3

d) inconcurrencia de la parte invitada - el promedio es 7

GRAFICO 19:  FORMA DE CONCLUSIÓN DE LAS AUDIENCIAS DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL


Leyenda: Donde Xi representa los elementos de estudio, Fi la frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.

Fuente: Formulario de  cuestionario  realizado a los Conciliadores Extrajudiciales de la Provincia de Huamanga .

De la interpretación de los datos analizados tenemos que el 15.7 %, que viene a ser el porcentaje más alto, de las audiencias concluye con falta de acuerdo de las partes.

7.- A partir de su experiencia o conocimiento, indique la principal razón para considerar que una conciliación, es exitosa.

Xi

Fi

F%

Cuando las partes llegan a un acuerdo conciliatorio, independiente de su cumplimiento.

0

0%

Cuando las partes mejoran su relación personal

 

0

0%

Cuando las partes cumplen de forma voluntaria los compromisos pactados

 

5

56%

Cuando las partes logran entablar un dialogo

 

3

33%

Blanco

1

11%

TOTAL

9

100%


GRAFICO 20: ÉXITO DE LA CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL


De acuerdo a la pregunta dirigida a las personas encuestadas, se establece que el 56% las partes cumplen de forma voluntaria los compromisos pactados en la conciliación y el 33% de las partes logran entablar un dialogo.

08.- Indique si está de acuerdo o en desacuerdo con los siguientes enunciados relativos a la conciliación extrajudicial como requisito de procedibilidad en materia civil.

Tabla 2:  LA CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL COMO REQUISITO DE PROCEDIBILIDAD.

 

Xi

Fi

Fi

F%

F%

 

ENUNCIADO

DE ACUERDO

EN DESACUERDO

DE ACUERDO

EN DESACUERDO

1

El objetivo principal de la conciliación extrajudicial en derecho es que las partes lleguen a un acuerdo conciliatorio

3

6

33%

67%

2

La conciliación extrajudicial en derecho es una forma de acceso a la justicia

8

1

89%

1%

3

Para lograr la resolución de los conflictos, la conciliación extrajudicial en derecho debe abordar la relación entre las partes en conflictos.

3

6

33%

67%

4

La conciliación extrajudicial en derecho como requisito de procedibilidad ha sido eficaz para descongestionar los despachos judiciales del país.

4

5

44%

56%

5

Durante la audiencia de conciliación extrajudicial en derecho las decisiones sobre la solución de los conflictos deben provenir del conciliador.

1

8

11%

89%

 

De acuerdo a la pregunta dirigida a las personas encuestadas, se establece que el 33%  está de acuerdo de que el objetivo principal de la conciliación extrajudicial en derecho es que las partes lleguen a un acuerdo conciliatorio y en desacuerdo el 67%; el 89% están de acuerdo que la conciliación extrajudicial en derecho es una forma de acceso a la justicia y en contraposición el 11%; y el 33% afirma que es para lograr la resolución de los conflictos, la conciliación extrajudicial en derecho debe abordar la relación entre las partes en conflicto y en desacuerdo el 67%; el 44% menciona que  la conciliación extrajudicial en derecho como requisito de procedibilidad ha sido eficaz para descongestionar los despachos judiciales del país y en desacuerdo el 56% y finalmente el 11% afirma que durante la audiencia de conciliación extrajudicial en derecho las decisiones sobre la solución de los conflictos deben provenir del conciliador y están en desacuerdo el 89%.

09.- ¿Con cuántos trabajadores cuenta?

 

Tabla 3: TRABAJADORES CON LOS QUE CUENTA CADA CENTRO DE CONCILIACIÓN

 

Fi

Fi

F%

F%

 

 

 

 

 

Director

( 9  ) Si

( 0  ) No

(100%   ) Si

(0%   ) No

Conciliador extrajudicial

(  9 ) Si

 ( 0  ) No

(  100% ) Si

(0%   ) No

Abogado

( 9  ) Si

 (  0 ) No

(  100% ) Si

(  0% ) No

Secretario general

(  9 ) Si

 ( 0  ) No

(  100% ) Si

(  0% ) No

Secretarias

(6   ) Si

 ( 3  ) No

( 67%  ) Si

 ( 33%  ) No

Mensajeros

(  8 ) Si

 ( 1  ) No

(  89% ) Si

 ( 11%  ) No

Recepcionistas

( 4  ) Si

( 5  ) No

(  44% ) Si

( 56%  ) No

Estudiantes de practicantes

(  6 ) Si

(  3 ) No

( 67%  ) Si

 (  33% ) No

 

Leyenda: Donde Xi representa los elementos de estudio, Fi la frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.

Fuente: Formulario de  cuestionario  realizado a los Conciliadores Extrajudiciales de la Provincia de Huamanga .

De la entrevista realizada se tiene que el100% de los Centros de conciliación cuentan con Director, Conciliadores Extrajudiciales, Abogados y Secretario General, y en forma parcial algunos centros de conciliación cuentan con los demás trabajadores.

10.- El centro de conciliación maneja un registro estadístico agregado por año y desagregado por materia sobre el servicio de Conciliación Extrajudicial en Derecho.

Xi

Fi

F%

Si

2

22%

No

7

78%

TOTAL

9

100%

 GRAFICO 21 : REGISTRO ESTADISTICO.


Leyenda: Donde Xi representa los elementos de estudio, Fi la frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.

Fuente: Formulario de  cuestionario  realizado a los Conciliadores Extrajudiciales de la Provincia de Huamanga .

De acuerdo a la pregunta dirigida a las personas encuestadas, se establece que el 22% afirma que el centro de conciliación maneja registro estadístico  y el 78% afirma lo contrario.

11.- ¿Cuál es el principal medio a través del cual su centro de conciliación cita a las partes a la audiencia de conciliación?

 

Xi

Fi

F%

a)

Llamada telefónica

0

0%

b)

Via  internet

0

0%

c)

El solicitante entrega la citación al convocado

0

0%

d)

Notifica el mensajero

9

100%

e)

Correo certificado

0

0%

GRAFICO 22 : FORMA DE CITACIÓN A LAS AUDIENCIAS


Leyenda: Donde Xi representa los elementos de estudio, Fi la frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.

Fuente: Formulario de  cuestionario  realizado a los Conciliadores Extrajudiciales de la Provincia de Huamanga .

De acuerdo a la pregunta dirigida a las personas encuestadas, se establece que el 100% de los centros de conciliación, afirma que el medio a través del cual su centro de conciliación cita  es por notificación.

12.- ¿Indique en su Centro de conciliación cuanto es el promedio  de solicitudes realizadas en materia civil (2016)?

a)  Solicitudes de conciliación

 

Ilustración 4 : NÚMERO DE CASOS EL AÑO 2016.


De acuerdo a la pregunta dirigida a los conciliadores extrajudiciales, se establece que el promedio es de 139.1  solicitudes de procedimiento conciliación en cada centro de conciliación extrajudicial.

b) Conciliaciones realizadas

De acuerdo a la pregunta dirigida a los Conciliadores Extrajudiciales, se establece que: en promedio un 78.3% de las solicitudes han concluido con acuerdo total de las partes en cada Centro de Conciliación.

GRAFICO 23:  FORMA DE CONCLUSIÓN DE LAS CONCILIACIONES EXTRAJUDICIALES


 13.- ¿Durante los años 2015 y 2016 los usuarios han presentado quejas y/o reclamos ante su institución sobre el servicio que prestan los Conciliadores Extrajudiciales?.

Xi

Fi

F%

Si

0

0%

No

9

100%

TOTAL

9

100%


GRAFICO 24 : QUEJAS SOBRE LOS SERVICIOS QUE PRESTAN LOS CENTROS DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL


Leyenda: Donde Xi representa los elementos de estudio, Fi la frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.

Fuente: Formulario de  cuestionario  realizado a los Conciliadores Extrajudiciales de la Provincia de Huamanga .

De acuerdo a la pregunta dirigida a los conciliadores extrajudiciales, se establece que el 100% de los encuestados afirma que durante el año 2016 los usuarios no han presentado quejas y/o reclamos ante la institución sobre el servicio que prestan.

14.- ¿Cuál de las siguientes razones considera usted que es la  principal para que los usuarios de la conciliación extrajudicial en derecho elijan esta figura para solucionar el conflicto?.

 

 

Fi

F%

a)

Es eficaz para solucionar conflictos

2

22%

b)

Por costumbre

0

0%

c)

Es fácil de utilizar

0

0%

d)

Es obligatoria como requisito de procedibilidad

7

78%

 

TOTAL

9

100%

GRAFICO 25 : CAUSAS PARA SOLICITAR CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL


Leyenda: Donde Xi representa los elementos de estudio, Fi la frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.

Fuente: Formulario de  cuestionario  realizado a los Conciliadores Extrajudiciales de la Provincia de Huamanga .

 

Los conciliadores extrajudiciales consideran en un 22% que la conciliación extrajudicial es eficaz para solucionar conflictos y el 78% considera que la principal causa para la concurrencia a los centros de conciliación es porque es obligatorio como requisito de procedibilidad.

15.- Desde su experiencia como conciliador extrajudicial. Aproximadamente, en qué porcentaje los usuarios que acuden a su entidad prefieren acudir acompañado de un abogado

De acuerdo a la pregunta dirigida a los Conciliadores Extrajudiciales, se establece que el promedio es 53.8 % de los justiciables prefieren ir acompañados de un abogado.                     

Fuente: Formulario de  cuestionario  realizado a los Conciliadores Extrajudiciales de la Provincia de Huamanga .

16.- Desde su experiencia profesional, la Conciliación Extrajudicial en derecho como requisito de procedibilidad es:

Xi

Fi

F%

Pertinente y útil para solucionar los conflictos

5

56%

No pertinente y poco útil

0

0%

Blanco

4

44%

TOTAL

9

100%

 GRAFICO 26: OPINIÓN DE LA CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL

Leyenda: Donde Xi representa los elementos de estudio, Fi la frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.

Fuente: Formulario de  cuestionario  realizado a los Conciliadores Extrajudiciales de la Provincia de Huamanga .

De acuerdo a la pregunta dirigida a los conciliadores extrajudiciales, se establece que el 56% desde su experiencia profesional afirma que la conciliación en derecho como requisito de procedibilidad es pertinente y útil para solucionar los conflictos y el 44% no tiene ninguna opinión por haber dejado en blanco la respuesta.

17.- Aproximadamente, ¿En qué porcentaje estima usted que las Conciliaciones Extrajudiciales se solicitan para agotar el requisito de procedibilidad?

De acuerdo a la pregunta dirigida a las personas encuestadas, se establece que:

En promedio el 81.1 % de las solicitudes de conciliación extrajudicial se presentan a los centros de conciliación por ser requisito de procedibilidad.

Ilustración 6 : SOLICITUDES QUE SE PRESENTAN POR REQUISITO DE PROCEDIBILIDAD


18.- En el año 2016, su centro de conciliación ha atendido solicitudes en materias civiles dónde la Conciliación Extrajudicial es un requisito de procedibilidad

 

Tabla 4: MATERIAS SOLICITADAS CON REQUISITO PREVIO DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL

 

Xi

Fi

F%

Fi

F%

 

 

Frecuente

Poco Frecuente

Frecuente

Poco Frecuente

1.

-       Desalojos.

 ( 6   )

(  67%  )

 (  3  )

(  33%  )

2.

-       Otorgamiento de Escritura

(  0   )   

( 0%    )

(   8  )   

(  89%   )

3

-       Obligación de dar suma de dinero (Pago de soles, dólares, deudas).

 

(  9  )

(  100%  )

(  0  )

(0%    )

4

-       Resolución o Rescisión de Contratos

 

(  6  )

(  67%  )

(   3 )

(   33% )

5

-       Indemnización por daños y perjuicios.

 

(  3  )

(  33%  )

( 6   )

(   67% )

6

-       División y Partición de bienes.

 

(  4  )

( 44%   )

( 5   )

( 56%   )

7

-       Obligación de dar.

 

(  3  )

(   33% )

(  6  )

(  67%  )

8

-       Ofrecimiento de Pago.

 

(  2  )

(  22%  )

(  7  )

(  78%  )

9

-       Interdictos

 

(   1 )

(  11%  )

( 8   )

(  89%  )

10

-       Incumplimiento de Contrato.

 

(  3  )

(  33%  )

(  6  )

(67%    )

11

-       Otro derecho de tipo económico que se pueden negociar, transar, renunciar o disponer.

 

(  4  )

(  44%  )

(  5  )

(  56%  )

 

Fuente: Formulario de  cuestionario  realizado a los Conciliadores Extrajudiciales de la Provincia de Huamanga .

Se aprecia que las solicitudes de conciliación que más demanda o que más ingresan a los  Centros de Conciliación Extrajudicial son las materias de obligación de dar suma de dinero seguido de rescisión de contratos.

19.- Con relación a la conciliación extrajudicial como requisito de procedibilidad en materia civil, en porcentajes ¿Cómo concluyeron los procedimientos conciliatorios en el año 2016?

GRAFICO 27: FORMA DE CONCLUSIÓN DEL PROCEDIMIENTO CONCILIATORIO


Leyenda: Donde Xi representa los elementos de estudio, Fi la frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.

Fuente: Formulario de  cuestionario  realizado a los Conciliadores Extrajudiciales de la Provincia de Huamanga .

 

C)CUESTIONARIO APLICADO A LOS JUSTICIABLES SOBRE EL INTENTO CONCILIATORIO OBLIGATORIO EN MATERIA CIVIL.

1.       ¿Considera usted, que la población Ayacuchana conoce la Conciliación Extrajudicial?

Xi

Fi

F%

Conoce

3

33.3%

Medianamente

2

22.2%

Desconoce

4

44.4%

TOTAL

9

100%

GRAFICO 28: CONOCIMIENTO DE LA CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL


Leyenda: Donde Xi representa los elementos de estudio, Fi la frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.

Fuente: Formulario de  cuestionario  realizado a los Justiciables de la Provincia de Huamanga .

De acuerdo a la pregunta dirigida a los justiciables de la Provincia de Huamanga, se establece que el 33.3% afirma que la población ayacuchana conoce la Conciliación Extrajudicial, el 22.2% menciona que es medianamente el conocimiento y el 44.4%  expresa que desconoce por completo.

.- ¿Antes de interponer su demanda civil tuvo que acudir algún Centro de Conciliación?

 

Xi

Fi

F%

Si

9

100%

No

0

0%

TOTAL

9

100%

 GRAFICO 29: CONCURRENCIA AL CENTRO DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL


Leyenda: Donde Xi representa los elementos de estudio, Fi la frecuencia y el F% el porcentaje de los investigados o encuestado.

Fuente: Formulario de  cuestionario  realizado a los Justiciables de la Provincia de Huamanga.

De acuerdo a la pregunta dirigida a los ciudadanos, se establece que  el 100% afirma que antes de interponer su demanda civil tuvo que acudir en forma obligatoria algún Centro de Conciliación.

3.- Si es que acudió a un Centro de Conciliación ¿Cuánto tiempo le tomó llevar a cabo el procedimiento conciliatorio (tome en cuenta la fecha desde que acudió a contratar los servicios del abogado hasta la expedición del acta de conclusión del procedimiento conciliatorio)?

Xi

Fi

F%

Menos de 02 meses

9

100%

03 meses

0

0%

04 meses

0

0%

05 meses

0

0%

06 meses

0

0%

TOTAL

9

100%

GRAFICO 30: DURACIÓN DE PROCEDIMIENTO CONCILIATORIO


Leyenda: Donde Xi representa los elementos de estudio, Fi la frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.

Fuente: Formulario de  cuestionario  realizado a los Justiciables de la Provincia de Huamanga .

De acuerdo a la pregunta dirigida a las personas encuestadas, se establece que el 100% menciona que la duración o el tiempo del procedimiento conciliatorio es menos de 02 meses.

4. ¿Cómo concluyo el procedimiento conciliatorio?

Xi

Fi

F%

Por inasistencia de la parte invitada

2

22%

por falta de acuerdo 

5

56%

acuerdo parcial 

0

0%

acuerdo total de las partes.

2

22%

TOTAL

9

100%

GRAFICO 31: FORMA DE CONCLUSIÓN DEL PROCEDIMIENTO CONCILIATORIO


Leyenda: Donde Xi representa los elementos de estudio, Fi la frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.

Fuente: Formulario de  cuestionario  realizado a los Justiciables de la Provincia de Huamanga .

De acuerdo a la pregunta dirigida a las personas encuestadas, se establece que el 22% es por inasistencia de la parte invitada, el 56% por falta de acuerdo  y el 22% a través de acuerdo total de las partes.

05.- En caso haya concluido por acuerdo total o parcial ¿la parte invitada cumplió los acuerdos a los que arribaron?:

Xi

Fi

F%

Si

2

22%

No

7

78%

Una parte

0

0%

TOTAL

9

100%


GRAFICO 32: CUMPLIMIENTO DE LOS ACUERDOS DE LA CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL


Leyenda: Donde Xi representa los elementos de estudio, Fi la frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.

Fuente: Formulario de  cuestionario  realizado a los Justiciables de la Provincia de Huamanga .

De acuerdo a la pregunta dirigida a las personas encuestadas, se establece que el 22% afirma que se cumplen con los acuerdos arribados y el 78% ha señalado que no se cumplen con los acuerdos. 

06. En caso la respuesta a la pregunta anterior fue la alternativa b) o c) ¿Usted acudió a la vía judicial para solicitar la ejecución del acta de Conciliación Extrajudicial por incumplimiento de los acuerdos?

Xi

Fi

F%

Si

3

33%

No

2

22%

No Respondió

4

45%

TOTAL

9

100%

GRAFICO 33 :  CONCURRENCIA AL PODER JUDICIAL PARA EXIGIR EL CUMPLIMIENTO DEL ACTA DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL.


Leyenda: Donde Xi representa los elementos de estudio, Fi la frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.

Fuente: Formulario de  cuestionario  realizado a los Justiciables de la Provincia de Huamanga .

De acuerdo a la pregunta dirigida a las personas encuestadas, se establece que el 22% mencionan que no acudieron  al poder judicial para solicitar la ejecución del acta de Conciliación Extrajudicial por incumplimiento de los acuerdos y el 78% no contesto nada.

07.- En el supuesto caso que usted acudiera a un centro de Conciliación Extrajudicial y el conciliador le propone ceder o renunciar algunos derechos con la finalidad de que llegue a un acuerdo armonioso con su parte contraria ¿Usted aceptaría esos términos con la única finalidad de resolver su conflicto de una forma armoniosa y en el breve tiempo?

Xi

Fi

F%

Si

2

22%

No

7

78%

TOTAL

9

100%

 GRAFICO 34: RENUNCIA DE DERECHOS PARA ARRIBAR ACUERDO CONCILIATORIO.


Leyenda: Donde Xi representa los elementos de estudio, Fi la frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.

Fuente: Formulario de  cuestionario  realizado a los Justiciables de la Provincia de Huamanga .

De acuerdo a la pregunta dirigida a los justiciables, se establece que el 22%  está de acuerdo en renunciar algunos derechos con la finalidad de arribar a un acuerdo conciliatorio y el 78% no acepta renunciar algunos derechos para arribar a un acuerdo conciliatorio.

08.- Con relación a los honorarios profesionales del abogado que asumió el patrocinio del caso civil ¿cuánto fue el honorario que aproximadamente usted pago por sus servicios en la fase del trámite de la Conciliación Extrajudicial?

 

Xi

Fi

F%

Menos de S/ 500.00 soles

2

22%

De S/ 500.00 a S/ 1000.00

2

22%

Más de S/ 2000.00

0

0%

Blanco

5

56%

TOTAL

9

100%

 GRAFICO 35 :  COSTO DEL PROCEDIMIENTO CONCILIATORIO HONORARIO DEL ABOGADO.


Fuente: Formulario de  cuestionario  realizado a los Justiciables de la Provincia de Huamanga .

De acuerdo a la pregunta dirigida a los justiciables, se establece que el 22%  menciona que pago  menos de S/ 500.00 soles y el 22% afirma que pago desde S/ 500.00 a S/ 1000.00 y el 56% no respondió.

09. Al acudir al centro de Conciliación Extrajudicial ¿Cuánto fue el costo que aproximadamente  usted invirtió en el pago de los servicios del centro de Conciliación Extrajudicial desde el inicio hasta el final del procedimiento conciliatorio?

Xi

Fi

F%

Menos de S/ 500.00 soles

2

22%

De S/ 500.00 a S/ 1000.00

2

22%

Más de S/ 2000.00

0

0%

Blanco

5

56%

TOTAL

9

100%


GRAFICO 36 : COSTO DEL PROCEDIMIENTO CONCILIATORIO


Leyenda: Donde Xi representa los elementos de estudio, Fi la frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.

Fuente: Formulario de  cuestionario  realizado a los Justiciables de la Provincia de Huamanga .

De acuerdo a la pregunta dirigida a las personas encuestadas, se establece que el 22% afirma que pago menos de S/ 500.00 soles y el 22% menciona que es de S/ 500.00 a S/ 1000.00 lo que invirtió en el pago de los servicios de los centros de Conciliación Extrajudicial.

10. ¿Cómo califica usted la intervención de los Centros de Conciliación Extrajudicial en la Provincia de Huamanga?

Xi

Fi

F%

Excelente

2

22%

Regular

1

11%

Deficiente

1

11%

Muy Mala

0

0%

Blanco

5

56%

TOTAL

9

100%

 GRAFICO 37: CALIDAD DE ATENCIÓN


Leyenda: Donde Xi representa los elementos de estudio, Fi la frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.

Fuente: Formulario de  cuestionario  realizado a los Justiciables de la Provincia de Huamanga .

De acuerdo a la pregunta dirigida a los justiciables se establece que el 22%  afirma que la calidad de atención en los centros de conciliación extrajudicial es excelente, el 11% menciona que es regular y el otro 11% califica de deficiente la intervención de los Centros de Conciliación Extrajudicial en la Provincia de Huamanga.

11.-Respecto al desempeño del conciliador al cual acudió para resolver su desacuerdo o conflicto, Usted considera que: (lea las opciones).

 

Tabla 5 : EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO DEL CONCILIADOR

 

Xi

Fi

F%

Fi

F%

1

Conocía bien su caso

( 6 )Si

(67% )

( 3 )No

 (33% )

2

Asistió puntualmente a la hora citada

( 3 )Si

(33% )

( 6 )No

(67% )

3

Explicó los objetivos de la Conciliación y estableció las reglas de juego

(6  )Si

(67% )

( 3 )No

(33%)

4

Dedicó atención exclusiva a su caso sin hacer interrupciones para atender otras funciones

( 3 )Si

(33% )

( 6 )No

(67% )

5

Permitió a las partes que tienen el problema, un espacio de tiempo para contar los hechos ocurridos.

( 6 )Si

(67% )

(  3)No

(33%)

6

Favoreció la comunicación y buscó el equilibrio entre las partes.

(4  )Si

(44% )

( 5 )No

(56%)

7

Dirigió la audiencia con neutralidad e imparcialidad y mantuvo el control de la misma

(  5)Si

(56%)

(4  )No

(44%)

8

Respondió a las preguntas y dudas de las partes, respecto al trámite de la Conciliación

( 5 )Si

(56% )

( 4 )No

(44%)

9

Propuso alternativas de arreglo.

(5  )Si

(56% )

( 4 )No

(44%)

10

Le generó confianza

(4  )Si

(44% )

( 5 )No

(56%)

11

Procuró rehacer, proteger o mejorar la relación entre las partes.

( 5 )Si

(56%)

( 4 )No

(44%)

12

Elaboró un acuerdo claro y puntual que permitió o permita ser cumplido por las partes.

( 4 )Si

(44%)

( 5 )No

(56% )

Leyenda: Donde Xi representa los elementos de estudio, Fi la frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.

Fuente: Formulario de  cuestionario  realizado a los Justiciables de la Provincia de Huamanga.

 Los justiciables  en un 67% consideran que el Conciliador Extrajudicial conocía bien su caso, y un 33 % señala lo contrario, y un 33 % asistió puntualmente a la hora citada y en un 67% señalo que no asistieron a la hora citada,  de igual forma en un 67% considera que explico los objetivos de la Conciliación y estableció las reglas de la audiencia y un 33% considera lo contrario,  un 33% señala que el conciliador extrajudicial dedicó atención exclusiva a su caso sin hacer interrupciones para atender otras funciones y un 67 % considera que hizo lo contrario,  en un 67% permitió a las partes que tienen el problema, un espacio de tiempo para contar los hechos ocurridos y un 33% señalo lo contrario;  un 44% considera que favoreció la comunicación y buscó el equilibrio entre las partes y un 66% opina lo contrario; un 56% considera que el conciliador extrajudicial  dirigió la audiencia con neutralidad e imparcialidad y mantuvo el control de la misma y el 44% considera lo contrario,  el 56% respondió a las preguntas y dudas de las partes respecto al trámite de la Conciliación y el 44% considera lo contrario;  propuso alternativas de arreglo en un 56% y un 44% considera lo contrario. En un 44% le generó confianza y un 56% considera lo contrario, y en un 56% procuró rehacer, proteger o mejorar la relación entre las partes y un 44% considera lo contrario,  un 44% elaboró un acuerdo claro y puntual que permitió o permita ser cumplido por las partes y un 56% considera lo contrario.

D) ENCUESTA DIRIGIDA A LOS ABOGADOS LITIGANTES DE LA PROVINCIA DE HUAMANGA SOBRE LA OBLIGATORIEDAD DEL INTENTO CONCILIATORIO EN MATERIA CIVIL

1. ¿En su etapa de estudiante de derecho recibió información sobre la Conciliación Extrajudicial?

Xi

Fi

F%

Si

8

89%

No

1

11%

TOTAL

9

100%


GRAFICO 39 : INFORMACIÓN SOBRE LA CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL


Leyenda: Donde Xi representa los elementos de estudio, Fi la frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.

Fuente: Formulario de  cuestionario  realizado a los Abogados litigantes de la provincia de Huamanga.

De acuerdo a la pregunta dirigida a los Abogados litigantes de la Provincia de Huamanga, establece que el 89% afirma  que en su etapa de estudiante de derecho recibieron  información sobre la Conciliación Extrajudicial y el 11%  afirma lo contrario.

2. ¿Ha obtenido la certificación de Conciliador Extrajudicial?

Xi

Fi

F%

Si

6

67%

No

3

33%

TOTAL

9

100%


GRAFICO 40: CERTIFICACIÓN DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL


Leyenda: Donde Xi representa los elementos de estudio, Fi la frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.

Fuente: Formulario de  cuestionario  realizado a los Abogados litigantes de la provincia de Huamanga.

De acuerdo a la pregunta dirigida a los Abogados litigantes de la Provincia de Huamanga, se establece que el 67% afirma que han obtenido la certificación de conciliador extrajudicial y el 33% menciona lo contrario.

3. ¿Ha recibido capacitación en materia de conciliación?

Xi

Fi

F%

Si

7

78%

No

2

22%

TOTAL

9

100%


GRAFICO 41 : CAPACITACIÓN EN MATERIA DE CONCILIACIÓN


Leyenda: Donde Xi representa los elementos de estudio, Fi la frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.

Fuente: Formulario de  cuestionario  realizado a los Abogados litigantes de la provincia de Huamanga.

De acuerdo a la pregunta dirigida a los abogados litigantes de la provincia de Huamanga, se establece que el 78% afirma  que han recibido capacitación en materia de conciliación y el 22% menciona lo contrario.

4. ¿Considera usted, que la población Ayacuchana conoce la Conciliación Extrajudicial?

Xi

Fi

F%

Conoce

0

0%

Medianamente

7

78%

Desconoce

2

22%

TOTAL

9

100%


GRAFICO 42 : CONOCIMIENTO DE LA CONCILICIÓN EXTRAJUDICIAL POR LA POBLACIÓN AYACUCHANA


Leyenda: Donde Xi representa los elementos de estudio, Fi la frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.

Fuente: Formulario de  cuestionario  realizado a los Abogados litigantes de la provincia de Huamanga.

De acuerdo a la pregunta dirigida a las personas encuestadas, se establece que el 78% menciona que la población Ayacuchana conoce  medianamente la Conciliación Extrajudicial y el 22% afirma que existe desconocimiento sobre el tema afirmado.

5. ¿En cuántas audiencias de conciliación participó Ud.?.

Xi

Fi

F%

Muchos

1

11%

Pocos

8

89%

Ninguno

0

0%

TOTAL

9

100%

 GRAFICO 43: AUDIENCIAS DE CONCILIACIÓN QUE ASISTIERON LOS ABOGADOS


Leyenda: Donde Xi representa los elementos de estudio, Fi la frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.

Fuente: Formulario de  cuestionario  realizado a los Abogados litigantes de la provincia de Huamanga.

De acuerdo a la pregunta dirigida a los Abogados litigantes de la Provincia de Huamanga, se establece que el 11%  menciona que asistieron a muchas audiencias y el 89%  que asistieron a pocas audiencias de conciliación extrajudicial.

6. De las audiencias que Ud., participó aproximadamente ¿Cuántas han logrado acuerdo total?

Xi

Fi

F%

Alto

0

0%

Medianamente

06

67%

Bajo

03

33%

TOTAL

9

100%


GRAFICO 44: CANTIDAD DE ACUERDOS TOTALES ARRIBADOS


Leyenda: Donde Xi representa los elementos de estudio, Fi la frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.

Fuente: Formulario de  cuestionario  realizado a los Abogados litigantes de la provincia de Huamanga.

De acuerdo a la pregunta dirigida a los abogados litigantes de la provincia de Huamanga, se establece que el 67% mencionan que medianamente se ha logrado acuerdos totales y el 33% afirma que fue bajo los acuerdos logrados.

7.  . De las audiencias que Ud., participó aproximadamente ¿Cuántas han logrado acuerdo parcial?

Xi

Fi

F%

Alto

0

0%

Medianamente

8

89%

Bajo

1

11%

TOTAL

9

100%


GRAFICO 45 : CANTIDAD DE ACUERDOS PARCIALES ARRIBADOS


Leyenda: Donde Xi representa los elementos de estudio, Fi la frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.

Fuente: Formulario de  cuestionario  realizado a los Abogados litigantes de la provincia de Huamanga.

De acuerdo a la pregunta dirigida a los Abogados litigantes de la Provincia de Huamanga, se establece que el 89% menciona que medianamente se  han logrado acuerdo parcial y el 11% afirma  que fue bajo los logros en acuerdos parciales.

8.-  De las audiencias que Ud., participó aproximadamente ¿Cuántas han concluido con falta de acuerdo?

Xi

Fi

F%

Alto

1

11%

Medianamente

0

0%

Bajo

8

89%

TOTAL

9

100%

 GRAFICO 46: CANTIDAD DE AUDIENCIAS QUE HAN CONCLUIDO CON FALTA DE ACUERDO


Leyenda: Donde Xi representa los elementos de estudio, Fi la frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.

Fuente: Formulario de  cuestionario  realizado a los Abogados litigantes de la provincia de Huamanga.

De acuerdo a la pregunta dirigida a los Abogados litigantes de la Provincia de Huamanga, se establece que el 11% menciona  que fue alto  las audiencias de conciliación extrajudicial que  han concluido con falta de acuerdo y el 89% afirma que fue bajo las audiencias de conciliación extrajudicial que  han concluido con falta de acuerdo.

9.- De las audiencias que Ud., participó aproximadamente ¿Cuántas han concluido acuerdo?

Xi

Fi

F%

Alto

1

12%

Medianamente

0

0%

Bajo

7

88%

TOTAL

8

100%

 GRAFICO 47: CANTIDAD DE ACUE


Leyenda: Donde Xi representa los elementos de estudio, Fi la frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.

Fuente: Formulario de  cuestionario  realizado a los Abogados litigantes de la provincia de Huamanga.

De acuerdo a la pregunta dirigida a las personas encuestadas, se establece que el 12% afirma que fue alto los que  han concluido con falta de acuerdo y el 88% menciona que fue bajo.

10.- Ante un conflicto civil con materia conciliable considera que la Conciliación Extrajudicial ayuda a reducir la carga judicial:

Xi

Fi

F%

Si

7

78%

No

1

11%

En minima cantidad

1

11%

Considerablemente

0

0%

TOTAL

9

100%


GRAFICO 48 : LA CONCILIACIÓN EXTRTAJUDICIAL Y LA REDUCCIÓN DE LA CARGA PROCESAL


Leyenda: Donde Xi representa los elementos de estudio, Fi la frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.

Fuente: Formulario de  cuestionario  realizado a los Abogados litigantes de la provincia de Huamanga.

De acuerdo a la pregunta dirigida a los abogados litigantes, se establece que el 78%  afirma que la conciliación extrajudicial ayuda a reducir la carga procesal y el 11% considera que no ayuda a reducir la carga procesal y el 11% menciona que mínimamente ayuda a reducir la carga judicial.

11. ¿Considera que el estado promueve la Conciliación Extrajudicial en la Región Ayacucho?

Xi

Fi

F%

Si

2

23%

Regular

4

44%

No

3

33%

TOTAL

9

100%


GRAFICO 49:  PROMOCIÓN DE LA CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL POR PARTE DEL ESTADO.


Leyenda: Donde Xi representa los elementos de estudio, Fi la frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.

Fuente: Formulario de  cuestionario  realizado a los Abogados litigantes de la provincia de Huamanga.

De acuerdo a la pregunta dirigida a los abogados litigantes, se establece que el 23% considera que Estado promueve la Conciliación Extrajudicial en la Región Ayacucho, el 44% menciona que en forma regular  y el 33% considera que el Estado no promueve la Conciliación Extrajudicial en la Región Ayacucho.

12. ¿Considera Ud., que la obligatoriedad de la Ley de Conciliación debería darse en todas las provincias de la Región Ayacucho?

 

Xi

Fi

F%

si

9

100%

no

0

0%

TOTAL

9

100%

 GRAFICO 50 : IMPLEMENTACIÓN DE LA CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL EN TODA LA REGIÓN


Leyenda: Donde Xi representa los elementos de estudio, Fi la frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.

Fuente: Formulario de  cuestionario  realizado a los Abogados litigantes de la provincia de Huamanga.

De acuerdo a la pregunta dirigida a los Abogados litigantes de la provincia de la Provincia de Huamanga, se establece que el 100% considera que la obligatoriedad de la Ley de Conciliación debería darse en todas las provincias de la Región Ayacucho.

De acuerdo a la pregunta dirigida a los Abogados litigantes de la provincia de la Provincia de Huamanga, se establece que el 100% considera que la obligatoriedad de la Ley de Conciliación debería darse en todas las provincias de la Región Ayacucho.

13. ¿Considera Ud. que la Ley de Conciliación Nº 26872, los pertinentes del C.P.C. y la Ley de Justicia de Paz han logrado institucionalizar la conciliación como medio de solución de conflictos?

Xi

Fi

F%

De Acuerdo

5

63%

Regular

3

37%

En desacuerdo

0

0%

TOTAL

8

100%


GRAFICO 51 :  INSTITUCIONALIZACIÓN DE LA CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL


Leyenda: Donde Xi representa los elementos de estudio, Fi la frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.

Fuente: Formulario de  cuestionario  realizado a los Abogados litigantes de la provincia de Huamanga.

De acuerdo a la pregunta dirigida a los Abogados Litigantes de la Provincia de Huamanga, se establece que el 63% menciona que está de acuerdo que la Ley de Conciliación Nº 26872, los pertinentes del C.P.C. y la Ley de Justicia de Paz han logrado institucionalizar la conciliación como medio de solución de conflictos y  el 37% considera que en forma regular se está institucionalizando la conciliación.

14. ¿Considera que la Conciliación Extrajudicial como requisito de procedibilidad es rentable para Ud.?

 

Xi

Fi

F%

Bastante

2

22%

Regular

2

22%

Poco

5

56%

TOTAL

9

100%

GRAFICO 52 : RENTABILIDAD DE LA CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL PARA LOS ABOGADOS


Leyenda: Donde Xi representa los elementos de estudio, Fi la frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.

Fuente: Formulario de  cuestionario  realizado a los Abogados litigantes de la provincia de Huamanga.

De acuerdo a la pregunta dirigida a los abogados litigantes, se establece que el 22% menciona que es bastante, el 22% afirma es regular  y el 56% menciona que es poco  la rentabilidad sobre la Conciliación Extrajudicial como requisito de procedibilidad.

15. ¿Con relación al tema del cobro de sus honorarios?

Xi

Fi

F%

Cobra menos cuando concilia

3

42%

Cobra más cuando concilia

2

29%

Cobra igual conciliando o no

2

29%

TOTAL

7

100%

GRAFICO 53 :  COSTO DEL PROCEDIMIENTO CONCILIATORIO


Leyenda: Donde Xi representa los elementos de estudio, Fi la frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.

Fuente: Formulario de  cuestionario  realizado a los Abogados litigantes de la provincia de Huamanga.

De acuerdo a la pregunta dirigida a los abogados litigantes, se establece que el 42% menciona  que cobra menos cuando concilia, el 29% afirma que cobra más cuando concilia y el 29% dice que cobra igual conciliando o no.

16.- ¿Considera usted que la Conciliación Extrajudicial es efectiva?

Xi

Fi

F%

Si

6

67%

No

3

33%

TOTAL

9

100%

GRAFICO 54 : EFECTIVIDAD DE LA CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL


Leyenda: Donde Xi representa los elementos de estudio, Fi la frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.

Fuente: Formulario de  cuestionario  realizado a los Abogados litigantes de la provincia de Huamanga.

De acuerdo a la pregunta dirigida a los Abogados litigantes de la Provincia de Huamanga se establece que el 67% afirma que  la Conciliación Extrajudicial es efectiva y el 33% menciona lo contrario.

17.- ¿Con relación al tema de la Conciliación Extrajudicial considera que vulnera el principio de economía procesal?

Xi

Fi

F%

Si

1

12%

No

7

88%

TOTAL

8

100%

GRAFICO 55: VULNERACIÓN AL PRINCIPIO DE ECONOMIA PROCESAL


Leyenda: Donde Xi representa los elementos de estudio, Fi la frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.

Fuente: Formulario de  cuestionario  realizado a los Abogados litigantes de la provincia de Huamanga.

De acuerdo a la pregunta dirigida a los abogados litigantes, se establece que  el 12% afirma que la Conciliación Extrajudicial vulnera el principio de economía procesal y el 88% menciona lo contrario.

18.- ¿Con relación al tema de la Conciliación Extrajudicial considera que vulnera el principio de Celeridad Procesal?

Xi

Fi

F%

Si

0

0%

No

9

100%

TOTAL

9

100%








GRAFICO 56 : VULNERACIÓN AL PRINCIPIO DE CELERIDAD PROCESAL


Leyenda: Donde Xi representa los elementos de estudio, Fi la frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.

Fuente: Formulario de  cuestionario  realizado a los Abogados litigantes de la provincia de Huamanga.

De acuerdo a la pregunta dirigida a los abogados litigantes, se establece que el 100% no están  de acuerdo que la Conciliación Extrajudicial vulnera al  principio de Celeridad Procesal.

19.- Con relación al tema de la Conciliación Extrajudicial considera  que vulnera el principio de acceso  a la justicia

Xi

Fi

F%

Si

0

0%

No

9

100%

TOTAL

9

100%

GRAFICO 57 : VULNERACIÓN AL PRINCIPIO DE ACCESO A LA JUSTICIA


Leyenda: Donde Xi representa los elementos de estudio, Fi la frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.

Fuente: Formulario de  cuestionario  realizado a los Abogados litigantes de la provincia de Huamanga.

De acuerdo a la pregunta dirigida a los abogados litigantes, se establece que el 100%  no están de acuerdo que la Conciliación Extrajudicial vulnera el principio de acceso  a la justicia.

20.-¿Con relación al tema de la conciliación extrajudicial considera  que vulnera el principio de Autonomía de la Voluntad de las partes?.

Xi

Fi

F%

Si

0

0%

No

9

100%

TOTAL

9

100%

 

GRAFICO 58 : VULNERACIÓN AL PRINCIPIO DE AUTONOMIA DE VOLUNTAD DE LAS PARTES


Leyenda: Donde Xi representa los elementos de estudio, Fi la frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.

Fuente: Formulario de  cuestionario  realizado a los Abogados litigantes de la provincia de Huamanga.

De acuerdo a la pregunta dirigida a los abogados litigantes de la Provincia de Huamanga, se establece que el 100%  considera que la conciliación extrajudicial no vulnera el principio de Autonomía de la Voluntad de las partes.

21. ¿Frente a la conciliación, su actitud es de colaboración o de interferencia?

Xi

Fi

F%

De colaboración

9

100%

De interferencia

0

0%

TOTAL

9

100%

GRAFICO 59 : ACTITUD FRENTE A LA CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL


Leyenda: Donde Xi representa los elementos de estudio, Fi la frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.

Fuente: Formulario de  cuestionario  realizado a los Abogados litigantes de la provincia de Huamanga.

De acuerdo a la pregunta dirigida a los abogados litigantes de la provincia de Huamanga, se establece que el 100% menciona que tienen actitud de colaboración frente a la conciliación extrajudicial.

22.- Con relación a la actuación de los centros de conciliación ¿cuál es su opinión?

Xi

Fi

F%

Muy Buena

2

22%

Buena

5

56%

Deficiente

2

22%

Muy mala

0

0%

TOTAL

9

100%

 GRAFICO 60 : ACTUACIÓN DE LOS CENTROS DE CONCILIACIÓN


Leyenda: Donde Xi representa los elementos de estudio, Fi la frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.

Fuente: Formulario de  cuestionario  realizado a los Abogados litigantes de la provincia de Huamanga.

De acuerdo a la pregunta dirigida a los abogados litigantes de la provincia de Huamanga se establece que el 22% menciona muy buena, el 56% afirma buena y  el 22% dice deficiente con relación a la actuación de los centros de conciliación extrajudicial en la Provincia de Huamanga.

 23.- Con relación a los Conciliadores Extrajudiciales ¿Considera usted que se encuentran adecuadamente capacitados para llevar a cabo eficientemente el procedimiento conciliatorio?

Xi

Fi

F%

Si

5

56%

No

4

44%

TOTAL

9

100%

 GRAFICO 61: NIVEL DE CAPACITACIÓN DE LOS CONCILIADORES EXTRAJUDICIALES


Leyenda: Donde Xi representa los elementos de estudio, Fi la frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.

Fuente: Formulario de  cuestionario  realizado a los Abogados litigantes de la provincia de Huamanga.

De acuerdo a la pregunta dirigida a las personas encuestadas, se establece que el 56% afirma que los Conciliadores extrajudiciales se encuentran adecuadamente capacitados para llevar a cabo eficientemente el procedimiento conciliatorio y el 44% menciona lo contrario.

24.-Respecto al desempeño del conciliador al cual acudió para resolver su desacuerdo o conflicto, Usted considera que: (lea las opciones).

 

Tabla 6 : DESEMPEÑO DEL CONCILIADOR EXTRAJUDICIAL

 

 

 

 

 

 

1

Conocía bien su caso

(5)Si

(4)No

(56%)Si

 (44% )No

2

Asistió puntualmente a la hora citada

(7)Si

(2)No

(78%)Si

( 22%)No

3

Explicó los objetivos de la conciliación y estableció las reglas de juego

(6)Si

(3)No

(67%)Si

(33% )No

4

Dedicó atención exclusiva acaso sin hacer interrupciones para atender otras funciones

(6)Si

(3)Si

(67%)Si

(33% )No

5

Permitió a las partes que tienen el problema, un espacio de tiempo para contar los hechos ocurridos.

(7)Si

(2)No

(78%)Si

(22% )No

6

Favoreció la comunicación y buscó el equilibrio entre las partes.

(6)Si

(3)No

(67%)Si

(33% )No

7

Dirigió la audiencia con neutralidad e imparcialdad y mantuvo el control de la misma

(6)Si

(3)No

(67%)Si

(33%)No

8

Respondió a las preguntas y dudas de las partes, respecto al trámite de la conciliación

(7)Si

(2)No

(78% )Si

(22% )No

9

Propuso alternativas de arreglo.

(6)Si

(3)No

(67%)Si

(33% )No

10

Le generó confianza

(6)Si

(3)No

(67%)Si

(33% )No

11

Procuró rehacer, proteger o mejorar la relación entre las partes.

(6)Si

(3)No

(67%)Si

(33% )No

12

Elaboró un acuerdo claro y puntual que permitió o permita ser cumplido por las partes.

(6)Si

(3)No

(67%)Si

( 33%)No

 

Leyenda: Donde Xi representa los elementos de estudio, Fi la frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.

Fuente: Formulario de  cuestionario  realizado a los Abogados litigantes de la provincia de Huamanga.

De acuerdo a la pregunta dirigida a los abogados litigantes de la Provincia de Huamanga, se establece que los Conciliadores Extrajudiciales conocían adecuadamente el caso materia de conciliación y que actuaron diligentemente.

25.- En los casos que ha patrocinado ¿Usted ha tenido conciliaciones con acuerdo entre las partes?

Xi

Fi

F%

Si

9

100%

No

0

0%

 Total

9

100%

GRAFICO 62 : CONCILIACIONESCON ACUERDO ENTRE LAS PARTES


Leyenda: Donde Xi representa los elementos de estudio, Fi la frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.

Fuente: Formulario de  cuestionario  realizado a los Abogados litigantes de la provincia de Huamanga.

De acuerdo a la pregunta dirigida a los abogados litigantes de la Provincia de Huamanga, se establece que el 100% afirma que han tenido conciliaciones con acuerdo entre las partes.

26.- ¿Las conciliaciones que terminaron con acuerdo entre las partes, se han cumplido?

Xi

Fi

F%

Si

6

67%

No

2

22%

Está en trámite de cumplimiento

1

1%

TOTAL

9

100%

 GRAFICO 63:  NIVEL DE CUMPLIMIENTO DE ACUERDOS DE LA CONCILICIÓN EXTRAJUDICIAL


Leyenda: Donde Xi representa los elementos de estudio, Fi la frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.

Fuente: Formulario de  cuestionario  realizado a los Abogados litigantes de la provincia de Huamanga.

De acuerdo a la pregunta dirigida a los abogados litigantes de la Provincia de Huamanga se establece que el 67% afirma que se han cumplido, el 22% menciona que no se han cumplido  y el 1% mencionan que está en trámite el  cumplimiento  de las conciliaciones extrajudiciales que terminaron con acuerdo entre las partes.

27.- ¿se han cumplido de manera voluntaria?

Xi

Fi

F%

Si

7

78%

No

2

22%

TOTAL

9

100%

 

GRAFICO 64: NIVEL DE CUMPLIMIENTO DE LOS ACUERDOS ARRIBADOS


Leyenda: Donde Xi representa los elementos de estudio, Fi la frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.

Fuente: Formulario de  cuestionario  realizado a los Abogados litigantes de la provincia de Huamanga.

De acuerdo a la pregunta dirigida a los abogados litigantes de la provincia de Huamanga se establece que el 78% afirman que se han cumplido de manera voluntaria los acuerdos arribados en la conciliación extrajudicial y el 22% menciona lo contrario.

28.- De los acuerdos que no se han cumplido voluntariamente, ¿Usted qué hizo?

Xi

Fi

F%

Acudieron al  poder judicial

8

100%

No hizo nada

0

0%

Acudió nuevamente a la conciliación

0

0%

TOTAL

8

100%

GRAFICO 65 : EXIGENCIA DEL CUMPLIMIENTO DEL ACUERDO CONCILIATORIO


Leyenda: Donde Xi representa los elementos de estudio, Fi la frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.

Fuente: Formulario de  cuestionario  realizado a los Abogados litigantes de la provincia de Huamanga.

De acuerdo a la pregunta dirigida a los abogados litigantes de la provincia de Huamanga, se establece que el 100% afirma que acudieron al  poder judicial para el cumplimiento de los acuerdos arribados en la conciliación extrajudicial.

E) ENCUESTA DIRIGIDA A LA CIUDADANÍA DE LA PROVINCIA DE HUAMANGA SOBRE LA OBLIGATORIEDAD DEL INTENTO CONCILIATORIO.

1.      Sabe usted ¿Qué es la conciliación extrajudicial?

Xi

Fi

F%

Conoce

03

67%

Medianamente

01

8%

Desconoce

08

25%

TOTAL

12

100%

GRAFICO 66: NIVEL DE CONOCIMIENTO DE LA CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL


Leyenda: Donde Xi representa los elementos de estudio, Fi la frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.

Fuente: Formulario de  cuestionario  realizado a la ciudadanía de la provincia de Huamanga.

De acuerdo a la pregunta dirigida a las personas encuestadas, se establece que:

El 25% de los ciudadanos que fueron encuestados conoce la Conciliación Extrajudicial, el 67% desconoce la Conciliación Extrajudicial y el 8% conoce mediamente la Conciliación Extrajudicial. 

2.- Si es que tuviera un conflicto de naturaleza civil, usted acudiría a:

Xi

Fi

F%

A un centro de Conciliación

5

42%

Directamente al Poder Judicial

07

58%

TOTAL

12

100%

 GRAFICO 67: FRENTE A UN CONFLICTO A QUE INSTANCIA ACUDE LA CIUDADANIA


Leyenda: Donde Xi representa los elementos de estudio, Fi la frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.

Fuente: Formulario de  cuestionario  realizado a la ciudadanía de la provincia de Huamanga.

De acuerdo a la pregunta dirigida a la ciudadanía de la provincia de Huamanga, se establece que:

La ciudadanía en un 52% frente a un conflicto de interese prefiere acudir directamente al Poder Judicial y un 48% prefiere acudir a un Centro de Conciliación.

3.- En el supuesto caso que usted acudiera a un centro de conciliación extrajudicial y el conciliador le propone ceder o renunciar algunos derechos con la finalidad de que llegue a un acuerdo armonioso con su parte contraria ¿usted aceptaría esos términos con la única finalidad de resolver su conflicto de una forma armoniosa y en el breve tiempo?

Xi

Fi

F%

Si

03

25%

No

09

75%

TOTAL

12

100%

 GRAFICO 68: RENUNCIARIA ALGUN DERECHO CON LA FINALIDAD DE ARRIBAR A UN ACUERDO CONCILIATORIO CON SU CONTRAPARTE.


Leyenda: Donde Xi representa los elementos de estudio, Fi la frecuencia y el F% el porcentaje de los investigado o encuestado.

Fuente: Formulario de  cuestionario  realizado a la ciudadanía de la provincia de Huamanga.

 

F) ENTREVISTA APLICADA A LOS JUECES CIVILES DE LA PROVINCIA DE HUAMANGA Y LOS SECRETARIOS JUDICIALES.

JUECES.

Tabla 7 :  RESULTADO DE LA ENTREVISTA APLICADA  A LOS JUECES CIVILES DE LA PROVINCIA DE HUAMANGA

 

JUEZ 1

JUEZ 2

1.- ¿Cuál considera que es la causa por la que los procesos civiles cuyo requisito de procedibilidad es el intento conciliatorio no han concluido por acuerdo total o parcial de las partes?

 

Considero que ello se origina porque no existe una cultura de paz principalmente en la formación de los abogados y buscan acudir a la audiencia conciliatoria previa solamente para cumplir con la formalidad para poderse demandar (accionar) y así mismo una falta de formación sobre las bondades y beneficios de la conciliación que no son aprovechados o empleados, haciendo que predomine una cultura de litigio.

Los conflictos de intereses entre los justiciables no tienen propuesta conciliatoria adecuada, los conciliadores no influyen mucho para que las personas no lleguen a un acuerdo proporcional.

Las notificaciones en el proceso extrajudicial de conciliación no se efectúan adecuadamente.

2. ¿Con relación a las demandas que se incoan en su Despacho en aquellas materias que el intento conciliatorio es obligatorio que errores o deficiencias ha podido apreciar al momento de calificar la demanda?

 

Los errores más comunes que he podido apreciar es que se celebran acuerdos conciliatorios en materias conciliables y que tampoco por los términos en que han sido redactados los acuerdos no podrían ser materia de ejecución en un proceso único de ejecución, al no ser el acuerdo conciliatorio para que se constituya en título de ejecución tiene que tener obligaciones ciertas, expresas y exigibles para que sean exigibles judicialmente.

No adjuntar el acta de conciliación certificado con sus respectivas constancias de notificación.

Las actas de conciliación tienen una pretensión diferente a la pretensión de la demanda.

3. ¿Cuáles son los mayores errores o deficiencias que ha podido apreciar al momento de calificar la demanda en las actas de Conciliación Extrajudicial emitidos por los centros de conciliación por falta de acuerdo de las partes o por inconcurrencia de una de las partes?

 

Como por ejemplo el caso de que no se cumple con lo dispuesto en el art. 15 de la Ley de conciliación, como es que no se detalla a cabalidad lo que expresa el invitado en el supuesto que tenga desavenencias o puntos en contra de la conciliación y que pudieran servir para formular una vez iniciada el proceso una forma para reconvención.

Indebida notificación, se notifica en un domicilio diferente al que se consigna en la demanda .

4.- En su opinión personal considera que el intento conciliatorio como requisito de procedibilidad en materia civil es eficaz.

 

Yo considero que si, por que permite de que algunos temas y conflictos de intereses se resuelvan extrajudicialmente no haciendo que el magistrado pierda tiempo valioso que puede emplearse para resolver un proceso en ello.

Generalmente no se arriba  a un acuerdo en el intento conciliatorio por lo que no es del todo eficaz.

5.- ¿Qué mecanismos se deben implementar para contribuir a la desjudicialización de procesos civiles en la Provincia de Huamanga?

 

Todo va a depender de que exista una mejor formación de los estudiantes de derecho en lo que son los mecanismos de solución de conflictos alternativos y asimismo se crea toda una cultura de paz para los abogados, el gran problema de Ayacucho es también la mayor preponderancia en materia penal que es más dirigida al litigio.

Creación de un organismo especializado que fiscalice a los centros de conciliación a fin de que este mecanismos de solución de conflicto sea más eficaz y transparente.

 Fuente: Formulario de  entrevista aplicada a los jueces de los juzgados especializados en lo civil de la provincia de Huamanga.

SECRETARIOS:

Tabla 8 :  RESULTADO DE LA ENTREVISTA APLICADA  A LOS SECRETARIOS DE LOS JUZGADOS CIVILES DE LA PROVINCIA DE HUAMANGA

 

SECRETARIO 1

SECRETARIO 2

1.- ¿Cuál considera que es la causa por la que los procesos civiles cuyo requisito de procedibilidad es el intento conciliatorio no han concluido por acuerdo total o parcial de las partes?

 

Esto con la finalidad de buscar otras formas de solucionar el conflicto que no necesariamente tiene que ser judicializado, si no que también existen formas alternativas de solución de conflictos, tanto más que los medios extrajudiciales son más simples y rápidos que el proceso judicial, asimismo esta forma de solución de conflicto equilibraría la excesiva carga procesales en las sedes judiciales.

Por falta de costumbre.

2. ¿Con relación a las demandas que se incoan en su Despacho en aquellas materias que el intento conciliatorio es obligatorio que errores o deficiencias ha podido apreciar al momento de calificar la demanda?

 

La falta de solicitud de conciliación previa a la interposición de la demanda, la falta de adecuación del petitorio (tipificación), falta de precisión de los fundamentos de hecho y de derecho.

No adjuntar los requisitos obligatorios para la admisibilidad de la demanda.

3. ¿Cuáles son los mayores errores o deficiencias que ha podido apreciar al momento de calificar la demanda en las actas de Conciliación Extrajudicial emitidos por los centros de conciliación por falta de acuerdo de las partes o por inconcurrencia de una de las partes?

 

 

Inconcurrencia de las partes.

4.- En su opinión personal considera que el intento conciliatorio como requisito de procedibilidad en materia civil es eficaz.

 

 

No, porque si fuera el caso no habría muchas demandas.

5.- ¿Qué mecanismos se deben implementar para contribuir a la desjudicialización de procesos civiles en la Provincia de Huamanga?

 

Que los mecanismos alternativos de solución de conflictos adquieran cierto nivel de eficacia y para ello el personal conciliador debe adquirir mayor capacitación y apertura de centros de conciliación que generan seguridad y garantía a los justiciables.

Capacitación en materia de conciliación.

 Fuente: Formulario de  entrevista aplicada a los jueces de los juzgados especializados en lo civil de la provincia de Huamanga.

 

4.3. Discusión.

 

De acuerdo a los resultados de las entrevistas aplicadas (Véase Gráfico 01 al 68) y (tabla 01 al 08) e (ilustración 01 al 06) realizado a 47 personas distribuidas en : 09 abogados litigantes,  12 ciudadanos, 02 Jueces del Juzgado Civil de Huamanga,  05  Secretarios y Asistentes Judiciales, 09 Conciliadores Extrajudiciales, se aprecia que la vulneración a principios procesales como  el derecho de acceso universal a la justicia, economía procesal, autonomía de la voluntad, celeridad procesal y derecho a la tutela jurisdiccional son provocados por la obligatoriedad del intento conciliatorio como requisito de procedibilidad que no contribuyó a la desjudicialización en los Juzgados Especializado en lo Civil de Huamanga en el año 2016.

Como problema principal de la presente tesis se planteó la siguiente interrogante ¿    Cómo influye la obligatoriedad del intento conciliatorio como requisito de procedibilidad en los procesos civiles en la vulneración de principios procesales y finalmente en qué medida contribuyo a la desjudicialización en los Juzgados Especializados en lo Civil de la Provincia de Huamanga en el año 2016?  y luego de haber realizado el análisis de las encuestas aplicadas tenemos el siguiente resultado:

·      Con relación a los Jueces, Secretarios y Asistentes Judiciales, se tiene que estos opinan que la población Ayacuchana conoce solo medianamente la figura de la Conciliación Extrajudicial (Grafico 04), y considera que el intento conciliatorio como requisito de procedibilidad en algunas materias civiles contribuyo en poca cantidad a la reducción de la carga procesal (Grafico 05),  de igual forma se aprecia que del total de demandas que ingresan a los Juzgados Civiles en las actas que se anexan por conclusión del procedimiento conciliatorio este intento concluyo en su mayoría por inasistencia de la parte invitada. (Grafico 06), y que con relación al tema de aquellas conciliaciones extrajudiciales que han concluido por acuerdo total de las partes refieren que son escasas las demandas del proceso único de ejecución, y finalmente consideran que la conciliación debería darse en todo el departamento de Ayacucho pero en contraposición a ello opinan que el estado no promueve la conciliación extrajudicial.

·           Según la opinión de los Conciliadores Extrajudiciales con relación al problema principal se tiene que del 100% por ciento de las audiencias de conciliación que celebran mensualmente los procedimientos que concluyen por acuerdo total de las partes son en promedio sólo el 13.4%, de igual forma comparten la opinión en su mayoría de que una conciliación es exitosa si las partes cumplen de forma voluntaria los compromisos pactados, y el 56% considera que la conciliación extrajudicial en derecho como requisito de procedibilidad no ha sido eficaz para descongestionar los despachos judiciales del país, encontrándose a lo largo del proceso de la presente investigación que los centros de conciliación no cuentan con información estadística sobre los procesos conciliatorios por materia, de igual forma se tiene que el promedio de solicitudes de conciliación extrajudicial que se celebran por año son 139, y señalan en un 78% que la causa para que los ciudadanos acudan a los centros de conciliación es porque es obligatoria como requisito de procedibilidad, y en un 54% prefieren ir acompañados de un abogado, y finalmente en un 47% considera que el procedimiento conciliatorio ha concluido por acuerdo total de las partes de igual forma concluyen que en su mayoría la población Ayacuchana no conoce la Conciliación extrajudicial.

·           Los Justiciables aquellos ciudadanos que han acudido a los centros de conciliación extrajudicial en su totalidad concluyen que el procedimiento conciliatorio les duro menos de dos meses y de igual forma señalan en un 56% que el procedimiento conciliatorio concluyo por falta de acuerdo de las partes y solo el 22% por  acuerdo total y de los justiciables que sus solicitudes concluyeron por acuerdo total y parcial señalan que la parte invitada no cumplió con los acuerdos establecidos en 78% y solo el 33% de los justiciables que arribaron a acuerdo total o parcial acudieron al poder judicial, con relación a la calificación de la actuación de los centros de conciliación la mayoría de los entrevistados dio una opinión de excelente.

·           Los abogados litigantes en un 67% han obtenido su certificado de Conciliador Extrajudicial y de igual forma ha recibido capacitación en conciliación,  en un 78 % considera que la población Ayacuchana conoce medianamente la Conciliación extrajudicial, el 89% de los abogados a concurrido a pocas audiencias y en un 11% a concurrido a muchas audiencias de conciliación extrajudicial.

·           Con relación a las audiencias a las que han concurrido los abogados consideran que un 67% de las audiencias que han concurrido medianamente han concluido con Acuerdo Total y un 33% considera que ha concluido sin acuerdo total, y un 78% considera que frente a un conflicto civil con materia conciliable que la Conciliación Extrajudicial ayuda a reducir la carga judicial,  y con relación a la pregunta si es que el estado promueve la Conciliación Extrajudicial en la Región Ayacucho se ha concluido que el 44% considera que solo promueve en forma regular, el 33 % que no promueve y el 23 % opina que si promueve,  en un 100% opinan que la conciliación extrajudicial debería darse en toda la Región Ayacucho, con relación a la rentabilidad de la conciliación extrajudicial los abogados en un 56% considera que es poco rentable, y es de entenderse la presente respuesta pues existen menos actos procesales y los abogados tienen que reducir sus honorarios si es que sus patrocinados llegan a conciliar y complementando la pregunta anterior un 42% considera que cobra menos cuando concilia,  un 67% considera que la conciliación extrajudicial si es efectiva para solucionar los conflictos de intereses, el 88% considera que no se vulnera el principio de economía procesal y el 100% considera que no se vulnera el principio de celeridad procesal y de igual forma el 100% considera que no se vulnera el principio de acceso a la justicia y el 100% considera que no se vulnera el principio de autonomía de voluntad de las partes, y el 100% de los abogados considera que su actitud en la  audiencia de Conciliación Extrajudicial es de colaboración, un 56 %considera que la actuación de los centros de conciliación es buena un 56% considera que los conciliadores extrajudiciales se encuentra adecuadamente capacitado, y frente  a la pregunta sobre el desempeño de los conciliadores extrajudiciales comprendido en 12 items  detallados en la tabla 5, se llega  a establecer que los Conciliadores Extrajudiciales conocían adecuadamente el caso materia de conciliación y que actuaron diligentemente.

·           Un 100% de los abogados señala que han tenido conciliaciones con acuerdo total entre las partes y precisan que en un 67% si han cumplido con los acuerdos establecidos en la audiencia de Conciliación extrajudicial y un 22% señala que no se han cumplido y un 1% señala que se encuentra en trámite de cumplimiento.

·                El 78% señala que los acuerdos arribados en las conciliaciones extrajudiciales con acuerdo total de la partes se han cumplido a cabalidad, de los casos en los que han concluido con acuerdo total y no se han cumplido en un 100% han acudido al poder judicial.

·                              La ciudadanía  en un 67% conoce la conciliación extrajudicial y señala que si es que tuviera un conflicto de naturaleza civil en un 58% acudirían directamente al poder judicial y un 42% a un centro de conciliación,  a la pregunta en el supuesto caso que usted acudiera a un centro de conciliación extrajudicial y el conciliador le propone ceder o renunciar algunos derechos con la finalidad de que llegue a un acuerdo armonioso con su parte contraria ¿usted aceptaría esos términos con la única finalidad de resolver su conflicto de una forma armoniosa y en el breve tiempo? la respuesta fue si en un 25% y no en un 75%.

·                              Realizando una análisis sobre las entrevistas realizadas a los señores magistrados del poder judicial se tiene que frente a la pregunta sobre cuál es la causa por la que los procesos civiles cuyo requisito de procedibilidad es el intento conciliatorio no han concluido por acuerdo total o parcial entre las partes, la respuesta es que consideran que ello se origina porque no existe una cultura de paz principalmente en la formación de los abogados y buscan acudir a la audiencia conciliatoria previa solamente para cumplir con la formalidad para poderse demandar (accionar) y así mismo una falta de formación sobre las bondades y beneficios de la conciliación que no son aprovechados o empleados, haciendo que predomine una cultura de litigio y además precisan que Las notificaciones en el proceso extrajudicial de conciliación no se efectúan adecuadamente.

·                               De igual forma  en la encuesta aplicada se tiene que los errores más comunes que se ha podido apreciar es que se celebran acuerdos conciliatorios en materias no conciliables y que por los términos en que han sido redactados los acuerdos no podrían ser materia de ejecución en un proceso único de ejecución, al no ser el acuerdo conciliatorio para que se constituya en título de ejecución tiene que tener obligaciones ciertas, expresas y exigibles para que sean exigibles judicialmente.

·                              Al responder la encuesta los magistrados precisan que los mayores errores que han apreciado es que no se cumple con lo dispuesto en el art. 15 de la Ley de conciliación, como es que no se detalla a cabalidad lo que expresa el invitado en el supuesto que tenga desavenencias o puntos en contra de la conciliación y que pudieran servir para formular una vez iniciada el proceso una forma para reconvención.

·                              Con relación a la eficacia del intento conciliatorio como requisito de procedibilidad y su eficacia consideran  que si es eficaz porque permite de que algunos temas y conflictos de intereses se resuelvan extrajudicialmente no haciendo que el magistrado pierda tiempo valioso que puede emplearse para resolver un proceso en ello.

·                              Con relación a los mecanismos que se deben implementar para contribuir a la desjudicialización de los procesos civiles va a depender de que exista una mejor formación de los estudiantes de derecho en lo que son los mecanismos de solución de conflictos alternativos y asimismo se crea toda una cultura de paz para los abogados, el gran problema de Ayacucho es también la mayor preponderancia en materia penal que es más dirigida al litigio.

·                              De igual forma se tiene que según los magistrados los mecanismos alternativos de solución de conflictos adquieren cierto nivel de eficacia y para ello el personal conciliador debe adquirir mayor capacitación y apertura a los centros de conciliación que generan seguridad y garantía a los justiciables.

·                              Se concluye que según los Jueces, Secretarios, Auxiliares judiciales, abogados y Conciliadores Extrajudiciales no se trasgrede con la obligatoriedad del intento conciliatorio ninguno de los principios procesales planteados en el Problema secundario  N° 1, pero sin embargo se tiene  del análisis de los resultado que en su mayoría los justiciables que acuden al centro de conciliación tienen gastos de dinero en el pago a los abogados y al mismo tiempo por los servicios del centro de conciliación extrajudicial además de existir un procedimiento conciliatorio que dura en promedio 02 meses y sumado a ello está el tema de que los procesos en su mayoría terminan por falta de acuerdo como lo señalan los jueces y centros de conciliación.

4.4. Conclusiones:

·         En esta tesis se investigó en qué medida la obligatoriedad del intento conciliatorio como requisito de procedibilidad en los procesos civiles, no contribuyo a la desjudicialización en los Juzgados Especializados en lo Civil de Huamanga en el año 2016  y, como consecuencia de la ejecución de la presente investigación, se han arribado a las siguientes conclusiones:

   Podemos concluir que los Magistrados de los Juzgados Civiles de la Provincia de Huamanga, Secretarios Judiciales y asistentes judiciales señalan que la población Ayacuchana conoce medianamente la conciliación extrajudicial, que el intento conciliatorio como requisito de procedibilidad en algunas materias civiles ha contribuido en poca cantidad a la reducción de la carga procesal, de igual forma han precisado que la parte invitada a la audiencia de conciliación extrajudicial según su observación en la práctica han concurrido en poca cantidad y que a nivel judicial son pocos las conciliaciones que se han solicitado a pedido de las partes procesales, consideran en su mayoría que el intento conciliatorio no vulnera el principio de Derecho de acceso a la justicia, autonomía de la voluntad, Derecho a la Tutela Jurisdiccional Efectiva y a los principios de Economía y celeridad procesal, califican de regular la intervención de los Centros de Conciliación extrajudicial en la provincia de Huamanga  y que las materias civiles en los que se exige el intento conciliatorio obligatorio y que han ingresado con frecuencia durante el año 2016 han sido los Desalojos, Otorgamiento de Escritura ,Obligación de dar suma de dinero, Indemnización por daños y perjuicios, División y Partición de bienes e Interdictos.

       Los jueces y secretarios de los Juzgados Civiles de la provincia de Huamanga señalan que la causa fundamental para que las solicitudes del intento conciliatorio hayan concluido por falta de acuerdo es porque no existe una cultura de paz y principalmente por la formación de los abogados que concurren con la única finalidad de cumplir la formalidad para posteriormente demandar.

     Los errores principales en las actas de conciliación extrajudicial es que celebran acuerdos conciliatorios en materias no conciliables y por los términos en los que han sido redactados los acuerdos no podrán ser exigidos en ejecución en un proceso único de ejecución.

     Se puede concluir también que los ciudadanos en su mayoría desconoce la figura de la conciliación extrajudicial, y si es que tienen un conflicto de naturaleza civil prefieren acudir directamente al poder judicial y en el supuesto que acudieran a un centro de conciliación y el conciliador le propone ceder o renunciar algunos derechos con la finalidad de llegar a un acuerdo armonioso en el breve tiempo no llegarían en su mayoría a un acuerdo con la parte invitada.

     Del procesamiento de datos podemos concluir que los conciliadores extrajudiciales en su mayoría son privados, los conciliadores extrajudiciales en promedio tienen una antigüedad de 4 años y 02 meses en el cargo, que la mayoría de los conciliadores extrajudiciales tiene educación superior completa y consideran que la conciliación extrajudicial es exitosa cuando las partes cumplen de forma voluntaria los compromisos pactados.

     Los centros de conciliación extrajudicial cuentan en su mayoría con Director, Conciliador extrajudicial, abogado y secretario general, apreciándose que existe deficiencia en el registro estadístico de las conciliaciones celebradas por año.

     Los conciliadores extrajudiciales consideran que el 78% de las personas que acuden al centro de conciliación es por la obligatoriedad como requisito de procedibilidad, además que la materia más demandada es obligación de dar suma de dinero, se ha concluido también que los Conciliadores Extrajudiciales consideran que en un 44.4% de la población desconoce la figura de la conciliación extrajudicial, y del análisis de los mencionados datos se llega a determinar que si no se exigiera la condición para la procedencia de la demanda en materia civil llegaríamos a la conclusión de que los justiciables no acudirían a los Centros de conciliación de forma voluntaria.

     Con relación al tema de los plazos para la ejecución del procedimiento conciliatorio se tiene que los justiciables han concluido que el plazo máximo que les ha tocado desarrollar un procedimiento conciliatorio ha sido el plazo de 02 meses, en tal sentido si bien el plazo es un promedio prudencial sin embargo este plazo se tendría que computar como un plazo adicional que se sumaría al proceso judicial ordinario, es en ese sentido que se estaría corroborando que existiría una vulneración al principio de celeridad procesal.

     Se aprecia del procesamiento de las encuestas que el 56% de los procedimientos conciliatorios han concluido por falta de acuerdo de las partes, en tal sentido se estaría observando que efectivamente no se aprecia la efectividad del procedimiento extrajudicial como medio de desjudicialización de los procesos civiles.

     Los justiciables en su mayoría han concluido que cuando el conciliador le propone ceder o renunciar algunos derechos con la finalidad de que llegue a un acuerdo armonioso con su parte contraria no aceptaría la formula conciliatoria, esto bajo la premisa de que si analizamos el concepto de conciliación extrajudicial este implica ceder o renunciar generalmente algunos derechos para finalmente llegar a un acuerdo conciliatorio con la parte invitada, pues si no existe esa renuncia de algunos derechos que en su mayoría son de contenido patrimonial no se estaría logrando el acuerdo armonioso.

     Se ha concluido también que existe mucho desconocimiento por parte de la población de la provincia de Huamanga sobre las ventajas de la Conciliación Extrajudicial además que según los profesionales involucrados en el proceso civil el estado no difunde ni promueve la Conciliación Extrajudicial como mecanismo alternativo de resolución de conflictos, en tal sentido si se pretende usar la conciliación extrajudicial como mecanismo alternativo para lograr o contribuir a la desjudicialización de los procesos civiles en los juzgados en los que ha entrado en vigencia la obligatoriedad del intento conciliatorio se tendría que priorizar en las entidades competentes realizar la difusión del mencionado mecanismo ante la población incluso incorporar en la currícula de estudios de nivel secundario dicho contenido y sobre la importancia de una cultura de paz para poder evitar los conflictos sociales y eso se logra como consecuencia de un trabajo articulado y un cambio de cultura en la ciudadanía que en su mayoría tiene una mentalidad conflictiva.  

     El fundamento de la exigencia de la obligatoriedad del intento conciliatorio es que es un procedimiento de fácil acceso a la administración de justicia,  según  la justificación para la exigencia obligatoria de la conciliación extrajudicial pero sin embargo en nuestro contexto se aprecia que el conciliador extrajudicial no administra justicia propiamente dicha ya que la Constitución Política del Perú solo le confiere la facultad de administrar justicia al poder judicial, y se ejerce jurisdicción excepcionalmente en el fuero arbitral, militar y electoral, siendo muy diferente en nuestro vecino país de Colombia que en el artículo 116  de su constitución política señala que los particulares pueden ser investidos transitoriamente de la función de administrar justicia en la condición de (…) conciliadores (…)habilitados por las partes para proferir fallos en derecho o en equidad, en los términos que determine la ley, teniendo en nuestra realidad que se hace necesario que se dé un reconocimiento a los conciliadores extrajudiciales dotándole para ello de todo un instrumento de regulación en nuestro ordenamiento nacional acorde a principios como la legalidad y la jerarquía normativa.

 

4.5. RECOMENDACIONES:

 

·         Que las instituciones competentes realicen un diagnóstico y estudio sobre la realidad nacional y determinar si la figura de la Conciliación Extrajudicial como requisito de procedibilidad en materia civil resulta siendo eficaz para contribuir a la desjudicialización en materia civil y que resultados se han obtenido hasta la fecha para a partir de ello formular estrategias para lograr que el mencionado mecanismo alternativo sea de uso frecuente para la solución de conflictos de naturaleza civil en nuestra realidad nacional.

·         Mayor difusión de la Conciliación extrajudicial como requisito de procedibilidad en materia civil por parte del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, además de la apertura de nuevos centros de conciliación gratuito y cumplir con velar por el buen funcionamiento de los Centros de Conciliación particular estableciendo protocolos uniformes para la elaboración de las actas de conciliación extrajudicial y el manejo del Despacho y gestión en los centros de conciliación extrajudicial en cuanto existen deficiencias en el momento de redactar el acta de acuerdo   pues como se aprecia de la presente investigación y lo mencionado por los jueces y secretarios judiciales se ha llegado a concluir que hay inconveniente en la celebración de la audiencia de conciliación extrajudicial

·         Proponer la incorporación por parte del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos entre sus servicios legales el seguimiento  y monitoreo a partir de una base de datos de todas las conciliaciones extrajudiciales con acuerdo de las partes hasta la etapa del cumplimiento y en su caso concluir su participación en la ejecución del acta por medio del proceso único de ejecución, si es que se diera el supuesto de que los acuerdos arribados no se llegaran a cumplir generando muchos perjuicios en las personas que suscribieron los mencionados acuerdos.

·         Fomentar en los Juzgados  especializados en lo civil estrategias de descarga judicial para poder resolver los casos con el respeto de los principio de economía y celeridad procesal pues debe entenderse que si bien los mecanismos alternativos resultan siendo una forma para solucionar conflictos pero sin embargo no debe de olvidarse que en nuestro contexto nacional el conciliador extrajudicial no está embestido de facultades jurisdiccionales.

·         Capacitar  en forma constante a los abogados  y a la ciudadanía en la cultura del dialogo y la posibilidad de llegar a acuerdos conciliatorios armoniosos en beneficio de ambas partes realizando campañas masivas de difusión radial, televisiva o por intermedio de las organizaciones civiles de base o dado el caso por medio de las instituciones de control social, y en el caso de los Abogados por intermedio del Colegio de Abogados.

APORTE ACADÉMICO DEL AUTOR:

 

Habiendo realizado el procesamiento de toda la información recopilada en las encuestas dirigidas a todas los sujetos involucrados en el tema del intento conciliatorio como requisito de procedibilidad, soy de la opinión que se deje sin efecto el Decreto Supremo N° 015-2012-JUS, publicado el 21 octubre 2012, que aprueba el Calendario Oficial para los años 2012 y 2013 de la entrada en vigencia del Decreto Legislativo Nº 1070, estableciéndose  para el 07 de Noviembre de 2012  la entrada en vigencia de la obligatoriedad de la conciliación extrajudicial en el Distrito Conciliatorio de Huamanga, y que se retome la calidad de facultativo pues exigir su obligatoriedad resulta siendo ineficaz en nuestra realidad regional en la cual la población tiene una cultura litigiosa y no conocen las implicancias de la conciliación extrajudicial como mecanismo alternativo de resolución de conflictos, de igual forma se aprecia que no ha contribuido eficazmente en la reducción de la carga procesal; y es sabido que si bien los operadores de justicia consideran que no se vulneran principios del derecho procesal civil sin embargo somos conscientes que para poder arribar a un acuerdo conciliatorio necesariamente una de las partes en conflicto tiene que ceder algún derecho y la renuncia de derechos no es necesariamente justicia y nuestra función como hombres de leyes es impartir justicia; y en el supuesto caso que se mantenga su obligatoriedad debería de pasar por un proceso de implementación adecuada que implicaría el reconocimiento constitucional de la conciliación extrajudicial dotándole de facultades jurisdiccionales como ya lo han reconocido muchos países siendo uno de los casos en nuestro vecino país de Colombia que en el artículo 116  de su constitución política señala que los particulares pueden ser investidos transitoriamente de la función de administrar justicia en la condición de (…) conciliadores (…)habilitados por las partes para proferir fallos en derecho o en equidad, en los términos que determine la ley; apreciándose que esta facultad reconocida en la propia constitución  le enmarca una legitimidad y legalidad a los acuerdos que emanan del procedimiento conciliatorio, lo que no ocurre en nuestro país.

En el supuesto caso que se mantenga la obligatoriedad del intento conciliatorio como requisito de procedibilidad en materia civil, este proceso debe ser implementado adecuadamente, ya que hemos podido apreciar en el presente trabajo que existen falencias, desconocimiento de los justiciables  y de la ciudadanía en general, debiendo en tal sentido implementarse verdaderas políticas de parte del estado por intermedio de los sectores competentes  para la conciliación extrajudicial sea asimilada como un medio eficaz de resolución de conflictos debiendo iniciarse ese proceso incluso desde la formación escolar incorporándose incluso como parte de la currícula académica para que los estudiantes futuros ciudadanos puedan ser formados en el entorno de una cultura de paz y de esta forma contribuir eficazmente a la desjudicialización de procesos civiles.

Sumado a lo anteriormente señalado urge que se realice un diagnóstico y se maneje una base de datos estadístico sobre los resultados obtenidos en cada distrito conciliatorio para ver si efectivamente se está cumpliendo con los fines de la obligatoriedad del procedimiento conciliatorio extrajudicial y además si los acuerdos arribados se han cumplido por la parte invitada y realizar un análisis económico del derecho en cuanto al tema de costo beneficio pues si es que los acuerdos conciliatorios no se cumplen estos se harán cumplir por medio de un proceso ejecutivo de ejecución de acta de conciliación extrajudicial y finamente estas demandas van a contribuir a la generación de más carga judicial y en la realidad nos preguntamos realmente se está contribuyendo eficazmente a la reducción de la carga procesal o sencillamente se sigue manteniendo la misma carga judicial y la exigencia de la obligatoriedad del intento conciliatorio no tiene ninguna real repercusión para los fines en los que se ha implementado y si como política del estado ha devenido tal vez en solo una mera intención que solo genera mayores gastos de los recursos del estado  y también de los recursos de los ciudadanos que tiene que cubrir gastos adicionales a las tasas judiciales.

 

 

 

 

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ANEXOS.

 

ANEXO 1: MODELO DE CUESTIONARIO APLICADO  A MAGISTRADOS, SECRETARIOS, ASISTENTES JUDICIALES  DE LOS JUZGADOS CIVILES DE LA PROVINCIA DE HUAMANGA.

ANEXO 2: MODELO DE GUÍA DE ENTREVISTA APLICADO  A MAGISTRADOS, SECRETARIOS, DE LOS JUZGADOS CIVILES DE LA PROVINCIA DE HUAMANGA.

ANEXO 3: MODELO DE CUESTIONARIO APLICADO  A LOS JUSTICIABLES DE LA PROVINCIA DE HUAMANGA.

ANEXO 4: MODELO DE CUESTIONARIO APLICADO  A  LOS ABOGADOS DE LA PROVINCIA DE HUAMANGA.

ANEXO 5: MODELO DE CUESTIONARIO APLICADO  A LA CIUDADANÍA DE LA PROVINCIA DE HUAMANGA.

ANEXO 6: MODELO DE CUESTIONARIO APLICADO  A LOS CONCILIADORES EXTRAJUDICIAL DE LA PROVINCIA DE HUAMANGA.

ANEXO 7: : ORIGINAL DE LA VALIDACIÓN DEL CUESTIONARIO .

ANEXO 8: LISTA DE GRÁFICOS: Gráficos Utilizados en el Trabajado de Investigación

ANEXO 9: LISTA DE TABLAS: Tablas Utilizados en el Trabajado de Investigación.

ANEXO 10: LISTA DE ILUSTRACIONES: Ilustraciones utilizadas en el Trabajo de Investigación.

 

 

 

 

 

 

 

ANEXO 8: LISTA DE GRÁFICOS: Gráficos Utilizados en el Trabajado de Investigación

GRAFICO 1 : INFORMACIÓN DE LA CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL............................. 107

GRAFICO 2: CAPACITACIÓN DE LA CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL............................. 108

GRAFICO 3: CERTIFICACIÓN COMO CONCILIADOR EXTRAJUDICIAL............................. 109

GRAFICO 4 : CONOCIMIENTO DE LA CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL.......................... 110

GRAFICO 5 : CONTRIBUCIÓN A LA REDUCCIÓN DE LA CARGA PROCESAL.................... 111

GRAFICO 6: CONCURRENCIA A LA AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL....... 112

GRAFICO 7: SOLICITUDES DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL A NIVEL JUDICIAL.......... 113

GRAFICO 8 : VULNERACIÓN AL PRINCIPIO DE ACCESO A LA JUSTICIA......................... 114

GRAFICO 9 : VULNERACIÓN AL PRINCIPIO DE AUTONOMIA DE LA VOLUNTAD............ 115

GRAFICO 10: VULNERACIÓN AL PRINCIPIO DE TUTELA JURISDICCIONAL EFECTIVA...... 116

GRAFICO 11: VULNERACIÓN AL PRINCIPIO D ECONOMIA Y CELERIDAD PROCESAL...... 117

GRAFICO 12: PROCESO UNICO DE EJECUCIÓN DE ACTA DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL     118

GRAFICO 13: PROMOCIÓN DEL ESTADO SOBRE LA CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL..... 119

GRAFICO 14 : IMPLEMENTACIÓN DE LA CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL EN EL DEPARTAMENTO DE AYACUCHO.............................................................................................................................. 120

GRAFICO 15: INSTITUCIONALIZACIÓN DE LA CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL.............. 121

GRAFICO 16: INTERVENCIÓN DE LOS CENTROS DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL..... 122

GRAFICO 17: TIPOS DE CENTROS DE CONCILIACIÓN.................................................. 125

GRAFICO 18: GRADO DE INSTRUCCIÓN DE LOS CONCILIADORES EXTRAJUDICIALES.... 128

GRAFICO 19:  FORMA DE CONCLUSIÓN DE LAS AUDIENCIAS DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL            129

GRAFICO 20: ÉXITO DE LA CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL......................................... 130

GRAFICO 21 : REGISTRO ESTADISTICO...................................................................... 133

GRAFICO 22 : FORMA DE CITACIÓN A LAS AUDIENCIAS............................................. 134

GRAFICO 23:  FORMA DE CONCLUSIÓN DE LAS CONCILIACIONES EXTRAJUDICIALES... 135

GRAFICO 24 : QUEJAS SOBRE LOS SERVICIOS QUE PRESTAN LOS CENTROS DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL 136

GRAFICO 25 : CAUSAS PARA SOLICITAR CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL..................... 137

GRAFICO 26: OPINIÓN DE LA CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL..................................... 139

GRAFICO 27: FORMA DE CONCLUSIÓN DEL PROCEDIMIENTO CONCILIATORIO........... 142

GRAFICO 28: CONOCIMIENTO DE LA CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL......................... 143

GRAFICO 29: CONCURRENCIA AL CENTRO DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL............. 144

GRAFICO 30: DURACIÓN DE PROCEDIMIENTO CONCILIATORIO................................. 145

GRAFICO 31: FORMA DE CONCLUSIÓN DEL PROCEDIMIENTO CONCILIATORIO........... 146

GRAFICO 32: CUMPLIMIENTO DE LOS ACUERDOS DE LA CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL 147

GRAFICO 33 :  CONCURRENCIA AL PODER JUDICIAL PARA EXIGIR EL CUMPLIMIENTO DEL ACTA DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL....................................................................................................... 148

GRAFICO 34: RENUNCIA DE DERECHOS PARA ARRIBAR ACUERDO CONCILIATORIO..... 149

GRAFICO 35 :  COSTO DEL PROCEDIMIENTO CONCILIATORIO.................................... 150

GRAFICO 36 : COSTO DEL PROCEDIMIENTO CONCILIATORIO..................................... 151

GRAFICO 37: CALIDAD DE ATENCIÓN....................................................................... 152

GRAFICO 39 : INFORMACIÓN SOBRE LA CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL..................... 154

GRAFICO 40: CERTIFICACIÓN DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL................................ 155

GRAFICO 41 : CAPACITACIÓN EN MATERIA DE CONCILIACIÓN................................... 156

GRAFICO 42 : CONOCIMIENTO DE LA CONCILICIÓN EXTRAJUDICIAL POR LA POBLACIÓN AYACUCHANA            157

GRAFICO 43: AUDIENCIAS DE CONCILIACIÓN QUE ASISTIERON LOS ABOGADOS......... 158

GRAFICO 44: CANTIDAD DE ACUERDOS TOTALES ARRIBADOS................................... 159

GRAFICO 45 : CANTIDAD DE ACUERDOS PARCIALES ARRIBADOS................................ 160

GRAFICO 46: CANTIDAD DE AUDIENCIAS QUE HAN CONCLUIDO CON FALTA DE ACUERDO      161

GRAFICO 47: CANTIDAD DE ACUE............................................................................ 162

GRAFICO 48 : LA CONCILIACIÓN EXTRTAJUDICIAL Y LA REDUCCIÓN DE LA CARGA PROCESAL 163

GRAFICO 49:  PROMOCIÓN DE LA CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL POR PARTE DEL ESTADO.    164

GRAFICO 50 : IMPLEMENTACIÓN DE LA CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL EN TODA LA REGIÓN 165

GRAFICO 51 :  INSTITUCIONALIZACIÓN DE LA CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL............. 166

GRAFICO 52 : RENTABILIDAD DE LA CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL PARA LOS ABOGADOS     167

GRAFICO 53 :  COSTO DEL PROCEDIMIENTO CONCILIATORIO.................................... 168

GRAFICO 54 : EFECTIVIDAD DE LA CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL.............................. 169

GRAFICO 55: VULNERACIÓN AL PRINCIPIO DE ECONOMIA PROCESAL........................ 170

GRAFICO 56 : VULNERACIÓN AL PRINCIPIO DE CELERIDAD PROCESAL........................ 171

GRAFICO 57 : VULNERACIÓN AL PRINCIPIO DE ACCESO A LA JUSTICIA....................... 172

GRAFICO 58 : VULNERACIÓN AL PRINCIPIO DE AUTONOMIA DE VOLUNTAD DE LAS PARTES   173

GRAFICO 59 : ACTITUD FRENTE A LA CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL.......................... 174

GRAFICO 60 : ACTUACIÓN DE LOS CENTROS DE CONCILIACIÓN................................. 175

GRAFICO 61: NIVEL DE CAPACITACIÓN DE LOS CONCILIADORES EXTRAJUDICIALES..... 176

GRAFICO 62 : CONCILIACIONESCON ACUERDO ENTRE LAS PARTES............................ 178

GRAFICO 63:  NIVEL DE CUMPLIMIENTO DE ACUERDOS DE LA CONCILICIÓN EXTRAJUDICIAL 179

GRAFICO 64: NIVEL DE CUMPLIMIENTO DE LOS ACUERDOS ARRIBADOS.................... 180

GRAFICO 65 : EXIGENCIA DEL CUMPLIMIENTO DEL ACUERDO CONCILIATORIO........... 181

GRAFICO 66: NIVEL DE CONOCIMIENTO DE LA CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL........... 182

GRAFICO 67: FRENTE A UN CONFLICTO A QUE INSTANCIA ACUDE LA CIUDADANIA.... 183

GRAFICO 68: RENUNCIARIA ALGUN DERECHO CON LA FINALIDAD DE ARRIBAR A UN ACUERDO CONCILIATORIO CON SU CONTRAPARTE.................................................................................................. 184

 

ANEXO 9: LISTA DE TABLAS: Tablas Utilizados en el Trabajado de Investigación.

Tabla 1 : FRECUENCIA DE LAS DEMANDAS QUE TIENEN COMO REQUISITO DE PROCEDIBILIDAD A LA CONCILIACIÓN   123

Tabla 2:  LA CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL COMO REQUISITO DE PROCEDIBILIDAD. 130

Tabla 3: TRABAJADORES CON LOS QUE CUENTA CADA CENTRO DE CONCILIACIÓN.. 132

Tabla 4: MATERIAS SOLICITADAS CON REQUISITO PREVIO DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL  140

Tabla 5 : EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO DEL CONCILIADOR. 152

Tabla 6 : DESEMPEÑO DEL CONCILIADOR EXTRAJUDICIAL. 176

Tabla 7 :  RESULTADO DE LA ENTREVISTA APLICADA  A LOS JUECES CIVILES DE LA PROVINCIA DE HUAMANGA   184

Tabla 8 :  RESULTADO DE LA ENTREVISTA APLICADA  A LOS SECRETARIOS DE LOS JUZGADOS CIVILES DE LA PROVINCIA DE HUAMANGA.. 186

 

ANEXO 10: LISTA DE ILUSTRACIONES: Ilustraciones utilizadas en el Trabajo de Investigación.

Ilustración 1: EXPERIENCIA PROFESIONAL. 126

Ilustración 2: ANTIGÜEDAD EN EL CARGO.. 126

Ilustración 3: HORAS SEMANALES EN EL CARGO.. 127

Ilustración 4 : NÚMERO DE CASOS EL AÑO 2016. 134

Ilustración 5: CENTROS DE CONCILIACIÓN.. 138

Ilustración 6 : SOLICITUDES QUE SE PRESENTAN POR REQUISITO DE PROCEDIBILIDAD.. 140


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