Modelo de Escrito - Descargos ante Formulación de Cargos
Resolución directoral
Nro. 000125-2023
Escrito
Nro.: 01
Sumilla: PRESENTA DESCARGOS ANTE FORMULACION DE CARGOS.
SEÑOR DIRECTOR
DE LA UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE ANGARAES- HUANCAVELICA
JORGE LUIS
ALFARO ROJAS, identificado con DNI N.° 09051213, con domicilio en Jr. Garcilaso N.° 784, distrito de
Ayacucho, provincia de Huamanga y región de Ayacucho, con número de teléfono 986228029 y correo jorgelar.66@gmail.com, en el Procedimiento
Administrativo Disciplinario, ante Usted me presento y expongo:
PETITORIO
·
Presento descargo y solicito el archivo del PAD
II. FUNDAMETOS DE HECHO.
PRIMERO: En base la resolución directoral Nro. 0125-2023,
presento los descargos ante la imputación de cargos por supuesto hostigamiento sexual,
en agravio de la alumna SOFIA GABRIEL YUPANQUI.
SEGUNDO.- Como profesor y director de la institución educativa
Nro. 36436 de Magnopampa, tuve problemas con la madre, por cuanto en el mes de julio se
abasteció con arena fina para el tarrajeo de la cocina de la escuela, como
actividad de mantenimiento del local escolar, en donde la madre Kelly Judith
Yupanqui Vera, abasteció con aproximadamente un cubo de arena, por iniciativa de
la junta de padres, sin embargo como hubieron problemas entre ellos, y no todos
los padres trajeron, motivo por el cual se determinó que la compra de arena se haga
a la municipalidad, quedando fuera del contrato la madre d e la menor agraviada,
luego de este incidente se delegó al padre de familia, Carlos Videla, quien se encargó
de traer toda la arena en un motocar, la cantidad de tres cubos, haciéndosele un
solo pago, y encargando que se encargue también del pago que trajo la madre de la
agraviada, el cual no fue cumplido y producto del cual hubieron roces con la madre
la menor quien me insultó, diciendo que era un “conchudo” “que me lleve la
arena “
TERCERO: Asimismo con fecha aproximadamente los primeros días de
agosto, se llevó a todos los niños, al distrito de Antaparco, para la selección
a nivel distrital, de juegos escolares nacionales, en el cual, por sus capacidades,
no se le hizo participar a la alumna supuestamente agraviada, ya que dicha selección
se dio por méritos propios de cada alumno, en la cual su madre señaló que se le
había llevado en vano a su menor hija, y que se le había hecho perder el tiempo
y quedó
muy disgustada.
CUARTO .- El rendimiento de la niña estaba por debajo del promedio
razón por la cual se le exigía tanto a la agraviada como a sus padres el apoyo y
también el cumplimiento de las tareas, frente a esta exigencia que era de forma
consecutiva, empezó a incomodarse la agraviada, así como también a que con frecuencia
en las veces posteriores se le llame severamente a la atención, con el
único objetivo de
mejorar el nivel académico
de todos mis
alumnos y reconozco que
a veces soy muy
exigente y que
eso se puede traducir en
que los alumnos
puedan querer vengarse e
inventar situaciones como esta.
QUINTO.- Así mismo del relato
de la agraviada no se refleja ninguna circunstancia, hora lugar del supuesto suceso,
por cuanto el motivo de la denuncia obedece a temas de rencor de parte de la familia
y de la misma agraviada, por los fundamentos arriba esgrimidos
SEXTO.- Se debe
evaluar mi comportamiento en conjunto
ya que hasta
el momento vengo
laborando más de
veinticinco años en la
misma UGEL y no
tuve ningún procedimiento administrativo disciplinario
anteriormente.
III. FUNDAMENTOS DE DERECHO.
“Principios
del procedimiento sancionador
El
procedimiento sancionador se rige por los siguientes principios: (…)
q)
Verdad material Los órganos que participan en el procedimiento sancionador
verifican razonablemente los hechos que sirven de motivo a sus decisiones, para
lo cual, adicionalmente al Informe y cuando sea necesario, adoptan las medidas
pertinentes, aun cuando no hubieran sido propuestas por el administrado. Los
hechos constatados por funcionarios a los que se reconoce la condición de
autoridad, formalizados en documentos públicos que cumplan con los requisitos
legales pertinentes, tienen valor probatorio para el procedimiento sancionador,
sin perjuicio de las pruebas que, en defensa de sus derechos o intereses,
puedan señalar o aportar el administrado.”
POR LO TANTO
A Ud. pido señor
director, tener por presentado mi descargo.
Ayacucho, 20 de enero del 2023